Centro de Triana, en Los Llanos de Aridane. Archivo.
El Partido Popular ha solicitado por registro de entrada tener acceso a todo el expediente relativo a la contratación de la gestión del centro-residencia para personas con discapacidad de Triana con la empresa Sercade S.L., anulado por la corporación insular y sobre la que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia, señalando como correcta la resolución del contrato pues en la misma se reconoce que respondió a incumplimientos contractuales por "trato vejatorio, poco ético, a los usuarios y familiares de los mismos". El PP quiere saber si hubo retraso en la actuación del Cabildo.
La portavoz del PP, María de Haro, considera que "los hechos son tan graves, que no puede dejarse pasar sin que se aclare, en el seno del Cabildo, qué ocurrió con esta gestión, si existían quejas anteriores, qué se hizo a raíz de dichas quejas por parte de la máxima institución insular o si no se hizo nada hasta que una de las madres insistentemente siguió para adelante en sus quejas".
Para la consejera del Partido Popular "sería inaudito que, existiendo quejas, bien de personal, bien de familiares, el Cabildo hubiera estado un solo día sin llevar a cabo las correspondientes inspecciones y el control en el correcto desarrollo de los servicios del centro, máxime cuando se trata de atención a personas especialmente vulnerables y que están bajo el cuidado de quienes realizan el servicio".
De Haro también indica que desde su grupo entienden que una cosa es que se haya llevado a cabo la resolución correcta del contrato de gestión, de modo que se ha puesto fin a una situación que nunca debió producirse y otra, que pudiera haberse actuado tarde, o que se permita que dentro de la institución insular, algo tan grave, se deje pasar sin analizar qué fallo en su día, si funcionaron los mecanismos de control, si se hizo todo lo posible ante posibles situaciones anómalas, y con ello, la posible exigencia de responsabilidades dentro del órgano competente, el Cabildo.
"No puede ser que en servicios tan importantes, y tratándose de atención a las personas, pueda existir ni una sola actitud, ni un solo hecho indebido, y por supuesto, que ni se saquen conclusiones o se asuman y exijan responsabilidades, en algo que, es evidente, nunca debe suceder, por el sufrimiento que puede causar", ha concluido.
Hechos probados contrarios a la ética profesional
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), defiende en la sentencia emitida recientemente, y que fue publicada por Diario de Avisos, la existencia de hechos "probados contrarios a la ética profesional más que suficientes para resolver el contrato por incumplimiento culpable del contratista, con la pérdida de la garantía prestada para responder de la correcta organización y funcionamiento del servicio". La medida adoptada por el Cabildo, dice la sentencia, respondió a incumplimientos contractuales por "trato vejatorio, poco ético, a los usuarios y familiares de los mismos" y "reiteración de quejas", relacionadas "con el tratamiento médico de los residentes, su dignidad personal (sujeciones mecánicas muy prolongadas durante el día y la noche, baños con agua helada, restregar la cara del interno con ropa manchada de heces y orina, uso excesivo del recinto de castigo, agresiones físicas, exceso de medicación, dejarles sin comida)".
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