La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, que dirige Domingo Berriel, ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), que aprueba definitivamente el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural de Cumbre Vieja, en La Palma, y que establece en el espacio natural protegido cuatro zonas de uso: restringido, moderado, general y especial. El BOC publica concretamente la Resolución de 11de febrero de 2010, por la que se hace público el acuerdo de la COTMAC.
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2009, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, el PRUG del Parque Natural de Cumbre Vieja. En virtud de este acuerdo, la COTMAC entendió resueltas las alegaciones e informes presentados en el mismo sentido que establece un documento de síntesis, de acuerdo con el artículo 38 del Reglamento señalado, y de manera paralela, aprobó la Memoria Ambiental del citado Plan.
Respecto a las cuatro zonas de uso, que establece el documento aprobado: restringido, moderado, general y especial, la primera de ellas, constituida por aquella superficie con alta calidad biológica o elementos frágiles representativos, en los que su conservación admita un reducido uso público, utilizando medios pedestres y sin que en ella sean admisibles infraestructuras tecnológicas modernas; incluye aquellos lugares en los que las transformaciones producidas por la evolución natural del territorio y sus recursos es más patente, estando prohibida la edificación, la acampada, el tránsito por fuera de los senderos habilitados al efecto y los aprovechamientos y usos del suelo que supongan una degradación del medio o perjudiquen la evolución natural de los sistemas biológicos. Sus límites comprenden la dorsal de Cumbre Vieja y la Montaña Quemada.
La zona de uso moderado, constituida por aquella superficie que permite la compatibilidad de su conservación con actividades educativas, ambientales y recreativas, comprende el resto de Cumbre Vieja y Cumbre Nueva; mientras que la de uso general, que está formada por aquella superficie que pueda servir para emplazamiento de instalaciones, actividades y servicios que redunden en beneficio de las comunidades locales integradas o próximas al espacio natural, estará constituida en su mayor parte por las áreas recreativas destinadas a albergar equipamientos y servicios relacionados con el uso público y la gestión del Parque y por el mirador de Montaña Quemada. Las zonas previstas para este fin son La Pared Vieja, El Pilar, Fuente los Roques, Hoya del Rehielo y Llano de la Mosca.
Con el fin de dar cabida a asentamientos rurales o urbanos preexistentes e instalaciones y equipamientos previstos en el planeamiento territorial y urbanístico, también se establece una zona de uso especial, que se corresponde con una pequeña parcela en la divisoria de la dorsal, donde se localiza una serie de torres y antenas de telecomunicación. Incluye, además, las zonas de dominio público, afección y servidumbre de las carreteras LP-2 (circunvalación sur), LP-3 (conexión este-oeste) y la LP-301, que transcurre por el interior del espacio.
El Parque Natural de Cumbre Vieja se sitúa en la fracción meridional de la isla de La Palma, estando configurado básicamente por la dorsal montañosa de Cumbre Vieja y por Cumbre Nueva que actúa como nexo de unión con la mitad norte de la isla. Tiene una superficie de 7.499,7 hectáreas, englobadas en cinco municipios: Breña Alta (con el 7,1% de la superficie del Parque), Breña Baja (con el 3,5%), Mazo (20%), El Paso (43,4%) y Fuencaliente (26%). En su conjunto, el territorio del Parque constituye el 10,5% de la isla de La Palma.
La posición geográfica de este espacio, al menos en su porción más septentrional, la sitúa relativamente cerca de las poblaciones y concentraciones de población más importantes de la Isla y también de las zonas con mayor importancia desde el punto de vista turístico.
El PRUG de este espacio tiene como finalidad conservar, proteger y/o restaurar los elementos y procesos naturales y culturales con toda su biodiversidad, singularidad y belleza; ordenar los usos y actividades que se realicen en el interior, compatibilizando el uso público con los fines de conservación de los valores naturales y culturales; y potenciar las actividades educativas, recreativas y científicas en relación con los valores y recursos del Parque.
Fundamenta la protección de este espacio el carácter representativo de sistemas y hábitats naturales del Archipiélago; las comunidades de líquenes y matorrales instaladas sobre los suelos volcánicos recientes; el relativamente buen estado de conservación de hábitats amenazados como el de monteverde; y la presencia de varias especies animales y vegetales amenazadas o que son objeto de un régimen especial de protección, según convenios internacionales o disposiciones específicas como Columbajunoniae, Columba bollii, Aeonium nobile o Lactucapalmensis, etc.
Igualmente, la existencia de zonas de gran importancia para el desarrollo de algunas fases del ciclo biológico de las especies animales tales como áreas de nidificación de las palomas de la laurisilva y otras aves, así como los hábitats de diversos invertebrados terrestres exclusivos de estos lugares, también fundamentan la protección de este espacio.
Esta zona también se protege debido a la presencia en ella de especies canarias de escasa distribución como es el caso de Plantago webbii, Pterocephalus porphyranthus y Descurainia gilva; por el papel que ejercen las masas forestales en la protección de los suelos y en la recarga del acuífero; y por la existencia de estructuras y formaciones geomorfológicas representativas del volcanismo, que se encuentran en buen estado de conservación, así como formaciones geológicas singulares. Los paisajes naturales de gran belleza, dominados por productos del volcanismo y de yacimientos arqueológicos de gran valor patrimonial dentro del contexto insular y regional, también fundamentan la protección de esta zona.
Los objetivos que persigue el PRUG de Cumbre Vieja son garantizar la conservación de los hábitats del Parque Natural, así como la dinámica natural y la estructura de los ecosistemas en él presentes; garantizar la protección de la flora y de la fauna, con preferencia las especies amenazadas o endémicas, con el fin de proteger la estabilidad y la diversidad biológica; proteger el patrimonio cultural; inventariar y conservar el patrimonio de interés etnográfico, así como los recursos arqueológicos; y recuperar las áreas que se encuentren degradadas, prestando especial atención a la eliminación y/o corrección de los impactos producidos.
Con este documento además se pretende, entre otras cuestiones, facilitar las medidas adecuadas para una mejora paulatina de las características paisajísticas del espacio; facilitar y promover la investigación científica y el estudio de los recursos del Parque Natural profundizando en el conocimiento de los valores naturales y culturales del espacio, con especial atención en el de las especies más amenazadas; y promover y ordenar el uso científico, educativo y recreativo para facilitar el disfrute público de los valores del Parque Natural, divulgar su interés y lograr una mejor utilización del mismo sin perjuicio de su conservación.
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