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Opinión
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Máximo Pérez Tejera

La caída de las constituciones

  • Nuestro país ha estado y está profundamente dividido políticamente

En estos días festivos y fríos que invitan a sentarse al ordenador, y al hilo de los acontecimientos que vivimos, en los que no sabemos si estamos para celebraciones de la Constitución o para llorar por ella, me he dedicado a releer nuestra historia constitucional y a organizar una pequeña serie de datos sobre nuestra idiosincrasia política, que ofrezco por si fuera de interés.

Le invito a un pequeño recorrido que obviamente puede saltárselo. Es una síntesis muy elemental, incompleta y por supuesto mejorable, pero que nos da una idea de lo vivido.

La Constitución de 1812

Nuestra historia constitucional nace en la guerra de la independencia de la invasión napoleónica 1808-1814. Es el resultado de un período convulso, de levantamientos, guerrillas, etc…, que culminan en la creación de una Junta Central Suprema y una Regencia, que convoca a cortes en 1810 y terminó con un texto constitucional de corte radical. Fue aprobado en Cádiz el 19 de marzo de 1912 y apodado "LA PEPA".

Como síntesis es un texto liberal, que declara: La soberanía nacional, La separación de poderes, algunos derechos, y un funcionamiento unicameral.

Su vida fue efímera, derogada por Fernando VII., 1814, en el más hipócrita de los ejercicios políticos conocidos, después de haberla jurado con aquello de "marchemos verdaderamente y yo el primero por la senda constitucional" estableció 6 años de brutal absolutismo. En1820 el Pronunciamiento de Riego establece lo que vino a llamarse (trienio liberal) y en 1823, el Congreso de Verona (ejemplo de que somos el cortijo de Europa) encomienda a Francia el restablecimiento del absolutismo en España. Llegan los cien mil hijos de San Luis, Riego es condenado a la horca y Fernando VII continúa con la llamada Década ominosa, hasta su muerte en 1833.

El Estatuto Real 1834

Durante la infancia de Isabel II, Fernando VII dejó en testamento como Regente a su madre Maria Cristina de Borbón. El Consejo de Gobierno con Cea Bermúdez primero y Martínez de La Rosa después inicia una reforma de transición liberal redactándose el "Estatuto Real. Fue un Estatuto conciliador que buscó la reconciliación de los extremos ideológicos. Bicameral, sin declaración de derechos fundamentales, con la soberanía compartida y colaboración entre los tres poderes. Finaliza en 1836 por el Motín de los sargentos de la Granja.

Constitución de 1837

María Cristina es obligada a restaurar la Constitución de 1812 y en las Cortes Constituyentes en 1837 se aprueba el texto de Arguelles y Olózaga entre otros. Basado en el de 1812 pero con reformas. Se obvia el término de soberanía, se establece una Cámara Alta, se hace una amplia declaración de derechos y se refuerzan los poderes de la monarquía.

La revolución de 1840, propicia la regencia de Espartero que finaliza 1843 con la victoria de Narváez y el exilio de Espartero.

Constitución de 1845

En 1843 comienza la Década Moderada Con Narváez. Y en 1845 se redacta una nueva constitución que busca el medio entre el Radicalismo y el conservadurismo, consolidando una burguesía moderada.

La soberanía vuelve a ser compartida. Dominio del Rey sobre las instituciones nombrando al jefe de gobierno y disolviendo las cortes. El Senado de nombramiento real, vitalicio y por rentas y hay reducción de los derechos ciudadanos.

La constitución de 1845 tuvo una larga duración, 1845- 1864 Bienio Liberal (golpe de estado de O´Donnell Con un intento de constitución más liberal non nata y de 1846 a 1868 fecha de la revolución "La Gloriosa".

Tuvo cinco reformas: 1848 Narváez, 1852 Bravo Murillo. 1856 Acta Adicional de O´Donnell. 1857 Ley Constitucional de Reforma de Narváez. 1864 La Derogación de Mon

Constitución de 1869

La revolución de 1868 culmina con el destronamiento de Isabel II la Regencia la ocupa el General Serrano. En 1869 se convocan Cortes Constituyentes que producen de nuevo un texto progresista. Bicameral. Soberanía nacional. Sufragio universal, con declaración de derechos y libertades. Y la coalición de liberales, moderados y republicanos se pone a la tarea de buscar gobierno.

1870. Monarquía democrática. Amadeo de Saboya.

1873. Primera República.

1874. General Pavía disuelve las cortes y la Transición de Serrano nos lleva a la restauración.

Constitución de 1876

Restauración. Artífice. Cánovas del Castillo la nueva Constitución vuelve a la soberanía del rey con las Cortes. Doble confianza. Bicameral. Algunas libertades: enseñanza, imprenta, religión en ámbito privado). 1878. Sufragio restringido. 1890. sufragio universal hombres mayores de 25 años tiene Tres etapas:

1875-1885. Alfonso XII el pacificador con alternancia de liberales y conservadores.

1885-1902. Regencia de María Cristina. Oligarquía. Caciquismo. Pérdida de Colonias

1902-1923. Alfonso XIII Crisis orientales. Problemas sociales Crisis de las Cortes.
Termina en 1923 con la Dictadura de Primo de Rivera.

1931-1936 Constitución del 31.

1930. Dimisión de Primo de Rivera. El 14 de abril de 1931 elecciones locales. Proclamación de la II República. En junio del 31 elección de Cortes Constituyentes. Triunfo de la coalición republicana – socialista y redacción de nueva Constitución: Cortes Unicamerales. Soberanía Popular. Sufragio universal masculino y femenino. Amplia declaración de derechos y libertades (educación, divorcio, equiparación de hijos etc.) Estatuto de Autonomía. Separación Iglesia Estado. Poder legislativo en las Cortes Generales. Poder ejecutivo: El presidente nombra el Jefe de Gobierno con aprobación de las Cortes. Poder judicial en los Tribunales de Justicia.

Etapas :

1931-1933 Bienio Reformista.

1932 Golpe de Estado (fallido) del General Sanjurjo.

1933 Elecciones y triunfo de los grupos conservadores.

1933-1935 Bienio Radical – Cedista. Contrarreformas.

1936 – Enero Triunfo del Frente Popular presidencia de Azaña.

Termina con el 18 de julio 1936. Alzamiento Nacional del General Franco.

……. Mejor no hablar

Constitución del 78

En 1975 muerte de Franco.

En 1976 Suárez es nombrado presidente por el Rey. Ley para la Reforma Política

1977 Elecciones legislativas y Transición. Aprobación del referéndum 6/12/78

Soberanía del pueblo español Monarquía Parlamentaria. Bicameral Derechos y deberes. Estado laico. Partidos políticos Comunidades autónomas

¿La Constitución del consenso?

1992 Reforma derechos de los extranjeros en las elecciones municipales.

1993 Reforma del 135 de Estabilidad Presupuestaria.

Como hemos visto, nuestro país ha estado y está profundamente dividido políticamente. Hemos vivido los últimos 200 años a golpe de acontecimientos oscilantes sin llegar nunca a acuerdos de convivencia duraderos y, por lo que se observa, las esperanzas puestas en este período no están ofreciendo garantías de longevidad normativa.

Las constituciones en nuestro país no son textos duraderos y reformables, al contrario, son textos que marcan la ideología política de los vencedores del momento. El ruido de los sables ha sido el sonido previo al cambio, los Napoleones, los Riegos, los Cien Mil Hijos de san Luís, los Sargentos de la Granja, los Esparteros, los Narváez, los Pavías, los Serranos, los Cánovas, los Primos de Rivera, los Sanjurjos, y los Francos, nos llevaron a textos distintos y alternantes o a las conocidas dictaduras.

Esta práctica se pretende ignorar con el actual texto, pero el prolongado ruido de los sables del franquismo le dejó una herencia innegable, además de unas Cortes Constituyentes con 184 diputados franquistas, siete ministros convertidos en políticos y una estructura militar a desmontar

La generalidad y aceptación democrática que se pretende atribuirle, recurriendo al argumento pragmático de su funcionalidad, está más que nunca en entredicho, al considerarlo un texto amañado para salvar el momento, fruto de una Transición de lo tomas o lo dejas y por ser un texto que ha permitido una buena dosis de desgobierno al no regular correctamente muchas instituciones.

Supongo que como a la mayoría de los ciudadanos, me gustaría ver un cambio constitucional que corrija lo necesario, y lo que no logro entender es como una derecha con mayoría absoluta relegada por ahora una tercera fuerza desaproveche la oportunidad de hacerlo. Realmente no entiendo el porqué, si como parece, la tarea queda para la próxima legislatura, las circunstancias serán distintas y veo cinco nombres involucrados y decisivos: Cataluña, País Vasco, el PSOE de Pedro Sánchez, la IU de Alberto Garzón y PODEMOS de Pablo Iglesias.

Algunos visionarios pueden empezar a elucubrar que significa esto, pero:
Vivir para ver. Continuamos

 

 

 

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