Los Llanos de Aridane.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. Entre los municipios que incumplen en España el tratamiento de las aguas urbanas figura Los Llanos de Aridane, junto con otras localidades de Tenerife
Los Llanos de Aridane se incluye así en el listado de los incumplimientos por el tratamiento de las aguas residuales urbanas, donde también se encuentran el Valle de Güímar, Valle Guerra, Arroyo de la Miel, Arroyo de la Víbora, Estepona (San Pedro de Alcántara), Alhaurín el Grande, Coín, Barbate, Chipiona, Isla Cristina, Matalascañas, Nerja, Tarifa, Torrox Costa, Vejer de la Frontera, Gijón‑Este, Llanes,Arenys de Mar, Pineda de Mar, Ceuta, Alcossebre, Benicarló, Elx (Arenales), Peñíscola, Teulada Moraira (Rada Moraira), Vinaròs, A Coruña, Cariño, Tui, Vigo, Aguiño‑Carreira‑Ribeira, Baiona, Noia, Santiago, Viveiro e Irún (Hondarribia).
La Directiva 91/271 tiene por objeto la recogida, el tratamiento y el vertido de las aguas residuales urbanas y el tratamiento y vertido de las aguas residuales procedentes de determinados sectores industriales. Su objetivo es proteger al medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las mencionadas aguas residuales.
En la sentencia se pone de manifiesto que las entidades poblacionales entre las que figuran Los Llanos de Aridane, "al término del plazo fijado en el dictamen motivado, no disponían de estaciones depuradoras que fueran idóneas para el tratamiento secundario de todas las aguas residuales urbanas que entran en los sistemas colectores y que garantizaran que los vertidos emanados de ellas se ajustaran a una serie de parámetros que la ley establece".
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