¿ Retrocedemos en libertades?
¿ se podra aguantar porra y no poder demostrarlo, por no poder filmar los abusos?
tendremos que volver hacer pintadas clmdestinamente LIBERTAD DEMOCRACIA
Artículo 35.Infracciones graves. (multa de 1.001 a 30.000 euros)
12.Las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito.
20. El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas…
21.El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando no esté autorizado administrativamente y perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.
31.La comisión de tres infracciones leves en el plazo de dos años.
Prueba a ver, aqui se explican leyes, pero yo digo que quieren callarnos tanto los PP como los PSOE
Y el PP vio los cielos abiertos con los incidentes de la ultima manifestacion para aplicar su ley
ifricates, leí el enlace que colgaste y más de lo mismo, se critica la nueva ley muy duramente pero no se hace referencia a ningún artículo en concreto, me gustaría que alguien transcribiera el artículo que no le guste para debatirlo entre todos.
Me llama la atención que en dicho artículo un señor (creo que es juez porque representa una asociación de jueces) dice lo siguiente:
"el Código Penal no se puede reformar porque un partido quiera, sino que es necesario un consenso social, y ha criticado especialmente que introduzcan la cadena perpetua, aunque ellos lo llamen de otra manera, porque esto no tiene cabida en la Constitución".
Más consenso social que el habido después de la derogación de la Doctrina Parot solo hubo después del mundial de sudáfrica.
"la reforma del Código Penal es "innecesaria" y por lo tanto "ilegítima" y "profundiza en la marginalización de la sociedad", creando la figura de "un nuevo tipo de delincuente: el disidente político".
Representante de Jueces para la Democracia José Luis Ramírez
"Desde la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero ha sostenido que las reformas planteadas "atentan contra derechos fundamentales de las personas, criminalizan ciertas conductas sociales y tienen un contenido marcadamente ideológico y político"."
Pues la verdad visto lo expuesto, voy a moderar mis opiniones para no meter la gamba
Pero una pregunta ¿ grabar y difundir una agrasion policial te puede costar un problema si o no ?
Asi de facil.Si grabar con intenciones de cometer ilicitos,o de vejar a los policias,se considera infraccion administrativa,en lugar de Falta o Delito penal,no se regula por el Codigo Penal…
Ahora estos llaman despota al que informa,no al que miente…
La tipificacion esta clara;la sancion es excesiva.Es simple…No es una norma generica,sino especifica;una norma especial,donde hay poco margen para la interpretacion…Es como meter "el botellon" en el Codigo Penal:Absurdo…
Lo que hay.Veo medidas mucho peores de Los Gaviotas;esto solo afecta a los 25S y a los iguanaflautas…
Arcangel
apurando, ¿o estas de acuerdo con esos artículos o con las cuantías?
Si es por la cuantía, yo las veo un poco excesivas, es verdad.
En cuanto a los artículos, el 20 y el 21 no son ninguna novedad, eso ya se sancionaba anteriormente, no es una novedad de la famosa ley.
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GALVA
Ya ven,hasta 30 mil eurpondios;es lo unico que me parece fuera de madre…
Por comparacion,y sin mirar el Codigo Penal;pescar con dinamita,es un Delito contra el Medioambiente…
Es seguro que la Multa aparejada al delito es diez veces menor…
Eso es incongruente…
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apurando
Artículo 35.Infracciones graves. (multa de 1.001 a 30.000 euros)
12.Las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito.
20. El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas…
21.El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando no esté autorizado administrativamente y perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.
31.La comisión de tres infracciones leves en el plazo de dos años.
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zaratustra
Prueba a ver, aqui se explican leyes, pero yo digo que quieren callarnos tanto los PP como los PSOE
Y el PP vio los cielos abiertos con los incidentes de la ultima manifestacion para aplicar su ley
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gregorio
Si o no Puede causarle un problema a un ciudadano que grabe y difunda en youtube
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Indiano
Espana aun sigue siendo un pais ridiculo v= Multado por hablar con el copiloto…………..http://politica.elpais.com/politica/2013/12/15/actualidad/1387139628_466028.html
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Arcangel
ifricates, leí el enlace que colgaste y más de lo mismo, se critica la nueva ley muy duramente pero no se hace referencia a ningún artículo en concreto, me gustaría que alguien transcribiera el artículo que no le guste para debatirlo entre todos.
Me llama la atención que en dicho artículo un señor (creo que es juez porque representa una asociación de jueces) dice lo siguiente:
"el Código Penal no se puede reformar porque un partido quiera, sino que es necesario un consenso social, y ha criticado especialmente que introduzcan la cadena perpetua, aunque ellos lo llamen de otra manera, porque esto no tiene cabida en la Constitución".
Más consenso social que el habido después de la derogación de la Doctrina Parot solo hubo después del mundial de sudáfrica.
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ificrates
http://www.publico.es/489275/el-codigo-penal-crea-un-nuevo-delincuente-el-disidente-politico
"la reforma del Código Penal es "innecesaria" y por lo tanto "ilegítima" y "profundiza en la marginalización de la sociedad", creando la figura de "un nuevo tipo de delincuente: el disidente político".
Representante de Jueces para la Democracia José Luis Ramírez
"Desde la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero ha sostenido que las reformas planteadas "atentan contra derechos fundamentales de las personas, criminalizan ciertas conductas sociales y tienen un contenido marcadamente ideológico y político"."
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gregorio
Pues la verdad visto lo expuesto, voy a moderar mis opiniones para no meter la gamba
Pero una pregunta ¿ grabar y difundir una agrasion policial te puede costar un problema si o no ?
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GALVA
Asi de facil.Si grabar con intenciones de cometer ilicitos,o de vejar a los policias,se considera infraccion administrativa,en lugar de Falta o Delito penal,no se regula por el Codigo Penal…
Ahora estos llaman despota al que informa,no al que miente…
La tipificacion esta clara;la sancion es excesiva.Es simple…No es una norma generica,sino especifica;una norma especial,donde hay poco margen para la interpretacion…Es como meter "el botellon" en el Codigo Penal:Absurdo…
Lo que hay.Veo medidas mucho peores de Los Gaviotas;esto solo afecta a los 25S y a los iguanaflautas…
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