El Ayuntamiento de El Paso informa que ha remitido un escrito al presidente del Consorcio de Compensación de Seguros para solicitar que se abone el importe íntegro a los afectados que han perdido sus viviendas a causa de la erupción del volcán y que disponían de un Seguro de Hogar con esta entidad que cubría la destrucción de la vivienda y, a su vez, habían contraído para la compra de la misma un préstamo con garantía hipotecaria.
El Consistorio señala que desde que se inició la erupción el pasado día 19 de septiembre, muchos de los afectados, tras dar cuenta de la destrucción de la vivienda, han comenzado a recibir la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros, pero la entidad ha detraído de la misma la cantidad adeudada por el afectado a la entidad bancaria, sin explicación alguna de por qué y bajo qué criterio se ha producido tal detracción de fondos.
Son las entidades bancarias las que, asegura, tras recibir solicitud por parte del interesado, han informado de que se han acogido a la Cláusula que en los préstamos con garantía hipotecaria permiten el cobro preferente al banco de la cantidad que se adeude en el momento en que se ha producido el daño.
Pero esta Cláusula, añade, fue declarada nula por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de fecha 31 de mayo de 2018 con número de Resolución 406/2018 en el Recurso 1081/2017; en el mismo sentido se había pronunciado la Sentencia de la Audiencia Provincial de 26 de julio de 2013 (pronunciamiento que no fue objeto del recurso de casación que dio lugar a la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015).
En base a esta jurisprudencia, el Ayuntamiento de El Paso ha solicitado al presidente del Consorcio de Compensación de Seguros que proceda a la corrección del planteamiento sobre este asunto, procediendo a ingresar la totalidad de la indemnización a los afectados, y de esta forma darle a éstos, que son los obligados al pago del préstamo, la posibilidad de cancelarlo o buscar una garantía hipotecaria alternativa a fin de continuar con el pago del mismo, teniendo en cuenta que el Real Decreto-Ley 20/2021 de 5 de octubre establece la suspensión temporal de obligaciones y pago de intereses y principal de préstamos y créditos con garantía hipotecaria sobre estos inmuebles, lo que permitiría a los afectados, de acuerdo con la entidad bancaria, sustituir la garantía hipotecaria en dicho préstamo.
El Ayuntamiento ha trasladado en su escrito el dolor de las familias palmeras que han perdido sus casas y, en muchos casos, el patrimonio de todas sus vidas, a las que no debe añadírseles el sufrimiento de tener que pasar un largo proceso judicial que finalmente les daría la razón en esta materia.
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