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Breña Alta

El Ayuntamiento prohíbe en una ordenanza tirar colillas y que las mascotas defequen en la calle

  • Tampoco se puede alimentar animales en la vía pública, sobre todo a palomas

El Ayuntamiento de Breña Alta ha sacado una ordenanza para mantener el municipio limpio y libre de residuos.

Con el fin de mantener el municipio limpio, el Ayuntamiento de Breña Alta ha sacado una ordenanza municipal en la que se prohíbe, entre otras cosas, tirar colillas o chicles al suelo o que las mascotas defequen en la vía pública. El alcalde, Blas Bravo, anima a todos los vecinos a cumplir con esta nueva norma porque "es el deber de todos cumplir la ordenanza municipal relativa  a la recogida de basuras, limpieza y tratamiento en general de residuos, de los propios habitantes y de los que nos visitan."

Para Blas Bravo "hay  algunos aspectos de esta normativa que nos recuerda a todos la necesidad de contemplar e incluso reprobar a quienes incumplan normas tan básicas de respeto y cumplimiento de  unas mínimas reglas sociales como son, por ejemplo, no tirar chicles a la calle, lo que supone un grave problema de limpieza".

En este punto, dice, hay que hacer un llamamiento a los padres y educadores para que inculquen con su ejemplo conductas respetuosas y solidarias hacia los bienes públicos, el medio ambiente y la buena convivencia a los más jóvenes.

Otro de los comportamientos que sanciona la nueva ordenanza es el tirar colillas en la calle o arrojarlas desde vehículos, así como cualquier desperdicio. También se vigilará especialmente el lavado de coches en las vías públicas y el vertido de las aguas procedentes de estas actividades.

Asímismo se prohíbe dar de comer a cualquier tipo de animal en la calle y de manera especial a las palomas.

En lo referente a los solares no construidos, será obligatorio su vallado para evitar que se depositen en ellos vertidos, de cuya limpieza serán responsables sus titulares.

Otro de los puntos importantes a destacar por su importancia sanitaria es que queda terminantemente prohibida la eliminación de animales domésticos muertos, que deberá realizarse según determine la legislación específica.

De especial interés para mantener la salubridad y buen aspecto de nuestro municipio es, a juicio del alcalde, la prohibición de permitir que los animales domésticos hagan sus necesidades en las vías públicas, y sobre todo no recogerlas cuando se dé esa circunstancia.

La vigilancia del cumplimiento de esta ordenanza municipal, así como la realización de las inspecciones y comprobaciones previstas en la misma, serán ejercidas por el cuerpo de la Policía Local, que podrá acceder, previa identificación y sin notificación previa, a las instalaciones y ámbitos sujetos a inspección, salvo aquellos casos en que se precise autorización judicial. Igualmente podrá requerir información y proceder a los exámenes y controles necesarios que aseguren el cumplimiento de las disposiciones vigentes y de las condiciones de las autorizaciones, licencias o permisos. Además comprobará la existencia y puesta al día de la documentación correspondiente.

El alcalde hace hincapié "en la importancia de concienciarnos todos de que el cumplimiento de esta ordenanza municipal redundará en que tengamos un pueblo más limpio, para que pueda ser disfrutado por los propios breñuscos y por los que nos visitan, también por nuestra propia salud y para evitar la propagación de plagas, y sin olvidar el cuidado del medio ambiente, tan importante para la vida y más en una Isla declarada, por la UNESCO, Reserva de la Biosfera".

Debido a la importancia de esta ordenanza, Bravo anuncia a los vecinos que además de poder consultar ésta en la página Web del Ayuntamiento www.balta.org , en el menú de servicios, en el apartado bandos, se repartirá por los domicilios de los habitantes de la Villa de Breña Alta.

 

 

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