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Condenan a España por los vertederos, entre los que se encuentra Barranco Seco

  • La sala octava del Tribunal de Justicia Europeo habla de incumplimientos
  • De Haro: "Esta sanción y la de los Morenos muestran una errática actuación"

Barranco Seco. Archivo.

Sala Octaba del Tribunal de Justicia Europeo ha condenado a España por incumplir sus obligaciones respecto a algunos vertederos del país, entre los que se encuentra el de Barranco Seco, en Puntallana. En la resolución, de fecha de febrero, se condena a España a pagar las costas pero no se específica la sanción.

La sentencia en concreto en su punto segundo, que es en el que aparece Barranco Seco junto a otros muchos vertederos de todo el país, indica que el Reino de España no ha cumplido con las medidas necesarias para cerrarlos lo antes posible.

La sentencia dice en un primer punto que "El Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 14, letra c), de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, al no adoptar, en el caso de cada uno de los vertederos designados, a saber, los de Ortuella (País Vasco), de Zurita y de Juan Grande (Islas Canarias), las medidas necesarias para solicitar a la entidad explotadora la elaboración de un plan de acondicionamiento y asegurar la ejecución completa de dicho plan conforme a los requisitos de la referida Directiva, con excepción de aquellos que figuran en el punto 1 del anexo I de ésta, dentro de un plazo de ocho años a partir de la fecha a la que se refiere el artículo 18, apartado 1, de la misma Directiva".

En un segundo apartado, indica también que "El Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 14, letra b), de la Directiva 1999/31, al no adoptar, en el caso de los vertederos de Vélez Rubio (Almería), de Alcolea de Cinca (Huesca), de Sariñena (Huesca), de Tamarite de Litera (Huesca), de Somontano – Barbastro (Huesca), de Barranco de Sedasés (Fraga, Huesca), de Barranco Seco (Puntallana, La Palma), de Jumilla (Murcia), de Legazpia (Gipuzkoa), de Sierra Valleja (Arcos de la Frontera, Cádiz), de Carretera Pantano del Rumblar (Baños de la Encina, Jaén), de Barranco de la Cueva (Bélmez de la Moraleda, Jaén), de Cerrajón (Castillo de Locubín, Jaén), de Las Canteras (Jimena y Bedmar, Jaén), de Hoya del Pino (Siles, Jaén), de Bellavista (Finca El Coronel, Alcalá de Guadaira, Sevilla), de El Patarín (Alcalá de Guadaira, Sevilla), de Carretera de Arahal-Morón de la Frontera (Arahal, Sevilla), de Carretera de Almadén de la Plata (Cazalla de la Sierra, Sevilla), de El Chaparral (Écija, Sevilla), de Carretera A‑92, KM 57,5 (Morón de la Frontera, Sevilla), de Carretera 3118 Fuente Leona – Cumbres Mayores (Colina Barragona, Huelva), de Llanos del Campo (Grazalema – Benamahoma, Cádiz), de Andrada Baja (Alcalá de Guadaira, Sevilla), de Carretera de Los Villares (Andújar, Jaén), de La Chacona (Cabra, Córdoba) y de El Chaparral – La Sombrerera (Puerto Serrano, Cádiz), las medidas necesarias para cerrar lo antes posible, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7, párrafo primero, letra g), y en el artículo 13 de la referida Directiva, las instalaciones que no hayan obtenido, de conformidad con el artículo 8 de ésta, autorización para continuar sus actividades"

La portavoz del PP en el Cabildo, María de Haro, que es quien ha dado a conocer la resolución judicial, ha manifestado que por parte del Grupo de Gobierno del Cabildo debe dejarse atrás el conformismo, ejercitar la autocrítica y no recaer en errores del pasado en todo lo relacionado con el medio ambiente. "Es evidente que la sentencia que atañe al cierre de Los Morenos y la sanción por parte del Tribunal de Justicia Europeo por no sellar, entre otros, Barranco Seco, muestran la errática actuación de la institución insular". Por lo que, dijo De Haro, no se puede seguir con esta inercia.

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