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Hacienda informa a los empresarios sobre la factura electrónica y el registro contable público

  • Crean un servicio de ayuda y asesoramiento sobre esta cuestión en el Cabildo

Jornada sobre la factura electrónica.

La consejera de Hacienda del Cabildo de La Palma, Elena Álvarez, junto al jefe de servicio de Contabilidad, Gerardo Santana, presentaron la jornada informativa sobre el impulso a la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas en el sector público organizada desde los departamentos de Organización y Hacienda, y en la que hubo una muy notable participación de empresarios y asesores laborales palmeros convocados por el Cabildo Insular.

Elena Álvarez invitó a los empresarios a tener muy en cuenta la aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, por la que la facturación de las empresas que contraten con las administraciones públicas a partir del 15 de enero de 2015 tendrá que ser electrónica.

La consejera agradeció la masiva afluencia de empresarios y asesores, ya que considera"muy importante y de agradecer su presencia en esta jornada, puesto que a partir de ahora las empresas deberán realizar su registro a través del punto general de Entrada de facturas electrónicas del Estado, toda vez que el Cabildo ha firmado el oportuno convenio con el Ministerio de Hacienda y el de Administraciones Públicas para su utilización".

"Quiero destacar -prosiguió- el esfuerzo que estamos haciendo entre todos -Cabildo y empresarios- para hacer de este sistema una realidad efectiva".

Desde la Consejería de Hacienda informan que a partir de ahora habrá un encargado del Servicio de Contabilidad del Cabildo de La Palma para resolver todas las dudas que en cuanto a esta materia puedan surgir a los empresarios o asesores laborales.

De conformidad con la Ley, tienen que remitir facturas electrónicas las sociedades anónimas; las sociedades de responsabilidad limitada; las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; los establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria; las uniones temporales de empresas; las agrupaciones de interés económico, agrupaciones de interés económico europeo, fondos de pensiones, fondos de capital de riesgo, fondos de inversiones, fondos de utilización de activos, fondos de regularización del mercado hipotecario, fondos de titulización hipotecaria o fondos de garantía de inversiones.

Quienes no tendrán que remitir facturas electrónicas y podrán hacerlo, como hasta la fecha, en papel, serán los autónomos, sin perjuicio de que también podrán hacerlo telemáticamente.

 

 

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