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Política
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El Gobierno de Canarias lleva al boletín su pulso sobre los menores: ya no los aceptará sin identificar

El Gobierno de Canarias ha publicado este jueves en su boletín oficial un protocolo que resume su postura en su pulso legal que ha abierto respecto a la tutela de los menores llegados en patera: competen inicialmente al Estado y no los aceptará en sus centros de acogida si no llegan correctamente identificados y con una asignación individualizada.

La red de menores de Canarias lleva meses desbordada por la continua llegada de pateras y cayucos a las islas y el bloqueo de la reforma legal que pretendía distribuir de forma obligatoria su acogida entre todas las comunidades, en vista de que los traslados voluntarios pactados con otras autonomías no han funcionado.

Con más de 5.300 menores africanos en sus recursos sociales, hace dos semanas se produjo un incidente en El Hierro (donde no quedaban ya plazas) que llevó al presidente de Canarias, Fernando Clavijo, a anunciar que iba a tomar medidas de carácter legal para proteger los derechos de los menores y evitar riesgos jurídicos a los trabajadores de los centros de menores (tanto empleados públicos como de ONG).

En la misma línea, adelantó que, en adelante, el Gobierno canario entendería que un menor rescatado por Salvamento y entregado a la Policía en el puerto o interceptado por las Fuerzas de Seguridad en la costa “no está abandonado ni desamparado, sino bajo custodia del Estado”, por lo que no compete directamente a la comunidad autónoma su acogida. Y exigió, además, que si después ese niño es entregado al Gobierno de Canarias para que lo tutele, “se cumplan los protocolos”.

El Boletín Oficial de Canarias publica este 12 de septiembre un protocolo con el que el Gobierno de Clavijo dice expresamente que quiere poner fin al “desorden” que observa desde hace meses en la entrega de menores inmigrantes a la comunidad, lo que con frecuencia se hace solo con “un acta o listado” que no permite identificar a cada chico, poniendo así en peligro sus derechos, advierte.

“La debida trazabilidad del menor está en riesgo y se posibilita la confusión de identidades entre menores, como ha ocurrido”, dice ese texto, en los fundamentos que preceden a los artículos con las condiciones de entrega que Canarias exige al Estado que respete.

Este es un resumen de sus principales puntos:

1) Canarias entiende que los menores llegados a la costa en pateras o cayucos “no están desamparados, porque cuentan con la atención inmediata del Estado, que asume responsabilidades internacionales de rescate en el mar y las competencias constitucionales de control de fronteras y de flujo migratorio hasta su debida asignación o ubicación, según la situación jurídica en que se encuentren”.

2) Antes de asignar a un menor a la comunidad de Canarias, este debe ser oído, “con intervención del Ministerio Fiscal en salvaguarda de sus derechos”.

3) Para que un menor sea aceptado en la red de Canarias, antes ha de estar identificado, hay que inscribirlo en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados y es preciso que se dicte una “resolución invidualizada por el órgano correspondiente del Estado, previa audiencia del menor, en presencia de un intérprete de su lengua materna u otra que pueda entender, con conocimiento del fiscal”.

4) La entrega se producirá cuando la comunidad de Canarias “verifique” que tiene plazas disponibles.

5) El menor deberá contar con “documentación individualizada que garantice su correcta identidad y circunstancias individuales, entre ellas las circunstancias en que fue hallado y cuantos datos sean de interés para los derechos del menor”.

6) Antes de ser entregado a Canarias, el Estado debe entrevistar al menor para conocer si es un potencial solicitante de refugio, asilo o protección internacional (materias que no son competencias de la comunidad) o si tiene algún familiar en España o cualquier otro país de la Unión Europea “que lo pueda acoger”.

7) Si existen dudas de que se trate de un menor, se exigirá una resolución cautelar o urgente del Ministerio Fiscal que determine si debe ir a una recurso con otros niños y adolescentes o, por el contrario, se le ha de ofrecer ayuda en un centro de adultos.

8) Toda la documentación entregada con el menor para cumplir este protocolo será comprobada por la Policía Canaria o “por un funcionario público autonómico”.

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