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Santa Cruz de La Palma

La Cotmac le da seis meses al Ayuntamiento para que corrija las deficiencias detectadas en el PGO

  • Sí aprobó la memoria ambiental del Plan de Protección del Casco Histórico
  • Además informó en sentido favorable condicionado el documento

Espectacular foto nocturna de la capital palmera, de César Borja. Archivo.

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), presidida por el consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, suspendió en su sesión de este lunes la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación (PGO) de Santa Cruz de La Palma, al objeto de que se subsanen deficiencias observadas en informes jurídico y técnico. Además, le ha dado un plazo máximo de seis meses al consistorio capitalino para subsanar las deficiencias advertidas, conforme con el Reglamento de Procedimientos.

Entre otras observaciones, la Cotmac advierte que no se da cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de 29 de diciembre de 2012 y que sigue sin subsanarse lo contenido en determinados informes sectoriales.

Concretamente, la Cotmac se pronunció sobre el documento de Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Santa Cruz de La Palma al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, referido a la toma de conocimiento del dictamen emitido por la Cotmac, por el que se procedió a devolver al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma el documento de Revisión del PGO de Santa Cruz de La Palma a fin de que subsanara una serie de observaciones.

Plan Especial del Casco Histórico

Por otro lado, la Cotmac aprobó la Memoria Ambiental del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico – Artístico (PEPCH) de Santa Cruz de La Palma e informó en sentido favorable condicionado el documento del citado Plan Especial de Protección, sobre la base de lo contenido en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, debido a cuestiones que se exponen en los informes técnico y jurídico.

La Comisión, en sesión celebrada el 27 de febrero de 2012, acordó suspender la aprobación de la Memoria Ambiental del PEPCH hasta que se subsanaran defectos y se realizaran trámites omitidos defectuosos señalados en el informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio de 17 de enero de 2012, e informó desfavorablemente los aspectos urbanísticos, en base al informe propuesta emitido por la citada Dirección General.

El acuerdo favorable condicionado al documento de Aprobación Inicial del PEPCH de Santa Cruz de La Palma emitido hoy está condicionado a aspectos que deberán ser subsanados. Así, entre ellos se encuentra el deber de justificar los coeficientes asignados a los distintos usos y tipologías, solicitar informe al Ministerio de Fomento en cuanto a sus competencias exclusivas en materia de Puertos y Aviación Civil, y hacer desaparecer las discrepancias existentes entre los documentos de Plan General de Ordenación y del Plan Especial, en cuanto a la localización y denominación de los Sistemas Generales y Locales, entre otras cuestiones.

El Conjunto Histórico – Artístico de Santa Cruz de La Palma fue declarado mediante Decreto 942/1975 del Ministerio de Educación y Ciencia, de 10 de abril. En cuanto a la gestión y ejecución de la ordenación prevista en el PEPCH, tal y como refleja la Memoria del documento, se proponen actuaciones urbanísticas de ejecución directa, actuaciones de intervención urbana, así como operaciones puntuales.

 

 

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