La permanencia de grupos en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, queda limitada a un máximo de 8 personas, salvo convivientes
Calle Real de la capital. José Ayut. Archivo.
La Palma pasa este sábado a nivel de alerta 2 ante la evolución de sus indicadores epidemiológicos, conforme al acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de Canarias, en la actualización semanal de los niveles de alerta sanitaria, en base al informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública, sobre la evolución de los indicadores sanitarios por COVID-19.
El aumento mantenido del número de casos diarios en La Palma, repartidos en múltiples brotes, ha afectado a los indicadores de Incidencia Acumulada (IA) a siete días y en población mayor de 65 años, que se encuentran en riesgo medio, unido a un aumento de la tasa de nuevas hospitalizaciones por COVID en camas de críticos por cada 100.000 habitantes, también en riesgo medio, por lo que se propone este cambio de nivel.
El Consejo de Gobierno también acordó este jueves subir a nivel de alerta 3 a las islas de Gran Canaria y Tenerife. Todos los cambios de nivel entrarán en vigor a las 00.00 horas de este sábado, día 18 de diciembre, quedando supeditados a revaluaciones periódicas.
Medidas y restricciones en el nivel de alerta 2
Con este cambio de nivel, serán de aplicación las medidas establecidas para este nivel 2 en el Decreto Ley 11/2021, de 2 de septiembre, medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias, recogidas en esta web.
Entre las principales medidas generales se recuerda que el aforo, excepto para aquellas actividades o servicios en los que se establezca expresamente, en el nivel 2 de alerta se mantiene en el 75 por ciento del aforo al aire libre y del 50 por ciento en espacios interiores.
La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 2, queda limitada a ocho personas como máximo, salvo convivientes. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido.
El horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior se establece a las 03.00 horas. Los horarios y aforos pueden incrementarse en establecimientos y actividades que hagan uso de la petición del certificado COVID, acogiéndose al nivel inferior al que se encuentren en su isla, conforme a lo establecido en la orden de 29 de noviembre.
En cuanto a las medidas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías, en el nivel de alerta 2, la ocupación máxima por mesa será de ocho personas y se establece el cierre completo a las 03.00 horas.
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