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"La importancia de vigilar al vigilante" para evitar maltrato en centros de dependientes

Eugenia Paiz con su hija Rebeca paseando por Los Llanos.

La madre de una de las residentes del centro para discapacitados Triana, cuyo director hasta el año 2013 ha sido condenado a tres años y nueve meses de prisión por someter a sus internos prácticas degradantes, ha destacado tras la resolución judicial “la importancia de vigilar al vigilante”.

Eugenia Paiz, única denunciante particular junto a su hija Rebeca, ha relatado en declaraciones a EFE el recorrido desde que ésta entrara en el centro de discapacitados público, en abril de 2012, hasta que el director fue destituido por el Cabildo de La Palma en marzo de 2013.

La madre denunciante explica que cuando Rebeca “lleva solo seis días en el centro” y fue a visitarla, se encontró con que “la niña de 21 años que había dejado, que iba de compras conmigo y había hecho terapia para mejorar su conducta, estaba en silla de ruedas, babeándose y con morados en las manos por las sujeciones que llevaba”.

Paiz ha puntualizado que antes de la entrada de su hija en ese recurso había solicitado adaptaciones al centro y formación para sus empleados, ya que Rebeca “tiene un autismo kanneriano -o Síndrome de Kanner- una discapacidad grave asociada a un retraso intelectual, y cognitivamente, tiene la mente de un niño de dos años”.

Cuando esta madre detectó los posibles malos tratos, solicitó la apertura de un expediente que investigara la forma de actuar en la residencia de adultos discapacitados, que se dilató durante ocho meses sin que Paiz conociera detalles del mismo, y en los que su hija debía seguir en el centro.

“Imagina la angustia y terror esos ocho meses”, comenta Eugenia, que añade que “la obsesión de este hombre (el procesado) era que yo me llevara a la niña del centro, porque así perdería la plaza y el expediente se cerraría automáticamente”.

“Ese expediente llegó hasta la Fiscalía, que presentó la acusación, y así es cómo hemos llegado hasta esta condena”, recalca.

Aunque esta madre recuerda cómo algún día le cerraron la puerta del centro al ir a visitar a su hija, asegura que “siempre” consiguió entrar y, en cada una de esas visitas, le decía a Rebeca que “mamá lo está arreglando, que tenía que resistir con mamá, porque si no, estos malos tratos los iban a seguir padeciendo más de 40 residentes”.

En la sentencia condenatoria queda probado, según la denunciante, que si no se hubieran dado cuenta y si no hubieran luchado, “a día de hoy podría seguir produciéndose, como llevaba haciendo este hombre desde la apertura del centro, en el 18 de noviembre de 2008, cinco años antes de ser apartado”.

“Resistimos y pagamos el precio, especialmente mi hija”, insiste Eugenia Paiz, que señala satisfecha que “a día de hoy Rebeca está en la misma residencia, pero ahora funcionan las cosas, hoy va a ir a la piscina, disfruta, y no hay problema si quiero salir con ella a dar un paseo”.

Paiz considera que “lo más grave de todo es que el condenado sentía que tenía el poder sobre un centro que es público y que es un recurso creado para dar cobertura a las necesidades de familias que tenemos que hacer compatible la vida laboral y familiar en unas condiciones muy difíciles”.

La madre denunciante no entra a valorar la sentencia porque considera que no tiene “derecho a pedir una pena distinta”, porque está “en contra de legislar en caliente, ni se puede hablar desde la indignación y la rabia”, aunque sí pide que se ponga el foco en “que se haga pedagogía del cuidado de los derechos fundamentales”.

Paiz demanda a las instituciones públicas que el “sistema de residencias para personas mayores o con discapacidad adulta tiene que funcionar” y, para ello, exige que se “vigile al vigilante”.

“No se puede hacer negocio con los cuidados a dependientes, tienen que ser públicos de la mano de comunidades autónomas, cabildos, diputaciones y ayuntamientos. No se puede seguir privatizando el cuidado de nuestros mayores y de los más vulnerables”, sentencia.

 

Tres años y nueve meses de condena

El Juzgado de lo Penal de Santa Cruz de La Palma ha condenado a tres años y nueve meses de prisión al exdirector del centro para personas con discapacidad Triana de Los Llanos de Aridane, dependiente del Cabildo, por someter a sus residentes prácticas degradantes, como restregarles la cara con sus propias heces o verter sobre ellos agua fría del frigorífico.

La condena, por tres delitos continuados contra la integridad moral, incluye una indemnización de 5.000 euros por daños morales a los representantes legales de cada una de las tres víctimas, todas con grado de discapacidad superior al 79 % y diagnosticados con retraso mental severo y grave.

Esa compensación económica se atribuye al acusado “sin perjuicio de la responsabilidad civil subsidiaria” de la empresa Servicio Canario para la Dependencia SL (Sercade), encargada de la gestión del centro, y del Cabildo insular, propietario de la instalación.

La sentencia absuelve al encausado de los mismos delitos en relación a otros cuatro residentes, al no haber quedado debidamente probados.

Sobre este caso, que se inició por una denuncia de la Fiscalía, ya hubo una sentencia de la Audiencia Provincial en junio de 2021, pero fue anulada, por lo que se ha repetido el juicio oral entre el 12 y el 15 de junio de este año.

El Ministerio Fiscal pedía condena por siete delitos contra otros tantos residentes, si bien finalmente solo se incluye a tres de ellos.

El acusado trabajó en el Centro de Discapacitados Triana, en Los Llanos de Aridane, desde el 18 de noviembre de 2008 al 17 de marzo de 2013 como psicólogo y después como director, hasta que fue destituido por el Cabildo.

La sentencia declara probado que el acusado sometió a tres internos a aislamiento abusivo en el denominado “espacio reeducativo”, donde quedaban privados de la compañía del resto de internos y del personal del centro por tiempo prolongado.

Otra de las prácticas era verter garrafas de agua fría sacada del frigorífico con la finalidad de corregir determinadas conductas.

También utilizaba mecanismos de contención física con sujeciones mecánicas de forma abusiva y arbitraria.

En el caso de uno de los residentes, el Juzgado considera probado que le restregó sus propias heces y orines en la cara y en la boca para corregir el control de esfínteres y le dejaba con la ropa mojada por sus orines por tiempo prolongado.

Otro de los delitos probados es el uso de “técnicas pictográficas” atentatorias contra la intimidad de un residente en las que aparece desnudo o haciendo sus necesidades fisiológicas.

La juez también considera acreditado que hubo comportamientos violentos con dos residentes, aunque no consten partes de lesiones.

Otras prácticas por las que se le acusaba, como aumentar la medicación psiquiátrica y ordenar restringir la comida, no han quedado acreditadas en esta sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife.

En la sentencia se condena al acusado por tres delitos contra la integridad moral con la concurrencia de la agravante de superioridad y la atenuante de dilaciones indebidas a un año y tres meses de prisión por cada uno de ellos.

También se le inhabilita para el ejercicio de cualquier actividad laboral con personas con discapacidad, menores, ancianos o cualquier persona vulnerable durante el tiempo de la condena.

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