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Opinión
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Octavio Manuel Fernández Hernández

La Corrupción Municipal

  • "Una vez instalados en el poder comienza el saqueo de los intereses públicos"

La Constitución Española de 1978 establece un marco normativo para las Entidades Locales que se caracteriza por el principio de autonomía local que es la capacidad de los municipios, provincias e islas a través de sus Ayuntamientos, Diputaciones y Cabildos respectivamente para gobernarse mediante las competencias que les asignen las leyes estatales y autonómicas.

Esta autonomía es administrativa, no es política, lo que significa que las entidades locales no pueden aprobar leyes y además es financiera ya que tanto el Estado como las Comunidades Autónomas han de dotar a las entidades locales de los medios  para sufragar el gasto público cada vez mayor que soportan.

Durante el régimen autoritario franquista los Alcaldes de los municipios eran elegidos por el Ministro de la Gobernación o por el Gobernador Civil de la provincia.

En 1979 se celebran las primeras elecciones democráticas en las entidades locales cumpliendo el mandato constitucional de la autonomía local.

Durante los años 80 la vida política local se caracterizó porque los ayuntamientos invertían sus presupuestos en dotar al municipio de los servicios básicos esenciales como el abastecimiento de agua, el alumbrado público, la recogida de residuos etc.

Durante los años 90 gracias a los Fondos de la Unión Europea, se construyeron polideportivos, centros culturales y vecinales, parques etc.

En el siglo XXI la vida local se ha caracterizado a las nuevas competencias que han asumido los Ayuntamientos en materia de servicios sociales, educación, igualdad, mujer, juventud  junto con el perfeccionamiento de los servicios básicos y la ampliación de las obras públicas.

En los primeros años de vida democrática el perfil del Alcalde y los concejales del pueblo era el de profesionales liberales, funcionarios, y demás vecinos conocidos y prestigiosos por su profesión tales como médicos, maestros, abogados, empresarios, autónomos que se presentaban a las elecciones para servir a sus vecinos y a su pueblo y que no cobraban sueldo del Ayuntamiento por lo que no estaban liberados. Los partidos políticos eran los primeros interesados en que sus listas figuraran las personas socialmente más relevantes.

En el Ayuntamiento trabajaban funcionarios seleccionados a través de unas duras oposiciones, correspondiendo la jefatura del personal a los Secretarios de Ayuntamiento, que pertenecían a los Cuerpos Nacionales seleccionados por el Estado y que eran los encargados de velar por la legalidad municipal.

En tan sólo 30 años los cambios han sido profundos. Resulta que en la transición política tuvo sentido que para las elecciones las listas de los partidos políticos fueran cerradas para fortalecer a unos partidos incipientes que eran fundamentales para consolidar la democracia ya que el exceso de partidos con las consiguientes coaliciones de gobierno hacía inestable el gobierno local. Pero ese fortalecimiento de los partidos ha tenido como inconveniente que los partidos políticos se han convertido en unas estructuras rígidas en las que cuenta más la fidelidad al líder de turno que los méritos sociales y personales de los candidatos.

Por tanto el primer objetivo de muchos de los líderes políticos actuales es desbancar de las listas aquellos con criterio propio. Una vez alcanzado el poder en el partido hay que asaltar el poder del gobierno municipal. Para eso es imprescindible que esos inmorales cuenten con contratistas que financien su campaña electoral a cambio de licitaciones a dedo para devolver el favor.

Una vez instalados en el poder comienza el saqueo de los intereses públicos:

1.- En los Ayuntamientos el personal es funcionario, laboral, o de confianza.

El funcionario y el laboral normalmente es seleccionado a través de unas oposiciones preparadas para esa persona que lleva años contratado de interino que ha hecho "méritos suficientes" para "ganarse" la plaza fija con absoluto desprecio a aquellas personas que están en su casa estudiando en academias y  con preparadores aunque también hay honrosas excepciones de auténticos jabatos de los temas que se ganan la plaza por méritos propios. Aquellos que le deben la plaza al politiquillo de turno devuelven el favor en forma de informes que justifican las ilegalidades políticas a cambio de migajas en forma de complementos económicos de productividad y demás bufandas navideñas, estamos antes estómagos agradecidos que saben quien les da de comer, son personas que se han administrativamente prostituido contra legem.  Todo queda en nada excepto que alguien denuncie esa oposición corrupta o ese expediente con ese informe de ese funcionario que al final la justicia se encarga de poner en su sitio, anulando todo el expediente pero las indemnizaciones que debe pagar el Ayuntamiento salen del ciudadano, que contrasentido, también de ese ciudadano que no trabaja en el ayuntamiento y que tiene que pagar por el mal trabajo del funcionario negligente o corrupto.

En cuanto al personal de confianza, es nombrado a dedo por el político entre personas del partido que le deben el plato de lentejas diario al alcalde de turno, son sus ojos y sus oídos y le traen y le llevan el cortado y los cotilleos de la gente,  porque si no adulan al político  pueden acabar en la calle.

Todo esto hace que la defensa de la legalidad, de los intereses de los vecinos (mejores servicios, más parques, plazas, polideportivos, menos impuestos, empleo público, medio ambiente adecuado) se limite porque la mayoría del personal del ayuntamiento no está en condiciones personales de asesorar al político por la línea de la objetividad y del servicio público sino que le deben su silla al político y jamás critican las decisiones que vaya en beneficio particular del político y de sus amigos y familiares.

Sólo quedan algunos funcionarios y laborales  con gran dignidad y honradez  y sin haberse llevado un duro sirven al pueblo y que su trabajo se valora con los años por su coherencia.

2.- En los Ayuntamientos el Plan General de Ordenación Urbana es el instrumento que clasifica el suelo en urbano, rústico y urbanizable, le establece unos usos y define el contenido de la propiedad del suelo que cada vecino tiene estableciéndole que puede construir y urbanizar en su finca.

La gran especulación urbanística que se produce en España en los últimos 10 años y sobre todo a raíz del Decreto – ley del Gobierno de España del 2001 de liberalización del sector inmobiliario que declara que todo el suelo que no sea urbano o rústico será urbanizable creando unas enormes bolsas de suelo que muchos Ayuntamientos reclasificaron convirtiendo en urbano y urbanizable ha provocado un ascenso en el precio de la vivienda y unas plusvalías de políticos y amigos cuyos suelos rústicos una vez reclasificados por los Plenos de los Ayuntamientos se convirtieron en urbanos han desembocado en los escandalosos casos  de corrupción urbanística consistentes en:

Prevaricación: licencias ilegales municipales a constructores amigos en suelos protegidos o reclasificaciones de suelo sin justificación para beneficiar a amigos

Cohecho: Cuando el constructor ha dado regalos a los políticos o funcionarios que han concedido incumpliendo la ley esas licencias.

Tráfico de influencias: Cuando el político o el funcionario usan su cargo para obtener una licencia ilegal o una reclasificación para sí o para un amigo

Desde el caso Malaya del Ayuntamiento de Marbella en el año 2002 hasta la actualidad, la cascada de ayuntamientos hasta el último de Santa Coloma de Gramanet es de más cien ayuntamientos con Alcaldes y concejales imputados y procesados por corrupción.

El legislador no ha permanecido indiferente y ha introducido medidas para atajar la corrupción pero que hasta ahora han sido insuficientes como el aumento de los fiscales anticorrupción, el cambio de valoración del suelo, la exigencia de declaraciones de bienes y de actividades anuales del Alcalde y de los concejales, pero que no han atajado los casos de corrupción.

3.- Las obras públicas municipales se pueden adjudicar a dedo hasta el importe de 50 mil euros y solicitando tres ofertas hasta 200 mil euros. Y las que superan estas cuantías es práctica habitual el fraccionamiento de una única obra para no llevarlas a concurso público. Esto provoca la proliferación de constructoras que financian campañas electorales a cambio de obtener porciones de tarta de obra pública cuando el partido financiado llegar a la poltrona.

Las reformas tienen que ser profundas y junto a las medidas represivas de endurecimiento de las penas tiene que haber medidas preventivas que dificulten el trabajo de los corruptos.

 Propongo cinco medidas:

1.- Listas abiertas para que accedan al cargo de concejal o Alcalde los mejores del pueblo y no lo que vayan buscando un empleo para él y sus amigos.

2.- Incompatiblidad absoluta para ejercer actividades privadas  del Alcalde, concejales y funcionarios que tenga sueldo del Ayuntamiento para que no comprometan la defensa de los intereses públicos.

3.- Aumento  de las penas de todos los delitos urbanísticos

4.- Obligación de hacer declaración anual de incompatiblidades y de patrimonio y de actividades y en caso de incumplimiento que sea causa de cese del cargo de concejal.

5.- Prohibición de los contratos a dedo en las obras públicas.

A título de ejemplo el Fiscal General del Estado ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados afirmó el 19 de noviembre de 2009 que los procedimientos penales abiertos por la fiscalía contra cargos públicos ascienden a 730 asuntos correspondiendo la mayoría de los mismos a los ayuntamientos.

Por cierto de esa cantidad 264 corresponden al PSOE, 200 al PP y 43 a Coalición Canaria y el resto a otros partidos. Sorprende el dato de Coalición Canaria que teniendo representación sólo en Canarias y gobernado unos 40 ayuntamientos en Canarias,  4 Cabildos y el Gobierno de Canarias la cifra es muy elevada, si la comparamos con el PSOE y el PP que se reparten el 90 por ciento de los cargos públicos de España y en cuanto a los Ayuntamientos cada uno gobierna unos 3000 ayuntamientos en España.

En fin siempre nos quedará la esperanza de que no afectan ni al 10% de los Ayuntamientos de España, por lo que la mayoría de los funcionarios y Alcaldes están limpios aunque el dato es de la corrupción que se denuncia. ¿Cuántos casos habrá que no se denuncien por miedo a represalias?

Octavio Manuel Fernández Hernández. Es abogado y Secretario de Administración Local.

 

 

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