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Santa Cruz de La Palma

NC pide que se aplique el convenio colectivo del ayuntamiento a los trabajadores beneficiarios de los programas de fomento de empleo

Maeve Sanjuán Duque, concejala de NC.

Nueva Canarias en el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma demanda que el convenio colectivo incluya a los trabajadores y trabajadoras beneficiarios de los programas de fomento de empleo, una posición que ha defendido a través de una moción durante el pleno ordinario celebrado este lunes.

Esta exigencia, indica la formación, pretende solventar un conflicto que evidencia una manifiesta discriminación respecto al salario,  jornadas de trabajo o cualquier otro derecho, entre otras cuestiones. Un hecho que ha llevado a los  Tribunales a ratificar un cambio de doctrina para resolver la situación de este colectivo “especialmente vulnerable” respecto a otros trabajadores que realizan idénticas funciones en el ámbito de la administración local.

En este sentido, NC ha solicitado la inclusión en el convenio colectivo del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma a los trabajadores y trabajadoras  beneficiarios de programas de empleo (SCE, FDCAN,..) y permita  mejorar las condiciones laborales de las personas contratadas. La actual situación, sostiene, supone un “trato desigual de los  trabajadores  contratados y trabajadores municipales que,  realizando el mismo trabajo sin embargo, perciben un salario inferior al establecido en el convenio colectivo municipal”.

La concejala de Nueva Canarias, Maeve Sanjuán Duque, ha señalado que resolver esta situación es una cuestión prioritaria para la administración ya que numerosos Tribunales Superiores de Justicia de las distintas Comunidades Autónomas han manifestado que las condiciones reguladas por los convenios colectivos de los ayuntamientos “son aplicables a los trabajadores contratados por los mismos, incluso si sus contratos son financiados a partir de programas provenientes de subvenciones de otras administraciones” y que, por lo tanto, “la exclusión de este colectivo de trabajadores del ámbito de aplicación del convenio colectivo es contraria al principio de igualdad ante la Ley derivado de los artículos 9 y 14 de la Constitución, debiendo remediarse mediante la aplicación al conjunto de trabajadores analizado el citado convenio colectivo”.

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