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Santa Cruz de La Palma

La mayoría de los comercios del casco histórico abrirá el 8 de diciembre

  • Muchos abrirán también el día 6 hasta las 14:00 horas porque habrá cruceros

La Asociación de Empresarios del Casco Histórico de Santa Cruz de La Palma, miembro de Cepyme La Palma, después de hacer un sondeo entre los comercios de la zona comercial del casco histórico de Santa Cruz de La Palma, ha constatado que la mayoría  abrirán sus puertas el próximo martes 8 de diciembre, sin olvidar de que el domingo 6 de diciembre también abrirán muchos hasta las 14:00 horas ya que ese día atracarán en el puerto dos cruceros con turismo inglés.

La asociación de empresarios recuerda que el comercio del municipio puede abrir todos los días (incluidos domingos y festivos) si tiene menos de 300 m2 de superficie y cumple los siguientes requisitos: no formar parte de una cadena o franquicia y contar con un horario comercial que no supere las 90 horas a la semana.

Domingos/Festivos que la ley permite abrir: (BOC 22-12-08)

06 de Diciembre.- Domingo, Día de la Constitución
08 de Diciembre.- Martes, Inmaculada Concepción
13 de Diciembre.- Domingo
20 de Diciembre.- Domingo
27 de Diciembre.- Domingo

Asimismo, la asociación recuerda que los días 24 y 31 de diciembre  se pueden cerrar los comercios a las 18:00 horas para que el personal que trabaje esos días pueda disfrutar en familia de unas fechas tan señaladas.

Con respecto al tema de las devoluciones de productos en estas fechas, sobre el que los empresarios tienen numerosas dudas, la asociación explica que la devolución es una práctica voluntaria por parte del establecimiento que la ofrece. Y que en el momento de hacerse la operación de entrega del producto a cambio de dinero, la compraventa ya se ha materializado y no hay obligación de devolución por parte del comercio.

No obstante, aclara que si el establecimiento ofrece la posibilidad de devolución del producto, se ha de informar de esa posibilidad antes de hacer la venta y que lo correcto es colocar un cartel informativo junto a la caja, en el que debe figuar el plazo en que se puede hacer la devolución (no puede ser inferior a siete días),  cómo se hará la devolución (si se devolverá el dinero o se ofrecerá un vale por el importe de la compra), en el supuesto de ofrecer un vale de compra, hacer constar si está sujeta a fecha de caducidad o no, o si la utilización del vale está sujeta a plazo y para evitar que se pueda entender que se trata de la imposición de una cláusula abusiva, añadir que antes del vencimiento del plazo se podrá cambiar por otro vale. 

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