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Ashotel considera "insostenible" el aumento del alquiler vacacional y pide control público

La Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro, Ashotel, ha considerado este miércoles que el crecimiento exponencial de la vivienda vacacional, que entre 2015 y 2023 aumentó un 60% en número de plazas comercializadas, según el Gobierno de Canarias, es insostenible, por lo que ese control público se hace urgente.

Esta circunstancia además incide, aunque no de forma exclusiva, en uno de los principales problemas sociales del archipiélago, la escasez de vivienda para personas trabajadoras, que en algunos núcleos turísticos genera una situación preocupante, agrega Ashotel.

La patronal ha enviado un comunicado en el que analiza el informe Distribución y concentración del alojamiento turístico en Canarias, elaborado por el Observatorio Turístico y la Cátedra de Turismo CajaCanarias-Ashotel-ULL a instancias del Gobierno de Canarias, y considera que aporta una radiografía para la regulación de la vivienda vacacional.

La patronal hotelera sitúa el foco en dos aspectos fundamentales que ponen en evidencia el peso de la actividad alojativa tradicional frente a esta modalidad desregulada: los impuestos y el empleo.

En este sentido, recuerda que el sector turístico contribuyó a las arcas autonómicas con 3.400 millones de euros en recaudación de impuestos directos e indirectos, de los cuales una parte importante procede del sector alojativo, según el informe Impactur 2022 al que se ha referido.

Destaca que da empleo a más de 344.000 personas, de las cuales casi 77.000 trabajan en establecimientos alojativos —159.000 en toda la hostelería—.

Ashotel se pregunta cuál es la aportación al empleo en Canarias de la vivienda vacacional, porque, según la patronal, son datos no publicados.

Con estas cifras, Ashotel insiste en que la actividad económica a la que representa en la provincia de Santa Cruz de Tenerife contribuye de forma considerable a pagar la factura de servicios públicos esenciales como la sanidad, la educación o los servicios sociales.

Para Ashotel, es fundamental que el alquiler vacacional “juegue en un tablero con normas claras y justas”.

Según la patronal, tras el anuncio por parte del Gobierno de Canarias del anteproyecto de ley de regulación del uso turístico de las viviendas en Canarias se ha producido un “efecto llamada” que se refleja en un rápido aumento de la presentación de declaraciones responsables antes de que se cambie a un régimen de autorización.

Precisamente la falta de vivienda es uno de los caballos de batalla de la patronal hotelera, que en sintonía con el principal sindicato del sector, Sindicalistas de Base, ha impulsado de forma conjunta por Ashotel y SB una ronda de contactos con administraciones públicas competentes en la materia, como ayuntamientos del sur de Tenerife, la Fecam o la propia Consejería de Obras Públicas, Transportes, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias, para tratar de buscar soluciones lo más urgente posible, detalla la nota.

Asimismo, Ashotel denuncia la descompensación entre los requisitos legales exigidos a una y otra modalidad alojativa.

Desde el punto de vista de la seguridad hay una disparidad ostensible entre las exigencias que debe cumplir una vivienda vacacional y un establecimiento hotelero o extrahotelero, esgrime la patronal.

Si la vivienda se ubica en un inmueble residencial —como suele ocurrir en la mayoría de los casos— será ésta la que debe cumplir exclusivamente con las normas de seguridad del decreto 113/2015, que son “muy básicas”.

Abunda en que el citado decreto no contempla la existencia de medidas de protección contra incendios específicas para este tipo de alojamiento turístico, como la existencia de puertas RF que puedan evitar la propagación del fuego al resto del edificio, elementos estructurales o el uso de materiales ignífugos en cubiertas y revestimientos tales como colchas o cortinas, que sí son exigibles al resto de establecimientos de alojamiento turístico.

Por otro lado, aunque la norma autonómica excluye las comunidades de propietarios de la obligación de tener socorrista, subraya que en la medida que haya viviendas vacacionales en dicha comunidad se estará haciendo un uso turístico de la piscina del conjunto residencial.

Por tanto, agrega, “parece que un turista alojado en una vivienda vacacional está menos protegido que si lo hace en un complejo turístico”, ya sea hotelero o extrahotelero, en los que sí existe la obligación de tener socorrista durante el horario de apertura de las piscinas.

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