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Cabildo

Convocan un pleno extraordinario para informar del auto que anula las expulsiones socialistas

  • El PSOE no ha confirmado que vaya a recurrir ni que recuse a la jueza

El Cabildo palmero celebrará este martes a las 09.30 horas un pleno extraordinario para dar cuenta del auto judicial del 30 de enero pasado por el que la magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Santa Cruz de La Palma anuló de forma cautelar las expulsiones de los consejeros socialistas tras la demanda civil que presentaron contra el PSOE por vulneración de derechos fundamentales. Una decisión judicial envuelta en la polémica tras la publicación por el digital canariasahora de una información en la que decía que la jueza era cuñada de un consejero del Cabildo y que el PSOE estudiaba por ello recurrir el auto y recusar a la magistrada, dos extremos que de momento no han sido confirmados de forma oficial.

En el auto, de quince páginas, la jueza indica que el procedimiento seguido por el comité federal del PSOE vulneró la "presunción de inocencia" de los afectados. El informe del Ministerio Fiscal fue también favorable a que se aplicaran las medidas cautelares.

La jueza sostiene en el fallo que "no se cumplió en absoluto la exigencia de notificación fehaciente de la resolución de expulsión provisional exigida por el Reglamento de Afiliados". Y que se produjo una "evidente infracción de diez días del plazo previsto para poder convertir la expulsión provisional en definitiva". Para la magistrada, ambas faltas serían suficientes, "por sí solas y de manera independiente, para erigirse en una infracción grave de la normativa interna  en el procedimiento de expulsión de los sujetos afiliados" y, por tanto, "declarar nula la expulsión efectuada".

La jueza señala igualmente en el auto que "si acudimos a la normativa estatal, advertimos una infracción absoluta de las garantías que exige el artículo 8.3 de  la Ley de Partidos Políticos, que recoge el derecho a ser informados y de ser oídos para los afectados con carácter previo a ala adopción de las medidas". Lo que supone, que al no haberse producido la notificación fehaciente ha provocado la infracción del derecho a "ser informado", el derecho "de audiencia", "así como a la infracción del derecho de presunción de inocencia, lo que coloca a los actores en una situación absoluta de indefensión".

El auto judicial también aborda el tratamiento de tránsfugas a los consejeros, que aportó la defensa del Partido Socialista. En este sentido, argumenta la jueza que en las diversas modificaciones legislativas que se han realizado para perseguir el transfuguismo "se trata de evitar que personas electas en sus candidaturas, abandonen y modifiquen la mayoría de gobierno". Sin embargo, entiende la jueza que es una circunstancia que no considera que ocurra en este caso ya que "no se ha producido la ruptura de un grupo político, sino que es el grupo en su totalidad el que ahora decide unirse a otro para censurar a la presidencia".

 

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