elfolloneropalmero, eran 17 jueces, la votación fue de 15 contra 2 en que hubo vulneración del convenio europeo y de 10 contra 7 en el tema de la indemnización, pero no entiendo tu pregunta.
Me resulta cuanto menos curioso que precisamente, los que han vulnerado, pisoteado y masacrado uno de los derechos principales de una persona, que es el derecho a la vida, sean ahora los que reclaman que se les respeten los suyos. Me parece de película de terror que personas que han disparado cobardemente por la espalda o han colocado explosivos debajo de un coche para MATAR impunemente a cuantos estuvieran cerca de su irracional objetivo, tengan la misma voz que los que ya no pueden hablar. Ya sólo nos faltaba tener que pagarles indemnizaciones y rendirles homenajes. Lo siento, pero aunque estuvieran 30 años en la cárcel, las manchas de sangre de sus manos, no podrían borrarse nunca.
catano el código penal que refieres es el de 1973, en el que la pena máxima que podía cumplir un reo era de 30 años y los beneficios penitenciarios (reducción de la pena por trabajo en prisión por ejemplo), se tenía que aplicar sobre los 30 años esos y no sobre el total de años de condena, el Código Penal actual es el de 1995 con muchas reformas.
escarabajo, en el derecho penal existe el llamado principio de legalidad penal que consiste en que no puede castigarse una acción u omisión que no esté prevista como delito o falta por una ley con anterioridad a su perpetración, igualmente ocurre con la pena a aplicar, la cual tiene que estar igualmente prevista por ley con anterioridad al hecho punible.
Por tal motivo, da igual que los políticos legislaran (que lo hicieron endureciendo las penas del terrorismo), pero es que a esta "persona" la juzgaron de acuerdo con el Código Penal de 1973, no se le pueden aplicar leyes posteriores porque no existe carácter retroactivo.
Sabiendo todo eso, lo que se hizo fue aplicarle la doctrina Parot (interpretar jurisprudencia en el 2006) con la intención de que cumpliera los 30 años íntegros, descontándole los beneficios penitenciarios no de los 30 sino del total de la pena, pero eso es lo que ha echado para atrás el TEDH diciendo que esa manera de interpretar la ley no se podía aplicar al Código Penal del 73.
Lo que se saca en claro es que al menos la "señora" esta, se ha comido 5 años más de cárcel del que debería puesto que la tenían que haber soltado en el verano del 2008, pero como no lo hizo España, recurrió todo lo que pudo y lo ganó ahora.
La sentencia del TEDH dijo que se pusiera en libertad en el plazo más breve posible, y se le indemnice con 30.000 euros por daños morales (por los 5 años de más) y 1.500 euros de costas.
Los 30.000 euros no los verá porque ella debe al estado más, osea que se le descontará.
Compartiendo la soliradirad con las victimas, ahora quieren hacer politica con este tema
Aparte de los que parece que el dialogo para dejar las armas les a parecido una locura, prefiriendo la venganza y el cuento del nunca acabar
es que los políticos españoles han tenido esto olvidado pasando la bola y ahora cayó de golpe, tenían que haber legislado hace tiempo pero estas en otras cosas….en mamandurrias por ej.
Galva, está tardando tu análisis. Yo sólo puedo aportar una pregunta, o reflexión, ¿De cuando es el Código Penal por el que se juzgó a estos y otros asesinos, no sólo terroristas, que ahora se pueden beneficiar de esta sentencia del Tribunal de Derechos Humanos? Porque respecto a la posibilidad de su no acatamiento, creo que es evidente que un Estado como el español no puede ni planteárselo.
Que los politicos tenian que haber estado mas atentos desde hace tiempo, la ley es la ley y los convenios son lo que son y en un sistema hay que obedecer aunque no nos guste
Arcangel
elfolloneropalmero, eran 17 jueces, la votación fue de 15 contra 2 en que hubo vulneración del convenio europeo y de 10 contra 7 en el tema de la indemnización, pero no entiendo tu pregunta.
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elfolloneropalmero
si el tribunal ese resolvieron por10 a 2 eso no será que van tan equivocados o si?
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ber
Me resulta cuanto menos curioso que precisamente, los que han vulnerado, pisoteado y masacrado uno de los derechos principales de una persona, que es el derecho a la vida, sean ahora los que reclaman que se les respeten los suyos. Me parece de película de terror que personas que han disparado cobardemente por la espalda o han colocado explosivos debajo de un coche para MATAR impunemente a cuantos estuvieran cerca de su irracional objetivo, tengan la misma voz que los que ya no pueden hablar. Ya sólo nos faltaba tener que pagarles indemnizaciones y rendirles homenajes. Lo siento, pero aunque estuvieran 30 años en la cárcel, las manchas de sangre de sus manos, no podrían borrarse nunca.
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Arcangel
catano el código penal que refieres es el de 1973, en el que la pena máxima que podía cumplir un reo era de 30 años y los beneficios penitenciarios (reducción de la pena por trabajo en prisión por ejemplo), se tenía que aplicar sobre los 30 años esos y no sobre el total de años de condena, el Código Penal actual es el de 1995 con muchas reformas.
escarabajo, en el derecho penal existe el llamado principio de legalidad penal que consiste en que no puede castigarse una acción u omisión que no esté prevista como delito o falta por una ley con anterioridad a su perpetración, igualmente ocurre con la pena a aplicar, la cual tiene que estar igualmente prevista por ley con anterioridad al hecho punible.
Por tal motivo, da igual que los políticos legislaran (que lo hicieron endureciendo las penas del terrorismo), pero es que a esta "persona" la juzgaron de acuerdo con el Código Penal de 1973, no se le pueden aplicar leyes posteriores porque no existe carácter retroactivo.
Sabiendo todo eso, lo que se hizo fue aplicarle la doctrina Parot (interpretar jurisprudencia en el 2006) con la intención de que cumpliera los 30 años íntegros, descontándole los beneficios penitenciarios no de los 30 sino del total de la pena, pero eso es lo que ha echado para atrás el TEDH diciendo que esa manera de interpretar la ley no se podía aplicar al Código Penal del 73.
Lo que se saca en claro es que al menos la "señora" esta, se ha comido 5 años más de cárcel del que debería puesto que la tenían que haber soltado en el verano del 2008, pero como no lo hizo España, recurrió todo lo que pudo y lo ganó ahora.
La sentencia del TEDH dijo que se pusiera en libertad en el plazo más breve posible, y se le indemnice con 30.000 euros por daños morales (por los 5 años de más) y 1.500 euros de costas.
Los 30.000 euros no los verá porque ella debe al estado más, osea que se le descontará.
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zaratustra
Compartiendo la soliradirad con las victimas, ahora quieren hacer politica con este tema
Aparte de los que parece que el dialogo para dejar las armas les a parecido una locura, prefiriendo la venganza y el cuento del nunca acabar
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escarabajo
es que los políticos españoles han tenido esto olvidado pasando la bola y ahora cayó de golpe, tenían que haber legislado hace tiempo pero estas en otras cosas….en mamandurrias por ej.
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catano
Galva, está tardando tu análisis. Yo sólo puedo aportar una pregunta, o reflexión, ¿De cuando es el Código Penal por el que se juzgó a estos y otros asesinos, no sólo terroristas, que ahora se pueden beneficiar de esta sentencia del Tribunal de Derechos Humanos? Porque respecto a la posibilidad de su no acatamiento, creo que es evidente que un Estado como el español no puede ni planteárselo.
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zaratustra
Que los politicos tenian que haber estado mas atentos desde hace tiempo, la ley es la ley y los convenios son lo que son y en un sistema hay que obedecer aunque no nos guste
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