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El Gobierno destina 900.000 euros al sector agrario por las lluvias y el viento de diciembre de 2009

  • Una vez evaluados todos los daños y superados los trámites legales

El temporal sepultó finca de platános en la costa de Fuencaliente. Archivo.

El consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, Juan Ramón Hernández, ha firmado la Orden por la que se conceden las indemnizaciones por daños en el sector agrario de las Islas, causados por las lluvias y el viento de los días 22 y 23 de diciembre de 2009.

Estos pagos, que responden a una antigua demanda de los subsectores agrícola y ganadero del Archipiélago y se producen tras haber sido evaluados todos los daños y superados los trámites legales exigidos para recibir las ayudas, suponen 1,1 millones de euros. De esta cuantía, 894.241,26 euros se destinan a La Palma- la isla más perjudicada por este temporal, especialmente el municipio de Fuencaliente, que ya resultó afectado por el incendio que tuvo lugar el verano de ese mismo año-, 164.262, 21 euros a Gran Canaria, 40.693,29 euros a Tenerife y 2.194,32 a El Hierro.

Asimismo, el titular del Departamento ha firmado otra Orden para la concesión de indemnizaciones por daños en el sector, con motivo de los daños causados por las lluvias de los días 16 y 17 de noviembre de 2009. El importe de estos fondos es de 595.947, 18 euros, que se dirigen en su totalidad a beneficiarios de la isla de Tenerife, fundamentalmente en los municipios de La Orotava y Los Realejos, los más perjudicados por el temporal.

El objetivo de estas ayudas es contribuir a reparar y paliar los daños sufridos en las infraestructuras y producciones del sector, evitando la pérdida de potencia agrícola. Están dirigidos a sufragar gastos derivados de la reposición de cultivos-fundamentalmente de vid-; la reconstrucción de invernaderos, cuartos de aperos almacenes agrícolas, muros cortavientos, sistemas de riesgo por aspersión en platanera y de redes fijas de tratamientos fitosanitarios; compra de maquinaria agrícola para remplazar la dañada, y la ejecución de actuaciones como desescombro, relleno de zanjas, transporte de materiales a vertedero, y asfaltado de caminos, entre otras acciones.

Según se establece en dicho texto, el porcentaje de las indemnizaciones sobre los daños producidos asciende finalmente a 56, 47%, resultante del prorrateo de los créditos disponibles entre los solicitantes que reúnen los requisitos.

Se benefician de estos fondos los titulares de explotaciones agrarias, así como las entidades comercializadoras cuya actividad principal sea la transformación y/o comercialización de productos agrícolas o agroindustriales, afectadas por dicho temporal.

 

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