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El Ayuntamiento de Tijarafe pone en marcha ayudas para el fomento de la rehabilitación de viviendas

El Ayuntamiento de Tijarafe ha ampliado el plazo, hasta el próximo 1 de julio, de presentación de las ayudas al fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada, que se encuentran dentro del programa para combatir la despoblación en el medio rural, del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025.

Constituye actividad objeto sufragar los gastos destinados a obras de rehabilitación en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios, obras en zonas comunes en el caso de edificios de tipología residencial colectiva y actuaciones con la finalidad de luchar contra la pobreza energética.

Respecto a los requisitos, la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación debe encontrarse en el municipio de Tijarafe, además de tener una antigüedad en la fecha de la solicitud de, al menos, veinte años, salvo para actuaciones en viviendas donde residan personas mayores de 65 años o con diversidad funcional y movilidad reducida que presenten como fin de la ayuda realizar reformas para adaptar la vivienda. Para los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva requiere estar finalizados antes del año 1996, admitiéndose las excepciones citadas anteriormente en este apartado; que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda y que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse al programa.

El solicitante debe ser propietario o copropietario de la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación, no siendo excluyente el hecho de ser propietario de otras viviendas. Del mismo modo, la vivienda objeto de rehabilitación, se debe ajustar a los dispuesto en las normas urbanísticas y, además, debe constituir la residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia del solicitante, vivienda en propiedad en régimen de alquiler de uso residencial a una tercera persona o compromiso de empadronarse para destinar la vivienda como residencia habitual y permanente/arrendar la vivienda de uso residencial en un plazo máximo de 2 meses tras la finalización de las obras.

Por último, no existe cuantía máxima de ingresos económicos de la unidad de convivencia que limiten el acceso a la ayuda (priorizando de menor a mayor los recursos económicos de la unidad de convivencia hasta agotar la existencia del crédito presupuestario), si siendo obligatorio que el solicitante y el resto de miembros de la unidad de convivencia estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Gobierno de Canarias, Agencia Tributaria Estatal, Tesorería de la Seguridad Social o regímenes alternativos de previsión social y con la Hacienda Municipal.

Toda la información relacionada con esta ayuda se encuentra en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tijarafe. Para mayor información, los interesados podrán pasar por la Oficina de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Tijarafe, solicitando cita previa, dentro del plazo establecido, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

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