El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma ha aprobado un nuevo reglamento para la tramitación de los contratos menores de obras y servicios llevados a cabo por el consistorio capitalino. La medida, que entrará próximamente en vigor, supone la adaptación de los procedimientos actuales a la legislación vigente, al tiempo que se facilita la gestión diaria de la contratación por medio de un procedimiento ágil que permita al consistorio obtener la mejor oferta con el menor coste administrativo posible.
El concejal de Economía y Hacienda y Contratación, Julio Felipe, explica que esta medida "responde a la necesidad de disponer de un mecanismo eficaz que mejore la tramitación y adjudicación de contratos menores, al tiempo que se cumple con las obligaciones de transparencia en la contratación pública".
El nuevo reglamento municipal establece tres niveles para la contratación de suministro de servicios, divididos según la cantidad presupuestada. Para los servicios con un coste de hasta 3.000 euros la contratación se producirá por adjudicación directa y el pago se hará mediante la presentación de factura. En los servicios con un coste superior a 3.000 y hasta 10.000 euros la adjudicación también se hará de forma directa, pero debiendo concurrir al menos tres ofertas.
En el caso de que el presupuesto se sitúe entre los 10.000 y los 17.999 euros, el Ayuntamiento podrá encargar directamente el servicio, pero debiendo presentarse al menos tres presupuestos. La adjudicación se realizará a la oferta económicamente más ventajosa, previa expedición de la reserva de crédito.
En cuanto a la contratación de obras, estos límites se establecen en los contratos de hasta 9.999 euros, entre 10.000 y 17.999 y hasta 49.999 euros, siendo necesaria en todos ellos la resolución de adjudicación por parte del Ayuntamiento. Los contratos de menor cuantía pueden realizarse por adjudicación directa, previa reserva de crédito.
En los contratos menores de obras, de importe entre 10.000 y 17.999 euros, igualmente es necesaria la presentación de tres presupuestos para proceder a la adjudicación directa, además del proyecto de obra.
Por último, en las actuaciones valoradas entre 18.000 y 49.999 euros será necesaria la presentación del presupuesto de obra, proyecto detallado e informe de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad o seguridad de la obra o, en su caso, informe de la Oficina Técnica Municipal. Igualmente se presentarán unos pliegos de cláusulas técnicas de la contratación a realizar, en aquellos casos en los que la valoración de las ofertas no se circunscriba únicamente a la oferta económica. Se solicitará oferta a todas las empresas que consten en la base de datos de contratación del Ayuntamiento que cuenten con la cualificación suficiente para realizar la obra prevista.
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DOSDEMAYO
Vale, de acuerdo. En transparencia, según la Ley, bien. Un notable. Me alegro. Pero traducido este notable por los ciudadanos de a pie, que somos esos que pagamos unos impuestos que no son coherentes con los servicios que recibimos, lo bajamos a un suspenso. Es como si un equipo deportivo tuviera sus finanzas transparentes, claritas, incluso con superávit, pero clasificado en último lugar del campeonato, por mal juego, sin garra, erróneos fichajes y ya sin posibilidad alguna de mantenerse en la división de honor.
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