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Adjudican los primeros 11 huertos municipales en Los Llanos

La concejala de Agricultura entregó las parcelas a los beneficiarios de las mismas, que podrán explotarlas durante un período máximo de 2 años

Una instantánea de la entrega oficial de los huertos municipales por parte de la concejalía de Agricultura a los adjudicatarios de las parcelas.

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane entregó esta mañana los primeros 11 de los 30 huertos municipales que la corporación ha puesto a disposición de los vecinos interesados en una finca urbana propiedad del consistorio, ubicada en el Camino de Los Choriceros y que cuenta con una superficie de más de 7.300 metros cuadrados.

Durante el acto de entrega, la concejala responsable de Agricultura, Mónica González Rodríguez, recordó que la finalidad de los huertos municipales es la de “ofrecer a los adjudicatarios la posibilidad de explotar los terrenos que se les ceden con el fin de cultivar los mismos en beneficio propio, para producir alimentos sanos y frescos, fundamentalmente frutas, verduras, y hortalizas destinadas al autoconsumo familiar”.

Además, a través de estos huertos desde la concejalía de Agricultura, se pretende promover el contacto con la naturaleza y con las raíces propias de un municipio que, como Los Llanos de Aridane, mantiene una estrecha relación con el sector primario y la agricultura, apostando en este caso por métodos sostenibles de producción y por la conservación del entorno y el mantenimiento de los terrenos destinados a este fin.

Mónica González valoró el hecho de que “en esta primera fase hayamos podido entregar más del 36% del total de espacios disponibles a diferentes vecinos de nuestro municipio” y animó a los interesados “a continuar presentando sus solicitudes en las oficinas de registro para lograr el objetivo de poner en explotación el total de esta finca e, incluso, en el caso de que superemos el cupo máximo de parcelas disponibles, podamos ampliar el proyecto a otros terrenos municipales”.

La concejal afirmó que aunque las peticiones de huertos municipales responden a motivos de diferente naturaleza “no podemos olvidar que los huertos tienen una función social, ya que nacen con el objetivo de facilitar la integración y el sostenimiento de las familias con menos recursos, que tendrán prioridad en el proceso de adjudicación de plazas frente a otros colectivos y a las que los huertos servirán como mecanismo de apoyo a la economía familiar”.

Cada una de las fincas adjudicadas se entregan a los beneficiario de forma temporal por un período inicial de dos años no prorrogables y dotadas son sistemas de riego para el desarrollo de la actividad agrícola, así como de contadores individuales y suministro de agua.

Finalmente, Mónica González adelantó que se está trabajando en el desarrollo de posibles acuerdos con profesionales del sector que, en la medida de lo posible, ofrezcan a los adjudicatarios asesoramiento gratuito sobre los tipos de cultivos, temporalidad de los mismos, técnicas de producción ecológica y aplicación de fertilizantes y plaguicidas naturales.

Requisitos acceso

Entre los requisitos que deben reunir los interesados destacan el ser mayor de edad y con capacidad para realizar labores agrícolas, estar empadronado en el municipio al menos con una antigüedad de 6 meses, no estar en posesión ni el solicitante ni el cónyuge o cualquier otro miembro de la unidad familiar, de otra parcela comprendida en los huertos municipales ni ejercer la actividad agrario o poseer parcelas agrícolas o terrenos de naturaleza rústica que sean aptos para actividades agrícolas.

Asimismo, se valorarán con carácter prioritario aquellas solicitudes presentadas por personas que no tengan ingresos, en situación de desempleo y vulnerabilidad social, seguidas de las de familias monoparentales y numerosas, pensionistas y jubilados mayores de 65 años que no lleven a cabo ninguna otra actividad remunerada y el resto de solicitantes.

La ordenanza municipal que regula la explotación de los huertos municipales recoge de forma expresa que los terrenos se destinarán única y exclusivamente al uso familiar, cultivándose sólo especies para el autoconsumo que no podrán ser destinadas a otras finales o comercializados con criterios estrictamente económicos, si bien se admite el intercambio o trueque de productos entre los usuarios de los huertos. La normativa, también recoge un código de buenas prácticas de obligado cumplimiento que garantiza el buen funcionamiento y la convivencia entre los adjudicatarios de las parcelas y un régimen de faltas y sanciones leves y graves, en función de las incidencias detectadas en cada caso y que puede conllevar la pérdida del derecho de explotación de la finca.

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