Invitamos a todos los interesados en contemplar, en vivo y en directo, el funcionamiento de la planta de asfalto. Nos encontraremos, a la una de la tarde, en el patio de una vivienda muy próxima a la industria
No estoy en contra de la planta de asfalto, pero me parece a mi que la isla es lo bastante grande como para haberla ubicado en otro lugar donde no moleste a nadie.
Los afectados tenéis que darle las gracias a los políticos del valle empezando por Noelia que buen gol os ha metido por la escuadra., mucha promesa, mucha promesa y ya veis donde han ido a parar.
Después de leer detenidamente el escrito perpetrado
el 31 de Mayo en el Ayuntamiento de Los Llanos ( lo
pueden ver entero en La Voz de La Palma), se nos
ocurren muchas preguntas.
La PRINCIPAL es esta:
El CAMBALACHE de la normativa en la que se escuda
para ORDENAR que funcione son las medidas de inspección
reglamentarias que dicen" la Administración puede
ordenar que se gire visita de inspección a las
instalaciones que funcionen para comprobar el
cumplimiento de las condiciones exigidas en la LICENCIA
y en la normativa de aplicación"
O sea, está claro que estas medidas sólo son de
aplicación sobre instalaciones que ya estén en
funcionamiento tras obtener su LICENCIA DE APERTURA.
La pregunta que nos hacemos es ¿ Cómo se van a
aplicar esas medidas de inspección reglamentarias a una
instalación que NO ESTÁ FUNCIONANDO porque CARECE DE
LICENCIA DE APERTURA?
DE LA NOTA DE PRENSA DE LA PLATAFORMA , publicada
en este medio , yo destacaría dos puntos:
1º) "Nos parece absolutamente llamativo que se
vayan a realizar las pruebas con la producción mínima,
la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la
máxima es de 130 toneladas/hora.
Supongo que se refiere a que si la excusa para
" ordenar"(=permitir)
que se ponga en funcionamiento la planta es medir la
contaminación que se produce, es evidente que será
mayor cuando se produzca al máximo de la capacidad, que
cuando se produzca al mínimo.
2º) "Y todo esto se pretende hacer sin estar
operativa la depuradora general del polígono
industrial"…
Pues si esto es así, APAGA Y VÁMONOS. ¡ Cómo es
posible que se estén instalando y funcionando
industrias en dicho polígono SIN DEPURAR los vertidos
peligrosos que se producen tanto en la fase de obra o
de instalación , como en la fase de funcionamiento !
Y también sabe que no hace falta poner en marcha la Planta de asfalto para saber lo que sale por la chimenea. La Plataforma puso a su disposición un estudio de simulación que indica que los filtros de mangas no neutralizan las partículas microscópicas y los gases altamente nocivos y peligrosos para la salud de las personas y para el medio ambiente.
La realización de dichas pruebas constituye una temeridad y una osadía por parte de quien las autoriza, porque hay vecinos afectados a muy pocos metros de la Planta, que no tienen garantías de que dichas pruebas se van a realizar sin constituir un riesgo para su seguridad personal.
Transcribo lo que se propuso en el Pleno del lunes:
"… un principio de mínima cautela y de poner en valor el “bien jurídico protegido” de toda norma medioambiental que no es otro que la salud de las personas, hace que se deban denegar (aún a riesgo de tener que indemnizar) las licencias solicitadas. Cierto es que la cuestión jurídica es controvertida y que existen opiniones (entre ellas según lo publicado en la prensa, la del asesor externo contratado por el Ayuntamiento) que señalan la no aplicación del Reglamento Estatal de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961 en el territorio canario; pero también es cierto que existen opiniones jurídicas, recientemente la emitida por técnicos del Ilustre Ayuntamiento de El Paso, contrastadas con sentencias judiciales que la avalan, que consideran que debe tenerse en cuenta el régimen mínimo de distancias fundamentadas en el hecho de que la regla general es la prohibición En ninguno de los expedientes nos consta que exista ningún dato o documento que justifique esa excepción.
Recordamos que las pruebas que se van a realizar son innecesarias, porque para saber lo que sale por la chimenea no hace falta ponerla en marcha; la Plataforma puso a disposición de la Alcaldía un estudio de simulación, serio y riguroso, homologado a nivel internacional, que indica claramente que los filtros de mangas no neutralizan las partículas microscópicas más peligrosas y los gases altamente nocivos para la salud de las personas y para el medio ambiente. Nos parece absolutamente llamativo que se vayan a realizar las pruebas con la producción mínima, la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la máxima es de 130 toneladas/hora. Y todo esto se pretende hacer sin estar operativa la depuradora general del Polígono Industrial…
La realización de dichas pruebas constituye una temeridad y una osadía por parte de quien las autoriza, porque hay vecinos afectados a muy pocos metros de la Planta, que no tienen garantías de que las pruebas que se van a realizar no supongan un riesgo para su seguridad personal.
spencer
Pero por que seguís con la jaqueca, no os dais cuenta que no tenéis nada que hacer, la planta se va a poner si o si.
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Atila
No estoy en contra de la planta de asfalto, pero me parece a mi que la isla es lo bastante grande como para haberla ubicado en otro lugar donde no moleste a nadie.
Los afectados tenéis que darle las gracias a los políticos del valle empezando por Noelia que buen gol os ha metido por la escuadra., mucha promesa, mucha promesa y ya veis donde han ido a parar.
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Papagaya
Después de leer detenidamente el escrito perpetrado
el 31 de Mayo en el Ayuntamiento de Los Llanos ( lo
pueden ver entero en La Voz de La Palma), se nos
ocurren muchas preguntas.
La PRINCIPAL es esta:
El CAMBALACHE de la normativa en la que se escuda
para ORDENAR que funcione son las medidas de inspección
reglamentarias que dicen" la Administración puede
ordenar que se gire visita de inspección a las
instalaciones que funcionen para comprobar el
cumplimiento de las condiciones exigidas en la LICENCIA
y en la normativa de aplicación"
O sea, está claro que estas medidas sólo son de
aplicación sobre instalaciones que ya estén en
funcionamiento tras obtener su LICENCIA DE APERTURA.
La pregunta que nos hacemos es ¿ Cómo se van a
aplicar esas medidas de inspección reglamentarias a una
instalación que NO ESTÁ FUNCIONANDO porque CARECE DE
LICENCIA DE APERTURA?
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CAPIROTE
DE LA NOTA DE PRENSA DE LA PLATAFORMA , publicada
en este medio , yo destacaría dos puntos:
1º) "Nos parece absolutamente llamativo que se
vayan a realizar las pruebas con la producción mínima,
la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la
máxima es de 130 toneladas/hora.
Supongo que se refiere a que si la excusa para
" ordenar"(=permitir)
que se ponga en funcionamiento la planta es medir la
contaminación que se produce, es evidente que será
mayor cuando se produzca al máximo de la capacidad, que
cuando se produzca al mínimo.
2º) "Y todo esto se pretende hacer sin estar
operativa la depuradora general del polígono
industrial"…
Pues si esto es así, APAGA Y VÁMONOS. ¡ Cómo es
posible que se estén instalando y funcionando
industrias en dicho polígono SIN DEPURAR los vertidos
peligrosos que se producen tanto en la fase de obra o
de instalación , como en la fase de funcionamiento !
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papazul
Y también sabe que no hace falta poner en marcha la Planta de asfalto para saber lo que sale por la chimenea. La Plataforma puso a su disposición un estudio de simulación que indica que los filtros de mangas no neutralizan las partículas microscópicas y los gases altamente nocivos y peligrosos para la salud de las personas y para el medio ambiente.
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papazul
La realización de dichas pruebas constituye una temeridad y una osadía por parte de quien las autoriza, porque hay vecinos afectados a muy pocos metros de la Planta, que no tienen garantías de que dichas pruebas se van a realizar sin constituir un riesgo para su seguridad personal.
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gatopardo
Transcribo lo que se propuso en el Pleno del lunes:
"… un principio de mínima cautela y de poner en valor el “bien jurídico protegido” de toda norma medioambiental que no es otro que la salud de las personas, hace que se deban denegar (aún a riesgo de tener que indemnizar) las licencias solicitadas. Cierto es que la cuestión jurídica es controvertida y que existen opiniones (entre ellas según lo publicado en la prensa, la del asesor externo contratado por el Ayuntamiento) que señalan la no aplicación del Reglamento Estatal de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961 en el territorio canario; pero también es cierto que existen opiniones jurídicas, recientemente la emitida por técnicos del Ilustre Ayuntamiento de El Paso, contrastadas con sentencias judiciales que la avalan, que consideran que debe tenerse en cuenta el régimen mínimo de distancias fundamentadas en el hecho de que la regla general es la prohibición En ninguno de los expedientes nos consta que exista ningún dato o documento que justifique esa excepción.
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CAPIROTE
Recordamos que las pruebas que se van a realizar son innecesarias, porque para saber lo que sale por la chimenea no hace falta ponerla en marcha; la Plataforma puso a disposición de la Alcaldía un estudio de simulación, serio y riguroso, homologado a nivel internacional, que indica claramente que los filtros de mangas no neutralizan las partículas microscópicas más peligrosas y los gases altamente nocivos para la salud de las personas y para el medio ambiente. Nos parece absolutamente llamativo que se vayan a realizar las pruebas con la producción mínima, la de 80 toneladas/hora, teniendo en cuenta que la máxima es de 130 toneladas/hora. Y todo esto se pretende hacer sin estar operativa la depuradora general del Polígono Industrial…
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gatopardo
La realización de dichas pruebas constituye una temeridad y una osadía por parte de quien las autoriza, porque hay vecinos afectados a muy pocos metros de la Planta, que no tienen garantías de que las pruebas que se van a realizar no supongan un riesgo para su seguridad personal.
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quito
Què tristeza más grande..
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