La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado un auto a favor del Cabildo de La Palma, y desestima la petición de anulación del Plan Insular de Ordenación de la Isla realizada por la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.
La Sala considera que el motivo de nulidad lo es solo respecto de "un extremo concreto y por una razón específica", concretamente la necesidad de incorporar en los planos referentes a «Sistemas de infraestructuras y Equipamientos» y «Sistemas de comunicaciones: Aeroportuario, Portuario y de Transporte» la huella sonora señalada por la Dirección General de Aviación Civil.
En ese sentido, el fallo dice que "no hay que aclarar ningún concepto oscuro", y señala que la nulidad no se extiende a la disposición general en su conjunto, e indica expresamente que "por el contrario, precisó el motivo de nulidad en un extremo concreto y por una razón específica".
La presidenta y vicepresidente insular, Guadalupe González Taño y Anselmo Pestana, respectivamente, señalan que desde el Cabildo de La Palma se ha trabajado desde el primer momento en que se presentó la reclamación para subsanar los errores descubiertos en la huella sonora de ruido del aeropuerto.
González Taño y Pestana indican que el error surge a partir de un plano remitido por Aviación Civil al Cabildo, que no se recogió exactamente en la aprobación definitiva del PIOLP. Este error se ha considerado por la Institución insular de carácter material, por lo que se está trabajando con el Gobierno de Canarias para corregirlo cuanto antes y salvar lo planteado por la sentencia.
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Edu
Parece que a algunos contertulios les disgusta la noticia. ¡¡¡Sigan como van!!!
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Indiano
eso esta todo lleno de huellas de esos ruidos,
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Escuchaderoplace
Guau!!! Bios y Juris con comentarios totalmente contrarios, cada cual desde su experiencia personal y profesional. Pero claro, no dejan de ser visiones – opiniones. La mía hoy es más cercana a la de Pedro Luis en la medida en que el PIOLP debe ser una herramienta que da base jurídica a los tan necesarios planes municipales, en fin, esto gira más a lo jurídico que a lo bios, al menos por hoy, ya que un comentarista ve el PIOLP como herramienta jurídica básica para el correcto funcionamiento de los municipios y el otro ve causas hasta Madrid, La Haya…., en fin, dos visones de "lo mismo" bien distintas que aportan dos profesionales, this is La Palma
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PedroLuis
Si tal como se entiende, la deficiencia es solo la ausencia de un plano donde se explicite la huella sonara del aeropuerto, la desestima parece de lo más razonable. Invalidar un documento tan complejo y técnicamente tan farragoso como es el PIO, por esta circunstancia, resultaría difícil de comprender.
No debe olvidarse que el Plan Insular condiciona a los Planes Generales municipales y para nada resulta conveniente su inconsistencia técnica o jurídica.
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GALVA
Pues NADA…
Ahora a anularlo al Tribunal Supremo…
Aichs…Asi es la vida…
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