El Boletín Oficial de la Provincia publicó el pasado viernes la convocatoria de la línea de subvenciones para instalaciones de producción de energía eléctrica y agua caliente sanitaria (ACS) realizada por el Ayuntamiento de Breña Baja para continuar a la conservación del medio ambiente desde viviendas y comunidades de vecinos en el municipio.
Dichas bases establecen una cuantía máxima subvencionable de 1.500 euros para la generación y autoconsumo de energía eléctrica por medio de fuentes renovables en viviendas unifamiliares, viviendas individuales en edificio o para comunidades de propietarios. Asimismo, se contemplan ayudas a la producción de Agua Caliente Sanitaria por medio de paneles solares térmicos, por una cantidad máxima de 500 euros. El plazo para la presentación de las solicitudes expira el próximo 20 de octubre.
Los solicitantes deberán justificar la inversión realizada que, para acceder a las subvenciones, no podrá ser inferior a 3.000€ en la producción de energía eléctrica de autoconsumo, y de 1,000 € para la placa solar térmica (Agua Caliente Sanitaria).
En el caso de comunidades de vecinos, la beneficiaria es la propia comunidad, cuya presidencia debe realizar la solicitud. A su vez, cuando se trate de viviendas unifamiliares, la solicitud deberá ser realizada por el propietario, sea primera o segunda residencia y con independencia uso en algún régimen de alquiler o explotación. No se podrá solicitar ayuda para más de una vivienda en la misma convocatoria.
“Hace años emprendimos un camino, fomentar el ahorro energético, tanto en los espacios públicos en los que intervenimos directamente, como en facilitar ese proceso a las comunidades y familias de nuestro municipio. Por eso la apertura de la convocatoria de este tipo de ayudas es un aspecto recurrente de nuestra gestión año tras año”, señala Borja Pérez, alcalde Breña Baja.
Gastos subvencionables
Las ayudas a instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo prevén como gastos subvencionables los dedicados a generadores, sistemas de anclaje, inversores y/o rectificadores, aparataje relativo a la instalación, baterías y reguladores de carga o trabajos de ingeniería y legalización que no excedan del 10% del coste total de la instalación, así como el IGIC.
Mientras, en el caso de sistemas de producción ACS, los gastos computables serán los asumidos en placas solares térmicas, sistemas de anclaje, canalizaciones y accesorios de fontanería, depósitos de ACS, así como trabajos de ingeniería y legalización que no excedan del 10% del coste total, además el IGIC.
Compatibilidades
Las subvenciones previstas en las bases aprobadas por el Ayuntamiento de Breña Baja son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras administraciones siempre que el importe de la ayuda o subvención no supere el coste del proyecto. Por ello, las comunidades o vecinos beneficiarios deban comunicar al Ayuntamiento de Breña Baja la obtención de otras ayudas destinadas al mismo objeto.
“Tanto las bases reguladoras como los anexos las cumplimentar las solicitudes ya están disponibles en en la web municipal, www.bbaja.es, e igualmente se podrán resolver dudas con nuestra Agencia de Desarrollo Local en pro de ayudar y fomentar las inversiones en energías renovables que hacen de nuestro municipio un lugar más eficiente”, explica Abel Pérez, Teniente de Alcalde en Breña Baja.
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