si a la caza,pero respetando cultivos,animales domesticos y enseres privados,lo que a ocurrido las ultimas semanas a indignado a ganaderos y agricultores de garafia,cabras muertas,cultivos destrozados,por algunos desaprensivos ya que esos individuos no se pueden llamar cazadores,y por culpa de ellos pagaremos todos.
panduro
Ah vallado contundente es el que no permite o impide acceso a un animal o persona.
No estamos discutiendo la propiedad se un señor que valla su terreno. El objeto de esa discusion es si el cazar en una propiedad privada es una actividad que deba o no soportar el propietario de una tierra. Y la ley de caza canarias lo determina claramente señalando que se prohibe la caza en terrenos que carecen de acceso.
A partir de que exista un acceso se jode. Otra cosa distinta es que la mayoria de cazadores si observan el vallado suelen respetar pero siempre hay algun gilipollas sabelotodo.
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panduro
Galva creo que es evidente tu frontal oposición a la caza y en tu empeño en fundamentar tus argumentos te estas olvidando de muchos aspectos. La ley de caza esta sobre la mesa, y los cazadores a la patada. Con esas consideraciones lo mejor es que pases a la accion y te dediques a judicializar la caza con tus interpretaciones y a ver que pasa, seguro que mucho urbanita-naturista-ecologista moderno te ayuda a fundamentar contra-legem.
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nm
galva dice: Definanme el termino "vallado reglamentario" o
"contundente"…,,, jaja, si tu crees que un alambre es suficiente, pues será ese; Igual un juez no lo ve igual que tu, habría que darse el caso, al menos conmigo, es muy fácil avasallar a un desgraciado que no se entera de nada.
Ya veo que pasaste las cuatro primaveras, ahora te falta los cuatro inviernos con sus aguaceros.
Mi tesoroooo , estos ocupas cazadores quieren quitármelo,no podrán, no podrán.
Lo que está claro es que no das tu argumento de por qué existe la caza. Gollum.
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GALVA
Definanme el termino "vallado reglamentario" o "contundente"…
No he hablado de alambre de espino;cualquier tipo de cercado o seto que delimite,y se vea con las reglas del "sano juicio" (concepto civilista) ya impide la entrada…
Incluso si alguien es consciente de que esa propiedad no es suya,no estando cercada,y se PUEDE PROBAR,determina INTRUSION.
Continuen asi.Je.
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GALVA
Explicar;LA PROPIEDAD se empieza a estudiar en Derecho Romano;y luego hay cuatro primaveras,en CIVIL donde se estudia todo los relativo a DERECHOS REALES…
Resumir el derecho a la propiedad en un parrafo,es algo tan disparatado como pretencioso…
La adquisicion de propiedad por Usucapion,casi no se da….
Asi que lo siento,concrete la pregunta;la violacion de la propiedad privada es clara,quien se introduzca o permanezca en ella con renuencia de su propietario…
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GALVA
Vaya con sinapia,dice que no caza,y luego habla de "mis perros".Solo entienden de sangre y mas sangre:Eso es lo que les gusta.Son tan torvos como incongruentes…Matar un feto,apoyar a androfobas resabiadas,perseguir el clero,y darle a la escopeta:Vaya con el laconico con infulas,y con mente de canana.Pareces un Bolivariano chico,el Eurocomunismo reconoce la propiedad privada,el paleocomunismo no,eso en Korea y Cuba, desde luego…Vives un Comunismo rebasado y anacronico.
Escopeteros que no saben ni interpretar una Ley.Penoso.Militantes de la canana,que enciman piensan como Durruti:Penoso, patetico, típico de los que ven sus perros como un simple instrumento desechable…
Ya he visto unos cuantas Sentecias por Coacciones NM…
Y si,Indiano tiene razón…
Sr Durruti aficionado a lo mismo que El Borbon,si abría hilos de vez en cuando,pero replicar paleocomunistas y podemistas, con canana,o sin ella,maten elefantes o conejos,me place mas…Tu parece que resentimiento me tienes??? Gracias por tu atención;no hay reciprocidad…No cuenta para mi una filipica de un dogmático con canana…
Ya saben;destaquen esa prohibición;no dejen que entren.
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GALVA
Voy a perfilar,y dividir un comentario que me suprimieron:
Ja,ja,ja;y porfia nm…Ay,en la disciplina del cartucho,la canana,y la bota de vino picado,no abunda el estudio de la hermeneutica juridica (disciplina para la interpretacion de la normativa).Copio mi recomendacion anterior…
(…)
No hay que estar en la propiedad;pero es bueno tener
unos medios de "despejar dudas"…
Si ponen "Propiedad Privada" con un
cartel,ponen una cerca a la entrada,y un simple cerco
con alambre,podeis Denunciar con exito a quien se
planta en vuestra propiedad…
(…)
En no mucho tiempo,aqui se les cerrara el chiringito a los Pascuales Duartes palmeros…
La figura esa de "hacerse el sueco" e interpretar que un alambre para tender,va en contra del criterio de la capacidad intelectiva normal y la autonomía de la voluntad. En un foro jurídico,no colaria.
Capichi??…
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nm
Teoría y apreciación mía, quise decir.
Otra cuestión importante son los animales de particulares en días de caza; mucha gente no sabe que, esos días, los animales deben estar encerrados a buen recaudo y atados si se transita por la zona de caza porque muchos morirán inevitablemente, y lo más importante, en la Jurisprudencia del maltrato animal dice claramente que, "es considerado maltrato animal con penas de privación de libertar por dejar morir los animales cazados"(en unos casos determinados).
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nm
¿No sé si para alguien será interesante la pregunta que le planteé al profesional de la abogacía (galva)?¿como es posible que exista la caza cuando se podría interpretar que choca con la propiedad y siendo un derecho reflejado en la constitución( yo sigo diciendo que la Constitución dice: "se permite la propiedad privada" y el derecho constitucional es simplemente ese, que se permite la propiedad privada literalmente y no que la propiedad privada sea un derecho constitucional( igual me equivoco))? La verdad no sé si (galva) no contesta porque ¿no sabe , no quiere o no le interesa?
Voy a intentar explicarlo porque me parece muy singular e interesante.
Pues dentro de la complejidad que se puede suponer, es bastante sencillo de entender, la caza está basada en el abandono temporal de las fincas por parte de su propietario y el derecho de ocupación del cazador para adquirir los animales de interés cinegético(animales que pertenecen a la fauna , o sea , no son de nadie ni siquiera del dueño de la finca). Es sencillo, el propietario abandona y el cazador ocupa lo abandonado temporalmente para ejercer su derecho (cazar nada más, el derecho a la caza no ampara el pillaje ni otras actuaciones ilegales, el que aprovecha la caza para eso es simplemente un ladrón o cualquier otra cosa). Sencillamente, si la caza chocara con la propiedad no existiría o al contrario. Mucha gente no sabe que la propiedad es, por decirlo de alguna manera, un sentimiento personal y no se refiere a las cosas (las fincas, inmuebles, etc) Cuando el propietario (la persona con ese sentimiento no se encuentra en la finca o no existe nadie que le represente, la finca esta abandonada permitiendo la caza. Respecto a las fincas valladas y su derecho a que se excluyan de la zona de caza es bastante singular que, no estando el propietario se permita esto con una simple valla que , de alguna manera, lo represente, Por eso ante una finca con un vallado incorrecto o no contundente es fácilmente alegable que, una finca que está abandonada por su propietario en su ausencia tiene que tener un vallado contundente para superar el derecho de ocupación del cazador porque se podría entender que el sentimiento de propiedad es igual al aspecto del cercado(mínimo o inexistente). E incluso ante una finca bien vallada con un cartel en la puerta sin nadie en su interior, sin nada sembrado, pero con la puerta abierta es posible interpretar que se puede cazar dentro; el propietario demuestra su nulo sentimiento de propiedad y protección de ésta en consecuencia en abandono.
Lo que hay que tener claro es que, el derecho del cazador es nulo en presencia del propietario y un propietario que encuentra a un cazador en su finca debe interpretar que el cazador ha accedido a su finca porque en un acto de irresponsabilidad estaba abandonada, permitiendo al cazador ejercer su derecho y no porque el cazador se aproveche como si fuera un ladrón.
Esto es una teoría e apreciación mía, sin más.
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panduro
Ohhh no queremos aprender. El propietario de la huerta sembrada de papas tiene razon. Hasta que no sean recolectadas no puede entrar nadie a cazar. Y si alguien entra y es denunciado va a pagar una infraccion a la ley de caza.
El propietario de la huerta que la valla y aun asi entra perros y otros animales se la fuma porque su vallado no impide. Esos vallados intimidatorios que defiende Galva no son los contemplados en la ley de caza para prohibir que un cazador entre en la propiedad.
El vallado de pelo de alambre incluso puede repercutirle negativamente al propietario del terreno si un animal o persona resultara lesionado.
Puedes tener un vallado perfecto y resulta que en el perimetro puedes tener lugares por donde entre un animal (incluso x debajo de una portada) te la fumas con papel de liar. Desde que el vallado no cumpla la premisa de carecer de acceso se jodio el vallado y las ganas del propietario anticaza.
Con setos de brezo me divierto yo viendo entrar y salir gatos, conejos y perros. Otro mes que no cobras que diria Antonio Recio.
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