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La oposición en Los Llanos considera "irresponsable y negligente" la manera de proceder del PP con la alerta sanitaria del agua

Considera además que es constitutiva de falta muy grave por lo que significa de desobediencia a la Autoridad Sanitaria (Inspector de Sanidad), ya que se desoyeron, durante varios días, las pautas que establece el RD 140/2003 y el Programa Autonómico de Aguas para estos casos

El chorro público de Argual donde se detectó la irregularidad por la que el Ayuntamiento recomendó consumir agua embotellada .

La oposición en el Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, integrada por CC, PSOE e IUC, recrimina al Grupo de Gobierno, del PP, por haber gestionado mal la alerta sanitaria en la red de abastecimiento de agua dejando que la población consumiera agua no apta para el consumo.

Desde el pasado 11 de agosto, fecha en la que tuvieron conocimiento de la suspensión del suministro de agua potable en Los Llanos de Aridane, varias han sido, dicen,  las cuestiones realizadas para esclarecer este hecho. En concreto señalan que
el 13 de agosto, los concejales socialistas solicitaron las analíticas realizadas al agua de abasto donde se reflejaran las cantidades de metales registradas en la misma, así como la convocatoria urgente de una Junta de Portavoces donde “se nos aclarara y explicara lo sucedido y los pasos llevados a cabo por el Grupo de Gobierno del PP”.

El 16 de agosto, Coalición Canaria criticó y pidió explicaciones al Gobierno local por el procedimiento seguido en la gestión de la crisis surgida en la red de abastecimiento de agua del municipio, cuando saltaron las alertas el día 4 de agosto, indicando la presencia de cadmio en concentraciones que superan 6 veces el mínimo permitido por el RD 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios del agua de consumo humano.

El SINAC (Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo), registró los datos de dicha muestra de agua, tomada el pasado 22 de junio, en el chorro público del Llano de Argual, que resultó tener una concentración de cadmio de 31 microgramos por litro, en el análisis confirmatorio de fecha 4 de agosto, cuando el mínimo permitido en el agua de consumo humano es de 5 microgramos por litro. Ante este hecho los responsables del Gobierno Municipal, señala la oposición, saltándose el principio de precaución y, además, haciendo caso omiso a las indicaciones del Inspector de Salud Pública, que lo comunicó mediante actas de inspección, prefirieron no informar a la población y dejar que los vecinos siguieran consumiendo agua de la red, hasta el día 11 de agosto que es cuando distribuyeron el bando informativo.

Los grupos de la oposición consideran que después de haber recibido y estudiado las actas que cumplimentó el Inspector de Sanidad los días 4, 11 y 12 de agosto, y entregó al Ayuntamiento, como gestor de la red de abastecimiento de agua, la forma de proceder del Grupo de Gobierno es “claramente irresponsable y negligente, pero además es constitutiva de falta muy grave por lo que significa de desobediencia a la Autoridad Sanitaria (Inspector de Sanidad), ya que se desoyeron, durante varios días, las pautas que establece el RD 140/2003 y el Programa Autonómico de Aguas para estos casos, y que fueron escritas de puño y letra en las diferentes actas que se entregaron, razones por las que seguramente se abrirá expediente sancionador al Ayuntamiento, por el órgano competente que es la Dirección General de Salud Pública”.

El artículo 4, punto 6 del RD140/2003 establece que “si la calidad del agua de consumo humano sufre modificaciones que impliquen que de forma temporal o permanente no sea apta para el consumo, en cada uno de los casos que señalan los apartados 1, 2 y 3 del presente artículo, el gestor deberá poner en conocimiento de la población y/o de los otros gestores afectados, así como del municipio, en su caso, dicha situación de incumplimiento, las medidas correctoras y preventivas previstas, a través de los medios y en la forma que considere más adecuada, de acuerdo con la autoridad sanitaria, a fin de evitar cualquier riesgo que afecte a la protección de la salud humana”.

En la primera de las actas se recuerdan dichas pautas y en las siguientes actas al comprobarse que no se hizo nada por los responsables, se vuelven a recordar más detalladamente y haciendo siempre referencia a la normativa vigente. Incluso el bando que se publica el día 11 por el Ayuntamiento, para el Inspector, no se ajusta a los mínimos requeridos, según refleja en el acta del día 12, ya que deberían haber contemplado, al menos, la información siguiente: Situación de alerta o de incumplimiento, parámetro alterado y valor alcanzado, área geográfica o abastecimiento afectado, medidas correctoras y preventivas a aplicar, recomendaciones sanitarias en su caso y la duración prevista.

Llama la atención para la oposición que “todas las actas están encabezadas por una nota que pone “A la atenión de la Exma. Alcaldesa del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane” seguida de la palabra “Urgente” y en la parte inferior, donde debería firmar el inspeccionado aparece la leyenda “No firma el Ayuntamiento”. Dichas actas sí aparecen registradas, lo que, según la oposición, “da a entender que no se las quisieron recibir y le obligaron acudir a los servicios de registro, cuando el verdadero objetivo que tienen las aptas es la de agilizar los trámites de comunicación entre Inspector e inspeccionado con el fin de ganar tiempo y reducir riesgos”.

Los grupos políticos de la oposición lamentan que “se nos haya mentido en la reunión de portavoces del pasado viernes, solicitada por los concejales socialistas, cuando se nos comunica que siguieron las pautas del Inspector en cada momento y que las primeras indicaciones fueron las correspondientes al día 11, que coinciden con la publicación del bando. Más tarde se pudo comprobar la existencia de actas reflejando pautas de actuación desde el día 4. Esperamos que toda esta información se estudie en la Mesa del Agua para una vez se aclaren estos hechos se puedan pedir las responsabilidades que se consideren”.

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