Terraza de verano precintada. En teoría iba a estar abierta hasta el 7 de octubre pero el Ayuntamiento capitalino la ha cerrado por haber incumplido el aforo hasta en cinco ocasiones.
El abogado Felipe Campos, en representación de los empresarios de la terraza de verano capitalina The Summer, ha anunciado que el lunes presentará una querella criminal contra el Ayuntamiento por el cierre y precinto de la terraza de verano de forma "ilegal". Campos denuncia que el alcalde ha dictado una decisión y la ha ejecutado sin el control judicial pertinente cuando "es la esencia del Estado de Derecho". "Si la terraza ha incumplido que la cierren pero no se pueden saltar la ley como lo han hecho; el alcalde de Santa Cruz de La Palma no respeta la ley", asegura el letrado, que además indica que van a interponer un contencioso administrativo por violación de derechos fundamentales.
La querella criminal se presentará contra el alcalde, contra el jefe de la policía local, contra los tres policías que cerraron la terreza de verano el viernes por la noche y contra la secretaria del Ayuntamiento que "es la que supuestamente informaría jurídicamente de que se podía cerrar esa terraza". El Consistorio justifica el cierre por haber incumplido el aforo en cinco ocasiones y por la presencia al menos de tres menores dentro de la terraza.
Según ha explicado Felipe Campos, el viernes a las 14:15 horas notificaron un decreto de la Alcaldía en el que se confirmaba la medida provisional de cierre y clausura de la terraza de verano y "a las 14:50 horas interpusimos un recurso contencioso administrativo contra esa medida con petición de suspensión cautelar pero el alcalde tomó una decisión y la ejecutó sin esperar a que decida el juzgado".
"Parece ser que se le habían abierto una serie de expedientes sancionadores a la terraza por supuestos incumplimientos, expedientes que están en curso y a la vista de esos expedientes en curso y a la vista del artículo 56 de la Ley de actividades clasificadas deciden imponer una medida provisional de cierre y clausura". Sin embargo frente a esa resolución inicial, "nosotros pusimos un recurso de reposición administrativa y pedimos la suspensión cautelar de la resolución del alcalde. Y conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional, vinculante para todos los poderes públicos, si ante una decisión administrativa se recurre y se pide la suspensión cautelar para conciliar lo que es la ejecutivad de los actos administrativos con la tutela judicial efectiva y con el control judicial de toda la actividad administrativa, la administración no puede ejecutar de forma material sus actos hasta que esa decisión sea revisada por el órgano judicial competente".
Campos sí dijo que en caso de urgencias se pueden adoptar medidas cautelares, "aunque no haya procedimientos en curso cualquier policía si percibe que en un momento determinado una actividad sujeta a licencia puede causar un peligro grave a la seguridad de las personas puede adoptar una medida cautelar, otra cosa es que el alcalde desde su despacho decida suspender los efectos de una licencia por supuestos procedimientos en curso sin esperar a que la ejecutivad de sus actos sea revisada judicialmente".
El letrado entiende por ello que la actuación del alcalde y de las personas que han ejecutado materialmente su decisión suponen "la violación de un derecho fundamental, en este caso el artículo 24, que es el que interpreta el Constitucional para ponderar la ejecutividad inmediata del acto administrativo, así como una presunta prevaricación, y por eso pondremos una querella criminal y en un nuevo contencioso administrativo solicitaremos que el juez, a la vista de esta flagrante lesión de un derecho fundamental, adopte la medida cautelar de levantar el precinto".
"La administración, -reiteró Campos,- no puede ejecutar sus actos administrativos de forma material como hizo cuando el administrado recurre y pide la suspensión cautelar. El Constitucional es rotundo al respecto, debe esperar a que esa ejecución la decida el juez competente porque si no no habría tutela judicial efectiva y se fustraría el control judicial de toda la actividad administrativa".
Sin entrar a volorar los argumentos para el cierre que "tendrán que defender los titulares de la terraza, –el Ayuntamiento alega el cierre por haber incumplido el aforo en cinco ocasiones y por la presencia de tres menores dentro de la terraza-", insistió el letrado en que en un Estado de Derecho los actos administrativos no se pueden ejecutar de forma fulminante por la administración porque se convertiría en juez y parte. "Alegan un tema de fondo pero aquí estamos hablando del procedimiento. El alcalde, ante unos supuestas infracciones graves que están en procedimiento impone una medida cautelar y la ejecuta directamente sin permitir que esa decisión sea controlada judicialmente lo que comprende la ejecutivad inmediata". Lo que lleva al letrado a afirmar que "se ha saltado la Constitución, ha infringido un precepto constitucional, ha incurrido en un presunto ilícito penal y además me parece sorprendente que alcaldes jóvenes, supuestamente demócratas que están al tanto, porque se lo hemos notificado por escrito y de palabra, tengan un concepto tan predemocrático y un entendimiento del poder anticonstitucional como si ellos estuvieran por encima de la ley. El alcalde, los funcionarios, están sometidos a ley, y eso significa que no pueden ejecutar sus actos administrativos, que están sometidos al control judicial. Y en este caso el alcalde de Santa Cruz de La Palma desgraciadamente dicta actos y los ejecuta porque se cree que está por encima de la ley, eso es intolerable".
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nm
Como tu bien dices, si te para la policía con alcohol no te permite circular y asemejando el caso, el ayuntamiento no permite que siga la actividad. Lo que está claro es que les avisaron sobre el aforo y los menores, etc. y tenían que haber hecho algo para remediarlo y demostrar que se preocupaban para que el problema no siguiera existiendo. Por otra parte no creo que mejore la situación para ellos, más después de publicar este artículo, sobre el abogado y la querella. En las relaciones entre personas es mejor hablar y corregir errores personalmente antes de intentar imponer la fuerza y atacando con abogados, al final detrás de empresarios, alcaldes,funcionarios, etc. hay personas.
Que Santa Cruz de la palma necesita algo de ocio, está claro. Ojalá les dejen abrirla lo que queda de mes, quizás quitando al abogado del medio, reconociendo el error, y asegurando que no volverá a ocurrir, puedan cambiar las cosas. Hablando se entiende la gente. Como se suele decir. Pero lo veo difícil.
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unodenadie
Lo que yo entiendo y no es que este ni a favor ni en contra de estos empresarios que a mi personalmente me caen mal pero es justo reconocer que tiene merito y es de agradecer que en la epoca que vivimos se metan en la apertura de un negocio que genera empleo y ocio que bastante falta tiene s/c de esas dos cosas, voy a poner un ejemplo: La guardia civil me para me hace el control de alcoholemia y doy positivo y no me quitan el coche y el carnet….me impiden conducir yo el coche ya que hay riesgo para los demas y es el juez dias despues quien me condena a tanto tiempo sin carnet y despues es que el poder judicial ejecuta la condena del juez y te estoy hablando de la guardia civil que es un cuerpo de seguridad y no una administracion publica…creo que se han pasado con estos dos empresarios que buenos o malos han apostado por dar un servicio necesario a nuestra ciudad….y no soy abogado ni mucho menos pero si se que vivo en un estado de derecho y ni un alcalde, ni un policia puede ser juez y ejecutor de una infraccion administrativa sin pasar por el poder judicial.
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Reche
Cuántos abogados están escribiendo en el foro?
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nm
Yo entiendo el art103 en el sentido de que la administración puede revocar sus actos. Y según esto también existen las medidas cautelares, Yo entiendo que la medida cautelar es lógica no tanto por el aforo sino por la cuestión de menores. Si lo entiendes como un abuso de derecho como puse antes veras la lógica del cierre provisional. y piensa como un daño, no a un particular sino a los intereses generales de la sociedad o de los menores.
Sobre el tema de la denuncia a un local, según el fundamento de la misma, si no tiene, pues nada, pero si está fundamentada puede pasar lo mismo que este caso; ejemplo, en un bar que el dueño vende droga, abusa de su derecho como titular de una licencia para cometer un delito, después existen simples infracciones más o menos graves.
Sobre el tema de Los indianos, no tiene comparación ya que la gente hace uso del espacio público, lógicamente necesita recursos policiales, sanitarios, etc, acordes a la afluencia de gente (es un acto en la calle).
No te vayas a creer que yo tengo interés en que cierren la terraza, yo sólo opino sobre el tema, como yo lo veo, sin más interés en nada y por supuesto también me equivoco o me puedo equivocar.
Lo que comentas sobre el agente que han despedido, pues un agente, yo entiendo, es el que vela por la aplicación de la ley, y la preservación de la misma, notificando tanto administrativamente como judicialmente las infracciones, pero no tiene legitimidad para cerrar un local por si mismo; exceptuando ante un gran delito y de forma provisional.
Repito que mis opiniones son personales.
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unodenadie
nm por tu regla de tres yo denuncio a cualquier local y le anulan la licencia?
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unodenadie
Por cierto ahora empezaran a jorobar a todos los locales de ocio con el dichoso aforo….y habra que pensar de cuanto es el aforo de los indianos, cuantos agentes de seguridad se necesitan para salvaguardar la integridad en fiestas, cuantos baños publicos se necesitan para 80.000 personas como indianos, bajada de la virgen, etc,etc….otra cosa no pero S/C segura si sera…
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unodenadie
nm…..citas el articulo 103:La declaración de lesividad, en el Derecho español, es un acto administrativo por el que una entidad administrativa considera dañino para los intereses públicos, un acto previamente dictado por ella misma, que es favorable a los interesados, con el fin de poder solicitar su anulación ante la justicia. "ANTE LA JUSTICIA" lo entiendes ahora? quizas no….se nota por lo que escribes….dice ante la justicia ….pedir el cierre ante la justicia y en coslada hubo un agente de policia que hacia lo que tu dices y en Breña alta tb y lo despidieron….en fin lee un a ley antes de citarla y si no la entendes pide que te la expliquen….
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nm
Si se entiende que los titulares de la licencia han actuado en abuso de derecho, incumpliendo normas sobre aforo y menores. según el Código Civil, la administración puede parar el abuso.
Código civil.
2. La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
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Lapili
El Ayuntamiento es el primero que debe de cumplir la Ley. No se puede hacer lo que quieran porque los ciudadanos también tenemos instrumentos legales para defendernos y hacer que nuestros derechos no los vulnere nadie. Espero que la gente de la Terraza encuentre los apoyos necesarios en la Ley para continuar con su proyecto y seguirmos ofreciendo lo que queda de septiembre una alternativa de ocio en la ciuadad de calidad y con buen ambiente.
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GALVA
La doctrina juridica ha escrito tratados interesantisimos sobre la capacidad cautelar y sancionadora de los entes locales…
Mmmmmm…
El que diga que esto esta claro,pues,es que no transmite bien como es la Justicia contencioso administrativa…
Lo de Las Plantas de asfalto,si estaba mas claro;y mira que se pusieron medios para "empantanar" el asunto;pero aqui,si el Ayuntamiento no ha hecho una chapuza con los Atestados,y los procedimientos,no lo veo…
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