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Momias, fetiches y museos sobre el pasado indígena de Canarias

Fisonomía de la momia guanche del Museo Arqueológico Nacional, a partir de imágenes de escáner. Foto MAN

El pasado 10 de enero se daba a conocer en los medios de comunicación la datación de la momia guanche expuesta en el Museo Arqueológico Nacional (MAN), en Madrid. Tal y como recoge el interesante trabajo de investigación publicado en el Boletín del MAN1 , se trata de un guanche de entre 35-40 años de edad, que vivió en el siglo XIII de nuestra Era, es decir, apenas 200 años antes de la conquista de Tenerife en 1496. En los rasgos faciales destaca la boca por su tamaño y por el grosor de los labios, a pesar de estar deshidratados. Como confirma el estudio antropológico, este guanche presenta rasgos negroides, lo que apoya el origen africano de sus ancestros.

La momia no conserva el cabello original: el que tiene está compuesto por mechones independientes, pegados por medio de uno o varios adhesivos, que conforman una peluca de color castaño, con matices rojizos. Asimismo, en el pecho se encuentra un parche grande de piel adherido a la momia, probablemente de piel de ovicáprido, que casi con toda seguridad se añadió ya en la Península, para adecentar los desperfectos que tenía en esa zona. Esta práctica, consistente en recomponer las momias guanches, también se ha documentado en otros ejemplares, pues desde el siglo XIX fue frecuente “adecentarlas” para su exhibición en los museos. Los bienes expuestos debían responder a unos criterios estéticos que los hicieran más verosímiles.

Este tipo de estudios interdisciplinares con momias, en el que participan arqueólogos y médicos especialistas en diagnóstico por imagen, permite avanzar en el conocimiento de nuestro pasado indígena. Es un trabajo necesario que permite ahondar en la comprensión de nuestra cultura primigenia. Pero ¿es pertinente la exposición pública de la momia en cuestión? ¿Debe seguirse apostando por la visión fetichista del patrimonio, al tratarse la momia como un objeto de consumo cultural? ¿Por qué se mantiene viva esta forma decimonónica de comunicar el patrimonio? ¿Se deben exponer restos mortales con la categoría de bienes materiales, tales como cerámicas, joyas, tesoros…? ¿Tendría el mismo impacto mediático y de público la exposición de los resultados de la investigación en las salas del museo, pero sin la momia?

No voy a entrar en el debate sobre si esta momia debería estar en Madrid o en Canarias. Prefiero ir a la raíz del problema.

¿Se expondrían, en las vitrinas de un museo, los restos mortales de cualquier soldado castellano de la época, para explicar los traumatismos óseos ocasionados por las batallas contra los guanches? ¿Se expondrían sus restos mortales para explicar la conquista de Canarias? ¿Qué vacíos presentan los estudios antropológicos de los castellanos del siglo XV? ¿Por qué se han puesto tantas “trabas” e impedimentos a las excavaciones en las iglesias canarias con enterramientos europeos de entre los siglos XV-XVII? ¿Acaso porque hay enterrados en ellas descendientes de familias canarias de noble abolengo? Sirvan como ejemplos los casos de la Ermita de San Benito Abad, en La Laguna, o de la Iglesia de Nuestra Señora de La Concepción, en Santa Cruz de Tenerife.

¿Por qué sólo se “exhibe” al indígena canario en los museos, y no al conquistador? ¿Acaso porque sus restos son profanos y no proceden de un camposanto? ¿Acaso porque la momia pertenece a una cultura más exótica? ¿Acaso porque no tienen voz en la Canarias contemporánea?

¿Qué y quiénes legitiman este trato dado a los restos mortales del pasado? ¿Es la distancia cronológica, apenas 200 años, un argumento para decidir quién ocupa el “honroso” espacio de una vitrina? ¿Es el tiempo transcurrido desde la muerte el factor que convierte en más o menos exóticos, o interesantes, a unos restos mortales?

Y algo que no debemos obviar: ¿qué dice nuestra Ley de Patrimonio al respecto? ¿Y el Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural que se debate estos días en el Parlamento de Canarias? Pues no dicen nada… Bueno, sí: el Artículo 87 del referido Proyecto de Ley concibe y trata a los restos humanos de los indígenas canarios como bienes materiales muebles, es decir, igual que si fuesen cerámicas o ídolos, sin tener en cuenta por tanto su especial carácter sensible. El marco legal internacional es abrumador al respecto: desde la UNESCO, entre otros organismos y entidades, se han desarrollado medidas legales específicas para abordar esta problemática, tal y como ya hemos reflejado en otro artículo publicado en este medio el pasado 5 de enero de 2019.

En Canarias, quizás, sólo quizás, la mirada hacia nuestro pasado sigue estando impregnada por el colonialismo, por el encubrimiento del otro, por un discurso del poder que se retroalimenta con el paso de los años. Parece evidente que la preservación de la herencia indígena canaria es un ejemplo típico de objetivación de la cultura, como si se tratase de un organismo de características culturales estáticas y que queda en posesión de la nación. Por tanto, la definición, el inventario y el enfoque de lo que se considera como una “auténtica” cultura indígena, está inmerso en una visión del mundo occidental o globalizado.

En este sentido, en pleno siglo XXI, son muchos los retos –no sólo legislativos, sino también éticos y museográficos– a asumir en el contexto de la arqueología europea y, en particular, de la arqueología canaria, aún no “de-construida” y no “descolonizada”.

Los museos del futuro deben apostar por las experiencias participativas, la realidad virtual o el desarrollo de estrategias digitales efectivas, y sobre todo, deben saber gestionar de forma eficiente la obsolescencia del conocimiento e incorporar prácticas deontológicas que permitan que los restos humanos no sean tratados como meros objetos o cosas. Sólo así se respetará la dignidad humana intrínseca de la persona que representan.

1 Gómez Espinosa, T.; Carrascoso Arranz, J. y Badillo Rodríguez-Portugal, S. (2018). “La momia guanche del Museo Arqueológico Nacional. De las fuentes históricas a la tomografía computarizada”. Boletín del MAN, número 37, páginas: 453-470.

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