Archivo. Casas arrasadas por la erupción-KIke Rincón-EP.
El Cabildo de La Palma, a través de la Consejería de Acción Social, abre el plazo para solicitar la subvención destinada a aquellas personas que perdieron su segunda vivienda destinada a uso residencial, así como establecimientos turísticos extrahoteleros y entidades afectadas por la erupción de 2021. La convocatoria está dotada con una cuantía de 4,5 millones de euros.
El contenido de la misma se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife este lunes, 24 de julio, y el plazo para solicitar las ayudas permanecerá abierto desde el 25 de julio y durante 20 días hábiles. Las personas o entidades interesadas pueden consultar toda la información relativa a la convocatoria a través de la web del Cabildo de La Palma, pudiendo presentar la solicitud mediante la Sede Electrónica o bien de manera presencial en las oficinas de atención ciudadana de la Corporación y en los Registros descentralizados mediante el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo de La Palma.
Para facilitar la presentación de las solicitudes se habilitarán días mediante cita previa en las oficinas del servicio de Acción Social del Cabildo de La Palma (Casa Rosada, Cuesta de la Encarnación nº 24, 38700, Santa Cruz de La Palma).
El presidente del Cabildo, Sergio Rodríguez, recuerda que, pese a que han pasado casi dos años desde la erupción, las consecuencias socioeconómicas se siguen padeciendo en la Isla, tanto a nivel individual como colectivo. “Es importante que el Cabildo siga dando respuesta a la ciudadanía, y, en este sentido, este respaldo a las personas y a las entidades turísticas es fundamental para continuar con la recuperación”, ha defendido.
En la misma línea, Rodríguez señala que esta subvención tiene como principal objetivo paliar la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas y entidades que se vieron afectadas por el volcán y perdieron sus segundas viviendas o establecimientos extrahoteleros.
Requisitos de las ayudas
Según establecen las bases de la convocatoria, “podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas personas físicas o jurídicas, así como agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica titulares de segundas viviendas destinadas a uso residencial y/o establecimientos turísticos extrahoteleros que se han perdido a consecuencia de la erupción volcánica y que figuren en el Registro de Personas Afectadas por las Erupciones Volcánicas en la isla de La Palma”.
En el caso de la modalidad extrahotelera, comprende diversos tipos de establecimientos, como apartamentos, villas, casas emblemáticas, casas rurales y viviendas vacaciones.
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