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Rebajan la pena a un condenado por abuso sexual en Canarias por la Ley del 'sí es sí'

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado la condena impuesta a un presunto autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como Ley del ‘solo sí es sí’.

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), la sentencia original le había impuesto diez años de cárcel y, tras la revisión de la condena en aplicación de la Ley del ‘solo sí es sí’, la pena se queda en nueve años.

En principio, se trataría del primer caso en Canarias de revisión efectiva de una condena al amparo de la nueva norma.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha recibido una veintena de procedimientos para ser estudiados, si bien hasta el momento se han revisado ocho, de los que solo se le ha rebajado la pena al citado anteriormente, según fuentes de la Fiscalía Superior de Canarias.

Las mismas fuentes apuntan a que en la Audiencia Provincial de Las Palmas el número de procedimientos recibidos para ser revisados es similar a la de Santa Cruz de Tenerife.

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