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RADAR EN LA AUTOVIA

DICE EL ARTÍCULO 94 DEL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
1. Queda prohibido parar:
g. En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello. ( en la nuestra, no existe tales zonas)

2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a. En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.

A la vista de la normativa, ¿alguien me puede explicar porqué la Guardia Civil estaciona un vehículo camuflado en el arcén de la autovía, a la altura de Unelco, incumpliendo la normativa, sin señalizar como marca la ley, sin luces indicadoras, sin triangulos, generando un riesgo para los usuarios de la via y tienen la valentía de multarte por exceso de velocidad, cuando tienen el radar estacionado de manera ilegal?

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