Guagua en la avenida El Puente.
Las guaguas públicas y privadas que realicen servicios tanto urbanos como interurbanos podrán a partir del lunes utilizar el cien por cien de sus asientos, según establece la orden del Ministerio de Sanidad que ha publicado el BOE este sábado.
La orden señala que en los casos en los que “todos los ocupantes deban ir sentados, se podrá usar la totalidad de los asientos”, aunque recomienda que, cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará “la máxima separación entre los usuarios”.
También señala que en aquellos transportes colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano “en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie” también se permite la ocupación de la totalidad de plazas sentadas “y se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie”.
En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como los taxis, podrán viajar dos personas por cada fila adicional de asientos respecto a la del conductor, cifra que puede aumentar a tres si las personas son convivientes.
En aquellos vehículos que solo dispongan de una fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados o furgonetas, podrán viajar como máximo dos personas, manteniendo la máxima distancia posible.
Respecto a las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio para ambos en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido, aunque en este supuesto se admiten también los guantes de motorista.
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