¿Alguien sabe que ha ocurrido con una plaza que ha convocado el Consejo insular de aguas?
Soy trabajador del cabildo, y se oye que ha habido algunas reclamaciones en esta prueba, y que planea algún contencioso por ahí.
Yo interpreto lo mismo que el tribunal. Otra cosa es que las bases me parezcan injustas.
Si no se reclamó al principio, en tiempo y forma, difícil lo veo ahora. Mi opinión es que aquí lo que menos se valora es la formación, el esfuerzo y a la persona que realmente se merece las cosas. Resulta que hay una persona que se esforzó más que los demás, o que en el momento de los exámenes demostró más conocimientos, y ahí están sus notas (lo digo porque le conozco, aunque de todas formas las notas han sido públicas), en el primer examen un 9,30 y en el segundo un 9, bastante diferencia con respecto al resto de opositores. Pero, ¿qué pasa luego?,…que las mismas bases dan unos privilegios enormes a quien haya trabajado en puestos similares, unos en empresas privadas, que me parece perfecto, y otros para la administración, que me parece FATAL, ya que en estos trabajos la mayoría de veces se entra a dedo, sin proceso selectivo previo y luego cuando se convoca una plaza, es practicamente imposible para otros aspirantes el poderles superar, a no ser que los primeros hagan unos exámenes desastrosos o regulares.
Aún aceptando que para trabajar en la administración, no siempre sea necesario un proceso selectivo, soy partidario de no contar ese tiempo trabajado para futuras oposiciones como es la que nos ocupa.
Esto no lo digo en contra de quien ganó la plaza finalmente, porque no le conozco, ni sé si ha trabajado antes en el consejo insular de aguas, cabildo,etc…, y también sacó buenas notas. Lo digo por otras personas que en esta plaza y en otras parecidas pegan unos subidones tremendos cuando llega la fase de Concurso, a base de puntuar más que otros que no tienen la suerte de tener un buen padrino que les haya enchufado antes.
De nada vale convocar una plaza, que se supone que es un proceso justo y en el que se deben valorar cualidades como la preparación, esfuerzo y demás, si luego con las bases vas y te cargas su esencia, poniendo en las mismas lo de que "se valorarán los trabajos en puestos similares…."
Vamos a ver, señor o señora skizoid, he estado en tribunales por lo menos en 6 ocasiones, te explico que no soy jurista, pero te comento, que lo primero que nos han dicho siempre el secretario o jurista de turno, es que las bases, es la ley de la convocatoria, esto quiere decir, que lo que está escrito en ella va a misa, y en esta que están tratando, no hace referencia en ningún apartado a que no se pueda valorar los meritos de categoría superior, si las bases en realidad lo que querían era que no se valorase a los diplomados, licenciados y demás, pues, simplemente tenían que haberlo redactado de esa forma, en cuanto a la objetividad, si aplicamos el significado de la palabra, esto sería evitar las consideraciones, interpretaciones y los criterios personales o subjetivos, pues bien, creo que es lo que usted no está haciendo, en referencia a los funcionarios y el personal laboral, si lees las bases, hace esa distinción que nombras, y no es cuestión de que dudes o no, solo es leer lo que pone el texto de las bases, que es igual al que está expuesto anteriormente, lo he comprobado y es exactamente igual al original, conozco a algunos de los afectados y conozco a todos los del tribunal, estos últimos son compañeros de trabajo, han hecho una interpretación que no se ajusta a lo que está escrito, simplemente, ya los recursos les darán o quitarán la razón, pero lo que está claro es que hay gente perjudicada, y no tienen la culpa.
Se me olvidó añadir que hasta lo que yo sé, los funcionarios y el personal laboral tienen los mismos derechos(por lo menos para la Administración Pública), por lo que dudo que las bases hagan dicha distinción para favorecer a unos en detrimento de otros.
He vuelto a leer el apartado de las bases referido al concurso de méritos por si cambiaba de opinión, pero sigo interpretando lo mismo. Pensemos que para esta plaza se exige el Graduado Escolar, pudiendo presentarse cualquier persona que ostente este título u otro superior. Si en todos los concursos-oposición que se convoquen en este país se valorase la experiencia adquirida en categorías superiores a la de las plazas que se convoquen, prácticamente todas las plazas serían para licenciados y diplomados y si lo leemos con objetividad ésto es precisamente lo que quiere evitar un concurso.
Según el BOP que han colgado, lo he leído, y he contrastado la información que me habían pasado con la del BOP, y no he visto nada que impida valorar los meritos profesionales a alguien que haya estado trabajando en una categoría superior a la plaza convocada, a no ser que sean funcionarios….
A cotinuación texto copiado de las bases:
1. Experiencia profesional: Valorándose hasta un máximo de 2 puntos, distribuidos de la
siguiente forma: –
Se valorará con 0,10 puntos por mes, la experiencia adquirida en Administraciones Públicas, en plaza de funcionario perteneciente a escala y subescala, y en su caso clase y categoría análoga a la convocada, o en plaza de personal laboral con funciones similares a las que correspondan a la convocada.
Se valorará con 0,05 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena en empresas públicas o privadas, en categorías profesionales similares a la plaza/puesto convocado, que conlleve el desempeño de funciones de nivel similar al puesto objeto de la convocatoria.
skizoid, veo que estas puesto en el tema, ¿Podrías poner la parte de las bases donde se esta discutiendo este asunto?, por favor, o decirme el BOP donde ha salido la convocatoria.
Gracias.
Lo primero que he hecho para poder opinar, ha sido informarme sobre la plaza convocada en el Consejo Insular de Aguas, después entré en el Boletín Oficial de la Provincia para poder leerme las Bases. La plaza convocada es de Vigilante de Obras y cauces y el procedimiento de selección es el de Concurso-Oposición. Como se ha insinuado que el problema surge en la valoración de los méritos, he leido detenidamente esta parte de las bases, y he llegado a la conclusión que sólo se puede valorar la experiencia profesional en un puesto igual o similar a la de la plaza convocada, por lo que intuyo que el problema surge cuando no se tiene en cuenta el desempeño de funciones enmarcadas en categorías superiores a la del puesto en cuestión. Si esto es así, el Tribunal ha actuado correctamente le pese a quien le pese.
CASPER
Yo interpreto lo mismo que el tribunal. Otra cosa es que las bases me parezcan injustas.
Si no se reclamó al principio, en tiempo y forma, difícil lo veo ahora. Mi opinión es que aquí lo que menos se valora es la formación, el esfuerzo y a la persona que realmente se merece las cosas. Resulta que hay una persona que se esforzó más que los demás, o que en el momento de los exámenes demostró más conocimientos, y ahí están sus notas (lo digo porque le conozco, aunque de todas formas las notas han sido públicas), en el primer examen un 9,30 y en el segundo un 9, bastante diferencia con respecto al resto de opositores. Pero, ¿qué pasa luego?,…que las mismas bases dan unos privilegios enormes a quien haya trabajado en puestos similares, unos en empresas privadas, que me parece perfecto, y otros para la administración, que me parece FATAL, ya que en estos trabajos la mayoría de veces se entra a dedo, sin proceso selectivo previo y luego cuando se convoca una plaza, es practicamente imposible para otros aspirantes el poderles superar, a no ser que los primeros hagan unos exámenes desastrosos o regulares.
Aún aceptando que para trabajar en la administración, no siempre sea necesario un proceso selectivo, soy partidario de no contar ese tiempo trabajado para futuras oposiciones como es la que nos ocupa.
Esto no lo digo en contra de quien ganó la plaza finalmente, porque no le conozco, ni sé si ha trabajado antes en el consejo insular de aguas, cabildo,etc…, y también sacó buenas notas. Lo digo por otras personas que en esta plaza y en otras parecidas pegan unos subidones tremendos cuando llega la fase de Concurso, a base de puntuar más que otros que no tienen la suerte de tener un buen padrino que les haya enchufado antes.
De nada vale convocar una plaza, que se supone que es un proceso justo y en el que se deben valorar cualidades como la preparación, esfuerzo y demás, si luego con las bases vas y te cargas su esencia, poniendo en las mismas lo de que "se valorarán los trabajos en puestos similares…."
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NOSEMAS
Felicidades ALBERTOYA, muy bien explicado, mas clarito no se puede…
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ALBERTOYA
Vamos a ver, señor o señora skizoid, he estado en tribunales por lo menos en 6 ocasiones, te explico que no soy jurista, pero te comento, que lo primero que nos han dicho siempre el secretario o jurista de turno, es que las bases, es la ley de la convocatoria, esto quiere decir, que lo que está escrito en ella va a misa, y en esta que están tratando, no hace referencia en ningún apartado a que no se pueda valorar los meritos de categoría superior, si las bases en realidad lo que querían era que no se valorase a los diplomados, licenciados y demás, pues, simplemente tenían que haberlo redactado de esa forma, en cuanto a la objetividad, si aplicamos el significado de la palabra, esto sería evitar las consideraciones, interpretaciones y los criterios personales o subjetivos, pues bien, creo que es lo que usted no está haciendo, en referencia a los funcionarios y el personal laboral, si lees las bases, hace esa distinción que nombras, y no es cuestión de que dudes o no, solo es leer lo que pone el texto de las bases, que es igual al que está expuesto anteriormente, lo he comprobado y es exactamente igual al original, conozco a algunos de los afectados y conozco a todos los del tribunal, estos últimos son compañeros de trabajo, han hecho una interpretación que no se ajusta a lo que está escrito, simplemente, ya los recursos les darán o quitarán la razón, pero lo que está claro es que hay gente perjudicada, y no tienen la culpa.
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skizoid
Hola de nuevo,
Se me olvidó añadir que hasta lo que yo sé, los funcionarios y el personal laboral tienen los mismos derechos(por lo menos para la Administración Pública), por lo que dudo que las bases hagan dicha distinción para favorecer a unos en detrimento de otros.
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skizoid
Hola a todos/as,
He vuelto a leer el apartado de las bases referido al concurso de méritos por si cambiaba de opinión, pero sigo interpretando lo mismo. Pensemos que para esta plaza se exige el Graduado Escolar, pudiendo presentarse cualquier persona que ostente este título u otro superior. Si en todos los concursos-oposición que se convoquen en este país se valorase la experiencia adquirida en categorías superiores a la de las plazas que se convoquen, prácticamente todas las plazas serían para licenciados y diplomados y si lo leemos con objetividad ésto es precisamente lo que quiere evitar un concurso.
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ALBERTOYA
Según el BOP que han colgado, lo he leído, y he contrastado la información que me habían pasado con la del BOP, y no he visto nada que impida valorar los meritos profesionales a alguien que haya estado trabajando en una categoría superior a la plaza convocada, a no ser que sean funcionarios….
A cotinuación texto copiado de las bases:
1. Experiencia profesional: Valorándose hasta un máximo de 2 puntos, distribuidos de la
siguiente forma: –
Se valorará con 0,10 puntos por mes, la experiencia adquirida en Administraciones Públicas, en plaza de funcionario perteneciente a escala y subescala, y en su caso clase y categoría análoga a la convocada, o en plaza de personal laboral con funciones similares a las que correspondan a la convocada.
Se valorará con 0,05 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena en empresas públicas o privadas, en categorías profesionales similares a la plaza/puesto convocado, que conlleve el desempeño de funciones de nivel similar al puesto objeto de la convocatoria.
Juzguen ustedes mismos….
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Anto
BOP TENERIFE 138/11….
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ALBERTOYA
skizoid, veo que estas puesto en el tema, ¿Podrías poner la parte de las bases donde se esta discutiendo este asunto?, por favor, o decirme el BOP donde ha salido la convocatoria.
Gracias.
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skizoid
Lo primero que he hecho para poder opinar, ha sido informarme sobre la plaza convocada en el Consejo Insular de Aguas, después entré en el Boletín Oficial de la Provincia para poder leerme las Bases. La plaza convocada es de Vigilante de Obras y cauces y el procedimiento de selección es el de Concurso-Oposición. Como se ha insinuado que el problema surge en la valoración de los méritos, he leido detenidamente esta parte de las bases, y he llegado a la conclusión que sólo se puede valorar la experiencia profesional en un puesto igual o similar a la de la plaza convocada, por lo que intuyo que el problema surge cuando no se tiene en cuenta el desempeño de funciones enmarcadas en categorías superiores a la del puesto en cuestión. Si esto es así, el Tribunal ha actuado correctamente le pese a quien le pese.
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NOSEMAS
Algo pasó…
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