El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 20 de agosto
A partir de hoy jueves 29 de julio y por segundo año consecutivo, los autónomos y pymes de La Palma podrán beneficiarse de la nueva convocatoria de subvenciones para la compensación de gastos por pérdidas económicas ocasionadas por el impacto de la COVID-19, unos fondos que cuentan con un presupuesto de casi 3 millones de euros y que serán gestionados por el Cabildo Insular para paliar la situación de crisis a la que tiene que hacer frente el tejido empresarial de la Isla a raíz de la pandemia. El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 20 de agosto de 2021.
La consejera de Promoción Económica, Empleo y Comercio, Raquel Díaz, destaca que “las ayudas son fruto del compromiso y respaldo continuo asumido desde el Cabildo con el tejido empresarial de La Palma, porque aunque somos conscientes de que toda ayuda es insuficiente, entendemos que tenemos que estar más cerca que nunca, ofreciendo respuestas efectivas y al servicio de nuestras pymes y autónomos”.
De hecho, recuerda, en 2020 el Cabildo palmero fue una de las primeras administraciones públicas canarias en convocar y resolver unas ayudas que se ingresaron en las cuentas corrientes de las empresas en el mes de noviembre y que supusieron una válvula de oxígeno para muchos de los beneficiarios.
Díaz hace hincapié en que estas ayudas son esenciales para que el tejido productivo palmero pueda continuar con su actividad y mantener el empleo, motivos por los que “en esta nueva convocatoria hemos modificado las bases en un intento de simplificar y agilizar el proceso porque somos plenamente conscientes de que es necesario hacer un esfuerzo para que lleguen cuanto antes a las empresas”.
Al respecto añadió que “el objetivo no es otro que ofrecer soluciones reales y activar mecanismos capaces de generar liquidez y que, más allá de las subvenciones, tengan un efecto multiplicador en el resto de la sociedad y favorezcan la reactivación de la economía insular”.
Finalmente, la consejera agradeció la estrecha colaboración que han brindado de manera desinteresada las patronales empresariales de la Isla, así como la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Asociación de Profesionales de La Palma con las que se consensuaron las bases a fin de recoger aportaciones y enriquecer las mismas, así como la participación de las asesorías y agentes sociales implicados en los procesos de asesoramiento y tramitación de subvenciones en las jornadas informativas impartidas con carácter previo a la publicación de la convocatoria.
Subvención a gastos estructurales
Estas ayudas, que servirán para financiar los gastos estructurales de la empresa a lo largo de todo este año, están dirigidas a autónomos y pymes, además de a sociedades civiles, comunidades de bienes u otras actividades económicas sin personalidad jurídica cuyo domicilio o sede social se encuentre en La Palma.
La solicitud deberá presentarse telemáticamente a través de la sección ‘Ayudas y subvenciones’ de la sede electrónica del Cabildo de La Palma, en el enlace https://acortar.link/lE33WM , donde encontrarán el modelo de solicitud y la documentación requerida. Deben entrar en el procedimiento de la subvención y pinchar en el botón ‘Tramitar’. Es necesario disponer de un certificado digital en vigor.
Además, los solicitantes podrán consultar los criterios que se utilizan para baremar las solicitudes y que van desde el número de empleados y/o autónomos colaboradores hasta aquellos casos en los que la actividad económica esté considerada como una de las más afectadas por la pandemia.
En concreto, los solicitantes podrán utilizar las ayudas para financiar gastos de arrendamiento del local, cuotas de hipotecas del negocio y préstamos de cualquier bien que se utilice para ejercer la actividad profesional; gastos corrientes, como la electricidad, el agua, telecomunicaciones y taxímetros; mantenimiento de la maquinaria e instalaciones e, incluso, el abono de servicios externos como la consultoría, la asesoría fiscal y laboral, etc. También podrá subvencionarse el importe las cuotas de la Seguridad Social de los autónomos que no esté bonificado por otras administraciones.
Requisitos
En el caso de los autónomos y las pymes, uno de los requisitos es que se hayan constituido y tuvieran actividad económica antes del 14 de marzo de 2020, cuando se declaró el estado de alarma. Además, los autónomos deben estar activos en la actualidad y dados de alta como tales, mientras que las pymes deben estar constituidas y activas en este momento.
Por su parte, las comunidades de bienes y las sociedades civiles podrán beneficiarse de las ayudas si están desarrollando una actividad económica y nombren a un representante que cumpla con las obligaciones del beneficiario.
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Parece que como esta SI es una buena noticia, por eso nadie hace comentarios.
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