El alcalde, Sergio Matos (PSOE), y la edil de NC, Maeve Sanjuán, debatieron sobre la idoneidad e incluso constitucionalidad de un punto del bando emitido para Semana Santa.
¿Están de cachondeo, ¿ no ?
( http://eldia.es/palma/2018-03-15/3-Prohiben-bares-actos-festivos-ludicos-Jueves-Viernes-Santos.htm )
Marta71
LA JUSTICIA ESPAÑOLA ES EL HAZMERREÍR FR SUIZA, BÉLGICA, ALEMANIA…¡JIJIJIJIJIJIJIJIJIJIIIJIJIJIJIJI!
Leer más
GALVA
OTRO MAS ABSUELTO….
Y ES QUE LAS DENUNCIAS FALSAS…..
https://www.elmundo.es/andalucia/2017/04/11/58ecddcaca4741b1358b457b.html
CASO ROMANONES
El cura Román, absuelto
El padre Román, llegando a los juzgados de Granada. M. RODRÍGUEZ
A PAGAR LAS COSTAS…..
El joven denunciante que deberá pagar las costas del juicio al imputarle el tribunal una “conducta desleal” por “haber ido aportando datos de manera sucesiva, de menor a mayor gravedad, mintiendo respecto de circunstancias objetivas”La Fiscalía retira la acusación contra el padre Román por abusos sexuales
RAMÓN RAMOSGranada
11/04/2017 19:09″No existe acreditación alguna de los hechos que son imputados al procesado, ni en lo esencial ni en lo accesorio o circunstancial”. Bajo esta premisa, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada despacha el ‘caso Romanones’ de supuestos abusos del sacerdote Román Martínez a un monaguillo de su parroquia con la absolución del cura, en una larga sentencia dada a conocer este martes a las partes en el juicio, que en sus 80 folios niega credibilidad al denunciante ‘Daniel’ -nombre supuesto-, al que condena al pago de las costas procesales.
PUBLICIDAD
El tribunal, presidido por el magistrado José María Requena, recoge las conclusiones de la Fiscalía, que si en un principio pedía cárcel para el sacerdote terminó retirando la acusación, y de la defensa de Román Martínez, que ejerció el letrado Javier Muriel: la sentencia, ya en el primer párrafo de los fundamentos de derecho anticipa que “prácticamente la totalidad” de los hechos denunciados ” o bien no están acreditados, o bien se ha probado la inexactitud y falta de certeza de la versión ofrecida por el denunciante”, sobre el que el fallo judicial descarga las múltiples contradicciones en que incurrió en la vista oral y otros testimonios del joven durante la fase de instrucción. En este panorama, el tribunal entiende una “conducta desleal” en el denunciante, “al ir aportando datos de manera sucesiva, de menor a mayor gravedad, mintiendo respecto de circunstancias objetivas”, entre las que menciona la fecha de la llamada telefónica del Papa, “o pretendiendo ocultar otros al negar su presencia en determinadas fotos o fecharlas en un momento equivocado”.El ‘caso Romanones’, en el que se llegaron a practicar una decena de detenciones a quienes se mantuvo imputados hasta que el auto de apertura de juicio oral decretó la prescripción de los presuntos delitos para todo el supuesto ‘clan’ salvo el sacerdote que le daba nombre -Román Martínez-, se salda sin condenas, un desenlace que no se corresponde con la atención mediática que suscitó, en octubre de 2014, al conocerse que el Papa Francisco -a quien ‘Daniel’ dirigió una carta- había llamado personalmente a la presunta víctima para expresarle su solidaridad y animarlo a denunciar el caso. Ahora, la sentencia extiende dudas hasta el propio episodio de la intervención del Papa pues aprecia una contradicción flagrante al encajar las fechas del escrito y la llamada del Pontífice.
Video thumbnail
Cómo entender el ‘Caso Romanones’ en un minuto
Es más, el fallo judicial alimenta una teoría que ‘sotto voce’ circuló en los primeros días de la denuncia, enmarcada en el aliento del Opus Dei -al que pertenece ‘Daniel’- a la iniciativa del joven. Así, la sentencia desliza que “existen datos objetivos que evidencian que (‘Daniel’) estaba siendo apoyado y ayudado por otros”, extremo que apoya en “la propia redacción de la carta y los términos que utiliza, que no son los propios de un chico de 24 años, por más que tenga una profunda formación religiosa”. Además, el tribunal alude a la falta de explicación al porqué de un correo electrónico, el 11 de agosto de 2014, cuando el denunciante “fija la fecha de la llamada telefónica del Santo Padre el día 24 de agosto y su primer intento de comunicación con el Arzobispo al siguiente día 25” y refiere el afán por “mantener al margen de todo el asunto a la prelatura personal del Opus Dei”. En conclusión: “El envío de la carta al papa Francisco está más programada y organizada que lo que él mismo pretende hacer creer”.
PUBLICIDAD
La sentencia reconoce como hechos probados que, en el ámbito privado, el procesado desarrollaba su vida en comunidad compartiendo convivencia y bienes con otros sacerdotes o seglares comprometidos con la vida religiosa. Al grupo se incorporó en temprana edad ‘Daniel, en quien “su entrega y dedicación a la actividad parroquial” le llevó a “un contacto frecuente con el párroco Román”, quien vio en el joven “una posible vocación sacerdotal, por lo que le abrió las puertas de la casa parroquial”, contacto que se mantuvo hasta que en la Semana Santa de 2008 ‘Daniel’ inició una relación sentimental con una chica, lo que le llevó a apartarse del grupo y limitar su presencia en la iglesia a la misa de domingo o catequesis y celebraciones, alejamiento que fue definitivo al disfrutar una beca Erasmus en Lieja (Bélgica).La cartaEl caso arranca con una carta fechada el 4 de agosto de 2014 en la que narra los supuestos abusos sexuales sufridos durante los años 2004 a 2007, por parte del procesado y las personas de su entorno, consistentes en besos constantes, masajes y masturbaciones que se producían hacia él y entre los miembros del grupo, expresando ‘Daniel’ su preocupación por otros menores que pudieran estar en la misma situación que él vivió.La denuncia detalla que el cura “me propuso realizarle felaciones, a lo que me negué de forma radical y al menos seis veces habló de penetración anal, a lo que también me negué radicalmente”. ‘Daniel’ explica que tenía “anulada” la voluntad, pero la sentencia aprecia que las sucesivas versiones “no son ni idénticas ni parecidas, en aspectos tanto sustanciales como circunstanciales”: la gravedad de los hechos “se va incrementando de manera progresiva, más que contradicciones son adiciones, resultando, a requerimiento de quien lo entrevista (sacerdotes, policías, psicólogos…), más explícitas y detalladas en cuanto a los hechos nucleares con relevancia penal”. En este sentido, la sentencia apunta al “límite temporal” en que terminaron los abusos y que ‘Daniel’ fija en el verano de 2007, pero en el juicio admite “ante las evidencias que obraban en las actuaciones”, que en realidad fue 2008, por lo que “desde enero del citado año contaba con la mayoría de edad”.Además, el tribunal no da crédito a las secuelas sicológicas que arrastraría el denunciante, que describe el “asco, repugnancia y aversión” que le producía evocar los supuestos abusos. El hecho de haber mantenido contacto, aunque limitado, durante todo el tiempo posterior se acredita en una postal remitida al cura Román desde Lieja: “Pido a Dios que pronto puedan repetirse y volver a vivir quizás con mayor intensidad y madurez por mi parte, tantos momentos”. Tampoco da credibilidad a la situación de ‘indefensión’ y dependencia en que se habría desenvuelto la relación del entonces monaguillo y su párroco, pues acudía diariamente al domicilio familiar, “a una pequeña distancia de la parroquia” y, además, se manifiesta que ningún problema tenía con los suyos, no sufriendo desarraigo familiar” y rechaza uno de los episodios libidinosos descritos por ‘Daniel’ por “la complicada permanencia en una cama de 90 centímetros de tres personas adultas”.La FiscalíaAsí, el tribunal se adhiere a la postura del fiscal, Francisco Hernández, del que asegura que “desde el comienzo de las sesiones advertíamos en su actuación un especial énfasis en hallar la verdad, sin partir de un convencimiento ciego de que ‘su verdad’, la plasmada en el escrito de conclusiones provisionales, resultase irrefutable. Observamos que su posición inicial de acusación venía presidida más por una duda razonable que por un absoluto convencimiento de su inicial posicionamiento. Resulta lógico que se formulase una inicial imputación, sin perjuicio de lo resultante en el acto del juicio oral, cuya necesidad en el supuesto de autos se ha mostrado indiscutible para alcanzar las conclusiones de retirada de acusación del Ministerio Fiscal, y, por nuestra parte, de absolución del procesado”.
11/04/2017 15:51 horas
Vaya. Imputado, juzgado, linchado en los telediarios y, finalmente abduelto. Falta de pruebas no me atreveria a decir que nada de nada ya que si no no hubieran condenado en costas al denunciante. A ver si aprendemos algo que para muchos el estar imputado significa que ya eres culpable.
11/04/2017 16:39 horas
@atomant #1 Demasiados negativos te han puesto por decir algo tan obvio y tan razonable. Si esa ese 40%de negativos hubieran formado parte del jurado popular el sacerdote hubiera sido condenado solo por ser sacerdote y sin prueba alguna. Es una vergüenza. Ya en su momento comenté en este foro la barbaridad que sería condenar a alguien por la sola declaración de la supuesta victima, porque podría ser por afán de notoriedad, por odio a la iglesia aunque hay otro motivo que desconocía, que pedía una fuerte indemnización a la iglesia.
12/04/2017 21:36 horas
@juliet57 #156 ¡Oh señores jueces, oh juristas de Españ1, dejad de estudiar los casos, dejad de cotejar la pruebas. Llamad a Juliet57 y os dirá lo que es verda y lo que es mentira. Supongo que este cura no leerá este foro pero si lo hiciera igual tenía a quien denunciar por seguir condenándole en contra del dictamen de la justicia. Su Daniel mintió y no fue corroborado por otros que al principio se sumaron a la acusacion. Deje de tergiversar.
–
12/04/2017 18:31 horas
@juliet57 #156 Lo siento por ud. pero “este indeseable”, según ud. no se ha librado de cumplir ninguna condena, porque no la ha habido. Este sacerdote ha sido ABSUELTO y mire que han buscado y buscado. Soy de la opinión que personas que hayan sufrido abusos, de verdad, que sepan, de verdad, corrupciones económicas o políticas DEBEN denunciarlas, pero deben ser cosas verdaderas y no por diferentes motivos subjetivos. Y así todo el que denunciara y tras la investigación y el juicio se viera que ha mentido, debería tener una pena procesal equiparable a la que él quiso que fuese condenado a quien denunció falsamente. Nos evitaríamos demasiados casos que están
12/04/2017 18:25 horas
@juliet57 #156 claro ejemplo de rancia extrema izquierda , fobia a la iglesia ,ningun respeto a la justicia , por que claro , para vosotros la justicia seria como la de cuba o venezuela , la justicia se mua , que como tatalitarios que sois es tonteria a estas alturas explicate nada . llama indeseable a un inocente , segun la justicia lo es . yo creo es mucho mas indeseable quien difama y hace juicios de valor , con el mayor de los desconocimientos y unas dosis de septarismo rancio de extrema izquierda como es tu caso y que en este pais gente os vote es una pena .
12/04/2017 15:29 horas
@Bilibio #149 En absoluto se ha hecho justicia. El calumniador a pagar los costes. Si la cosa no fuera tan sería, sería para reirse. ¿Quién repara el dañó hecho? Absolutamente nadie. ¿Y eso, en sí mismo no es un delito?Pues la pena de ese delito la debería sufrir el falso denunciante. A lo mejor se iban acabando tantos casos similares a éste.
12/04/2017 14:22 horas
Alguien puede explicar que ha sucedido con este caso ??? como se restituye el honor de esta persona imputada a la que todos los medios de comunicación la han tachado de pederastia con menores, como y con que criterio se admite a tramite una denuncia, que hasta la Fiscalia ha retirado la acusación, vivimos en un país de mindundis, donde se da crédito a cualquier bulo sin importar el daño que se le puede producir a las personas, es simplemente de vergüenza ajena !!!, la actual justicia ha creado esa figura del imputado, que por el hecho de serlo ,prácticamente te conviertes en un criminal y nadie en el gobierno ó la justicia son incapaces de desterrar ese termino por ejemplo por el de testigo de la causa que podrá ser condenado si se demuestra que cometió delito.
12/04/2017 12:15 horas
Difamar tiene que ser duramente penado y castigado, asi por ejemplo muchos padres dejarías de utilizar a los hijos para obtener un divorcio beneficioso o un despido provechoso. hay que parar que mentir y difamar sea gratis.
12/04/2017 06:42 horas
Ha pasado como con los casos de falsas acusaciones de violencia doméstica, basta con que haya un dedo acusador que te señale, y ya te han arruinado la vida para siempre, independientemente de lo que suceda después.
Leer más
GALVA
A mi tambien me da mucha risa…
https://www.elmundo.es/internacional/2015/05/12/5551a27fca4741a0188b456e.html
BANGLADESHEl tercer asesinato de este tipo en el país asiático
Asesinan a machetazos a otro bloguero ateo en Bangladesh
Enmascarados con machetes acaban con la vida de Das Bijoy
Leer más
GALVA
UNIONES CIVILES…Claro Martelero..el matrimonio: NUNCA…
MARTITA; EN TODA EUROPA Y CON BECADOS EN UNIVERSIDADES DE BOLONIA Y BERLIN…
Pero tú, Kolau, Isabel Serra, y Lastra no lo saben…
Ministros sociatas condenados por el GAL…
A la Infanta Cristina tenia el in dubio pro reo como todo hijo d ecriustianpo;cuando tengas un cerebro a lo mejor sabes lo que es…Pero ya se sabe la progredumbre hispana;la tricolor cerro mas coolegios y universidades que Fernando VII…
golpistas catalanes en el trullo…
Batasunis que son muy infelices y se reunen con Pachamana…
Un miembro de la Casa Real…
El Monje sao lin budista asesino…
Pero bueno; el ambiente de la Justicia española no es para locas de violeta:etamos muchos escalones por encima de estas sonadas para hacerles caso….
😉
Leer más
GALVA
«Se dirá: ¡Ah esa es la dictadura del proletariado! Pero ¿es que vivimos en una democracia? Pues ¿qué hay hoy, más que una dictadura de burgueses? Se nos ataca porque vamos contra la propiedad. Efectivamente. Vamos a echar abajo el régimen de propiedad privada. No ocultamos que vamos a la revolución social. ¿Cómo? (Una voz en el público: ‘Como en Rusia´). No nos asusta eso. Vamos, repito, hacía la revolución social… mucho dudo que se pueda conseguir el triunfo dentro de la legalidad. Y en tal caso, camaradas habrá que obtenerlo por la violencia… nosotros respondemos: vamos legalmente hacia la revolución de la sociedad. Pero si no queréis, haremos la revolución violentamente (Gran ovación). Eso dirán los enemigos, es excitar a la guerra civil… Pongámonos en la realidad. Hay una guerra civil… No nos ceguemos camaradas. Lo que pasa es que esta guerra no ha tomado aún los caracteres cruentos que, por fortuna o desgracia, tendrá inexorablemente que tomar. El 19 vamos a las urnas… Mas no olvidéis que los hechos nos llevarán a actos en que hemos de necesitar más energía y más decisión que para ir a las urnas. ¿Excitación al motín? No, simplemente decirle a la clase obrera que debe preparase… Tenemos que luchar, como sea, hasta que en las torres y en los edificios oficiales ondee no la bandera tricolor de una República burguesa, sino la bandera roja de la Revolución Socialista». El Socialista, 9 de noviembre de 1933.
Leer más
Martelero
Y algunos llorando de alegría, no es para menos.
Leer más
Marta71
JUSTICIA LENTA, CORRUPTA Y FRANQUISTA. LA INFANTA CRISTINA INOCENTE, LOS PRESOS POLÍTICOS CATALANES, INHABILITACIÓN DEL JUEZ GARZÓN….LA JUSTICIA ESPAÑOLA ES SUPERADA POR LA ALBANESA O POR LA ETÍOPE.
Leer más
Marta71
¿LA JUSTICIA ESPAÑOLA RESPETADA EN EUROPA? ¡JIJIJIJIJIJIJIJIJIJIJIJIJIJIJI!
Leer más
Marta71
¡JIJIJIJJIJIJIJIJOJJI…VAYA JARTADA DE RISAS, MARTELERO MI NIÑO! ESTAMOS TODAS LLORANDO DE LA RISA.
Leer más
Martelero
Y no se pero me da que los Jueves y Viernes Santo van a ser más animados. Todo cambia como decía ¿Heráclito? Uno de esoso griegos supongo
https://actualidad.rt.com/actualidad/370574-papa-francisco-homosexuales-cubiertos-leyes-union-civil
Leer más