El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publica hoy jueves, día 30 de abril, la orden a la Consejería de Sanidad mediante la que se regula la realización de pruebas diagnósticas del coronavirus Covid-19 en medios ajenos al Servicio Canario de la Salud (SCS) mientras continúe vigente el estado de alarma.
Según la Orden publicada hoy todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Canarias con capacidad diagnóstica para la detección de Covid-19 estarán a disposición de las autoridades sanitarias autonómicas, por si resultaran necesarios para complementar a los centros públicos.
Por su parte, los centros de investigación y universidades que hayan sido capacitados por el Instituto de Salud Carlos III como centros de apoyo al sistema sanitario, también formarán parte del sistema de pruebas diagnósticas bajo la coordinación del SCS, que los podrá requerir para realizar pruebas diagnósticas cuando resulten necesarios.
Esta Orden se emite para asegurar la homogeneidad y calidad de todos los servicios, públicos o privados, que pudieran ser necesarios de cara a la previsible continuidad de la presencia de coronavirus en Canarias durante los próximos meses y la necesidad de contener su avance.
Autorización de pruebas diagnósticas
Para poder realizar estas pruebas, los laboratorios deberán contar con una autorización emitida por la Dirección General de Salud Pública del SCS, en la que se certificará que se cumplen con los siguientes requisitos:
Adquisición de material de diagnóstico
Los centros y establecimientos sanitarios, públicos o privados, tendrán que notificar a la Dirección General de Salud Pública toda la adquisición de material diagnóstico para COVID-19, especificando el número, tipo y destino de uso, para poder llevar un control de los productos y materiales utilizados en Canarias.
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