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El TSJC suspende el protocolo de atención a menores migrantes del Gobierno Canarias

Desembarcan a varios migrantes de un cayuco - Antonio Sempere - Europa Press.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha acordado suspender el protocolo de atención a menores migrantes no acompañados de Canarias en línea con la petición de medidas cautelarísimas que había planteado la Fiscalía Superior de Canarias por vulneración de derechos.

El auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, hecho público este viernes, da al Gobierno regional un plazo de tres días para que “alegue lo que estime procedente” y reconoce que “concurren circunstancias de especial urgencia” para validar la petición de la Fiscalía.

La Sala aclara en su argumentación que “no es momento” de evaluar la legalidad o no del protocolo elaborado por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia solo si hay “especial urgencia” para dictaminar la suspensión.

En ese sentido, expone que “no se incluye entre las disposiciones incorporadas al Protocolo Territorial una previsión expresamente encaminada al establecimiento del momento de inicio de la eficacia –o entrada en vigor– de las actuaciones dispuestas por el mismo por lo que, a falta de una previsión de la indicada índole, nada parece impedir que se pueda pretender la exigibilidad de tales actuaciones de forma inmediata, esto es, a partir del momento mismo de la publicación oficial del Protocolo”.

El TSJC sostiene que el nuevo protocolo produce una “innovación no poco relevante del régimen jurídico actualmente en vigor” y aunque la justificación del Ejecutivo regional es que se diseña en interés de los menores es “difícil negar” que los nuevos criterios van a comprometer la entrega de los menores a las autoridades autonómicas.

Entre ellos detalla la comunicación previa a efectos de disponibilidad de plazas de acogida; fijar lugar de entrega y recepción e intervención de funcionarios públicos; documentación individualizada del menor en el momento de la recepción o comprobación de documentación e identidad del menor no acompañado para su recepción.

“ALTERACIÓN RELEVANTE” DEL MARCO NORMATIVO

Por ello, el auto expone que esta “alteración relevante” del actual marco normativo “aconseja” mantener el sistema que se ha venido utilizando hasta ahora.

“No cabe perder de vista, en efecto, la repercusión que es susceptible de desplegar la aplicación del Protocolo sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable como es el de los menores al que van dirigidas las actuaciones contempladas en el mismo”, remarcan desde la Sala.

Así, entiende que es bueno aplicar un “principio de elemental cautela” al tiempo que recomienda “la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional que se antoja indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias”.

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