La UE condena a España por incumplir la directiva del agua en lo que se refiere a transvases, por no respetar los cauces naturales de los ríos. Y que es lo que sucede con el agua de La Caldera de Taburiente, incumple doblemente la directiva, no solamente no respeta los cauces naturales sino que encima el agua que se obtiene no es de titularidad pública, sino que es de una empresa llamada Las Haciendas de Argual y Tazacorte, un grupo de agricultores y los antiguos poseedores de la tierra palmera.
Esto debería llevarse al Tribunal de Justicia de la UE.
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/10/24/actualidad/1382637597_827378.html
MONTE
Atrevida? Acaso hay que tenerle miedo a alguien por expresar una opinión? Si digo alguna desfachatez, corrígeme por favor.
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Antares
Yo solo hablo de hechos y de derecho y no muestro mi opinión al respecto, hago referencia a lo qué es y no lo que según usted debe ser. En cuanto a lo de Franco me puede acusar a mi de haber obtenido el título de graduado escolar -8º de EGB- en esa época y supongo que, según usted, todo lo que vino después será inválido.
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lino
Que atrevida es la ignorancia!!
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MONTE
No existe ningún caso semejante en toda la UE. Incluso según la Ley de Aguas de 1985 el agua subterránea es de Dominio Público, simplemente se hace una concesiones a los sectores privados, que por ahora es permanente, pero no quiere decir que sea eterno.
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MONTE
Yo diría mas bien, que mi coche no es suyo por dejarlo aparcado en su casa. Pero bueno, gracias por la información de todos modos, y le vuelvo a remitir a la Directiva Europea. Una vez fui a un conferencia de Federico Aguilera Klink, experto en temas de agua en la UE y dijo algo parecido a lo que he dicho. Otra cosa es que no se quieran remover las aguas para no ensuciar a nadie.
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risa
Pos llévalo mijo
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Antares
Sí, viva el vino y las mujeres.
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riscapendeja
Que se la expropien a estos casikes del agua…..ke esta es de todos y para todos…..ya se han aprovechado de lo ke hicieron sus p…..s tatarabuelos y demás…viva el vino
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Antares
Los caudales de aguas y los terrenos de las comunidades de aguas privadas están inscritos -o pueden estarlo en cualquier momento- en el registro de la propiedad, con lo cual no hay concesión alguna. Que los barrancos o cauces sean públicos no afecta a lo dicho, tal como mi coche va por vías publicas y no pertenece al cabildo o al municipio.
Un parque nacional, aquí, en el Teide, en Garajonay o en las Tablas de Daimiel, no deja de ser un limitación o servidumbre de derecho administrativo que sirve de protección del medio ambiente y de las características del lugar donde está establecido, pero que no discute la propiedad privada y si lo quiere hacer deberá ser a través del mecanismo de la expropiación forzosa. Así, por ejemplo, el palacio de Liria en Madrid tiene mil protecciones y limitaciones que dejan pequeño las de un parque nacional, pero el inmueble y todo lo que está dentro es titularidad de la duquesa de Alba.
De todas maneras, creo que el Heredamiento de las Haciendas de Argual y Tazacorte ha tenido a lo largo de su historia varios pleitos -mayormente contra el ayuntamiento de El Paso- a cuenta de discutir la propiedad del agua y de los terrenos que forman la Caldera de Taburiente y siempre los han ganado creando ya cosa juzgada casi imposible de revocar.
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MONTE
Contradice la Directiva Marco del Agua Europea. No es un caso de expropiación, sino de indemnización en todo caso, porque ese agua es un concesión que hace el estado a esa empresa que primeramente estaba formada por los "herederos de la tierra" y luego con sus aportaciones fueron entrando los agricultores del valle. Así lo dice la directiva europea resumidamente, el agua de los cursos fluviales, es decir ríos que no desembocan en el mar es pública de la misma forma que lo es la de ríos y lagos. Otra cosa es que la titularidad de las tierras por donde discurre el cauce sea privada, algo que tampoco encaja tratándose de un Parque Nacional. Aquí hay tema para rato…
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