Pide que se redacte un estudio de la capacidad de carga y unas normas para regular el acceso al tubo volcánico
Tubo volcánico Cueva de Las Palomas.
El Monumento Natural “Tubo volcánico Cueva de Las Palomas”, incorporado a la Red Natura 2000, se encuentra ubicado entre los barrios de Las Manchas y de Todoque, en el municipio de Los Llanos de Aridane. El origen de este Monumento es la colada de lava de la erupción histórica del Volcán de San Juan en 1949. Se trata de una galería de 3 metros de anchura y poco más de 500 metros de profundidad, en donde viven multitud de animales (en su mayoría insectos) muy adaptados a la vida permanente en la oscuridad.
Desde el año 2015, la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo de La Palma decidió abrir las puertas del tubo volcánico a la visita de grupos reducidos que soliciten previamente autorización en las instalaciones del servicio de Medio Ambiente de la Corporación insular, coincidiendo con la finalización de la primera fase de las obras previstas.
Por ello, Nueva Canarias, atendiendo a una queja que plantean numerosos vecinos, considera “lamentable que se estén haciendo visitas a este tubo volcánico, en grupo o de manera individual, sin estar acompañados por guías de la propia institución insular”, lo que está poniendo en riesgo “la preservación de los valores naturales del tubo y el frágil equilibrio de su ecosistema” formado por un episodio magmático reciente.
Por esta razón, añade Pulido, el Cabildo Insular de La Palma, como “órgano que tiene las competencias en materia de gestión de los espacios naturales protegidos” debe redactar un “estudio de la capacidad de carga y unas normas para regular el acceso a la Cueva”, con mayor nivel de detalle del contemplado en las Normas de Conservación, llegando incluso a limitar físicamente su acceso, si fuera necesario, con “un sistema de cierre que atienda a criterios de conservación, estableciendo una mayor vigilancia y control del uso público a este Espacio Natural”.
En la actualidad hay varias empresas que organizan visitas a la Cueva, llegando incluso una de ellas a colocar un cartel anunciador, sin previa autorización, en la zona de servidumbre de la carretera, con el horario y sus correspondientes tarifas, cuando hay que recordar que el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, en su artículo 166, establece que están sujetos a previa licencia la colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública, como es el caso.
Para mayor abundamiento, añadir, indica, que el artículo 37 de la Ley 37/2015, de Carreteras, prohibe la publicidad en cualquier lugar que sea visible desde las calzadas de la carretera, y en general cualquier anuncio que pueda captar la atención de los conductores que circulan por la misma. Asimismo, dicha Ley establece en su artículo 31.1, que, para salvaguardar la seguridad vial, el medio ambiente, el paisaje y la imagen turística, fuera de los tramos urbanos de las carreteras queda prohibido realizar cualquier tipo de publicidad dirigida al usuario de la carretera.
Por tanto, concluye Miguel Ángel Pulido, “desde NC entendemos que al tratarse de un suelo rústico de protección natural y estar en zona de servidumbre de la carretera no se puede autorizar la colocación de ningún cartel y el existente debe ser retirado de forma inmediata por el Cabildo, órgano que tiene las competencias, no sólo en la gestión del Espacio Natural, sino también en materia de carreteras, al ser ésta una carretera insular, y en materia de control de las actividades turísticas”.
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