HOY se debate una moción en contra de las plantas de ASFALTO en el Ayuntamiento de Los Llanos lunes 4 de Junio sobre las 12:00h. Se ruega por parte de la Plataforma maxima participación para apoyar la moción
¿estos son los que gobiernan? de una parte se "ordena" que se ponga en marcha y de otra se pide que se revoque la licencia y se indemnice.
¿ esto es un grupo de gobierno municipal?
DE LA NOTA DE PRENSA DE LA PLATAFORMA , publicada hoy mismo en este medio , yo destacaría dos puntos:
1º) "Nos parece absolutamente llamativo que se vayan a realizar las pruebas con la producción mínima, la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la máxima es de 130 toneladas/hora.
Supongo que se refiere a que si la excusa para " ordenar"(=permitir)
que se ponga en funcionamiento la planta es medir la contaminación que se produce, es evidente que será mayor cuando se produzca al máximo de la capacidad, que cuando se produzca al mínimo.
2º) "Y todo esto se pretende hacer sin estar operativa la depuradora general del polígono industrial"…
Pues si esto es así, APAGA Y VÁMONOS. ¡ Cómo es posible que se estén instalando y funcionando industrias en dicho polígono SIN DEPURAR los vertidos peligrosos que se producen tanto en la fase de obra o de instalación , como en la fase de funcionamiento !
Y añado: esto es como si alguien quisiera instalar una actividad industrial CLASIFICADA como MOLESTA,INSALUBRE, NOCIVA Y PELIGROSA en el lugar que más le convenga , y se le dijese :
" Usted la instala, la pone a funcionar para inspeccionarla y, después, ya se verá si le damos la LICENCIA DE APERTURA o no…"
Después de leer detenidamente el escrito perpetrado el 31 de Mayo en el Ayuntamiento de Los Llanos ( lo pueden ver entero en La Voz de La Palma), se nos ocurren muchas preguntas.
La PRINCIPAL es esta:
El CAMBALACHE de la normativa en la que se escuda para ORDENAR que funcione son las medidas de inspección reglamentarias que dicen" la Administración puede ordenar que se gire visita de inspección a las instalaciones que funcionen para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en la LICENCIA y en la normativa de aplicación"
O sea, está claro que estas medidas sólo son de aplicación sobre instalaciones que ya estén en funcionamiento tras obtener su LICENCIA DE APERTURA.
La pregunta que nos hacemos es ¿ Cómo se van a aplicar esas medidas de inspección reglamentarias a una instalación que NO ESTÁ FUNCIONANDO porque CARECE DE LICENCIA DE APERTURA?
Como habrán leído :
EL CONCEJAL DE URBANISMO, PLANIFICACIÓN, OBRAS PÚBLICAS, MEDIO AMBIENTE Y PATRIMONIO DEL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS, D. ANTONIO ROCHA QUINTERO, ORDENA LA PUESTA EN MARCHA PROVISIONAL DE LA PLANTA DE AGLOMERADO ASFÁLTICO DE RUIZ ROMERO INSTALADA EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL I-2 DEL CALLEJÓN DE LA GATA.
einstein
¿estos son los que gobiernan? de una parte se "ordena" que se ponga en marcha y de otra se pide que se revoque la licencia y se indemnice.
¿ esto es un grupo de gobierno municipal?
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CAPIROTE
DE LA NOTA DE PRENSA DE LA PLATAFORMA , publicada hoy mismo en este medio , yo destacaría dos puntos:
1º) "Nos parece absolutamente llamativo que se vayan a realizar las pruebas con la producción mínima, la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la máxima es de 130 toneladas/hora.
Supongo que se refiere a que si la excusa para " ordenar"(=permitir)
que se ponga en funcionamiento la planta es medir la contaminación que se produce, es evidente que será mayor cuando se produzca al máximo de la capacidad, que cuando se produzca al mínimo.
2º) "Y todo esto se pretende hacer sin estar operativa la depuradora general del polígono industrial"…
Pues si esto es así, APAGA Y VÁMONOS. ¡ Cómo es posible que se estén instalando y funcionando industrias en dicho polígono SIN DEPURAR los vertidos peligrosos que se producen tanto en la fase de obra o de instalación , como en la fase de funcionamiento !
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horizonte
A ver qué nueva estrategia se le ocurre a Noelia para escurrir el bulto
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Papagaya
Y añado: esto es como si alguien quisiera instalar una actividad industrial CLASIFICADA como MOLESTA,INSALUBRE, NOCIVA Y PELIGROSA en el lugar que más le convenga , y se le dijese :
" Usted la instala, la pone a funcionar para inspeccionarla y, después, ya se verá si le damos la LICENCIA DE APERTURA o no…"
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Papagaya
Después de leer detenidamente el escrito perpetrado el 31 de Mayo en el Ayuntamiento de Los Llanos ( lo pueden ver entero en La Voz de La Palma), se nos ocurren muchas preguntas.
La PRINCIPAL es esta:
El CAMBALACHE de la normativa en la que se escuda para ORDENAR que funcione son las medidas de inspección reglamentarias que dicen" la Administración puede ordenar que se gire visita de inspección a las instalaciones que funcionen para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en la LICENCIA y en la normativa de aplicación"
O sea, está claro que estas medidas sólo son de aplicación sobre instalaciones que ya estén en funcionamiento tras obtener su LICENCIA DE APERTURA.
La pregunta que nos hacemos es ¿ Cómo se van a aplicar esas medidas de inspección reglamentarias a una instalación que NO ESTÁ FUNCIONANDO porque CARECE DE LICENCIA DE APERTURA?
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gatopardo
Como habrán leído :
EL CONCEJAL DE URBANISMO, PLANIFICACIÓN, OBRAS PÚBLICAS, MEDIO AMBIENTE Y PATRIMONIO DEL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS, D. ANTONIO ROCHA QUINTERO, ORDENA LA PUESTA EN MARCHA PROVISIONAL DE LA PLANTA DE AGLOMERADO ASFÁLTICO DE RUIZ ROMERO INSTALADA EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL I-2 DEL CALLEJÓN DE LA GATA.
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