Foto de archivo.
El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane ha puesto en marcha una nueva convocatoria para la adjudicación de 15 huertos municipales de un total de 29 parcelas que se encuentran en una finca urbana propiedad del consistorio, ubicada en el Camino de Los Choriceros. La fecha límite de presentación de solicitudes finalizará el próximo 9 de septiembre.
La concejal responsable del área de Promoción Económica, Inmaculada Fernández Pérez, destacó que “teniendo en cuenta el buen funcionamiento de los huertos en sus primeros años y la demanda que se ha producido de nuevos solicitantes, se abre esta nueva convocatoria por la que animamos a los vecinos interesados a inscribirse para poder disponer de este espacio en el que cuentan con toda la infraestructura necesaria para realizar los cultivos de la tierra”.
La agricultura urbana cumple múltiples funciones sociales relacionadas con la cohesión social, la participación, el acceso de sectores de población en riesgo de exclusión. La edil, recordó que la finalidad de los huertos municipales es la de “ofrecer a los adjudicatarios la posibilidad de explotar los terrenos que se les ceden con el fin de cultivar los mismos en beneficio propio, para producir alimentos sanos y frescos, fundamentalmente frutas, verduras, y hortalizas destinadas al autoconsumo familiar”.
Los huertos municipales son una herramienta útil para el cuidado del entorno y la mejora de la convivencia. Las fincas adjudicadas se entregarán a los beneficiarios de forma temporal por un período inicial de dos años no prorrogables, están dotadas son sistemas de riego para el desarrollo de la actividad agrícola, así como de contenedores individuales y suministro de agua. A su vez, cuentan con una edificación para guardar los utensilios necesarios para el buen desarrollo de la actividad y cuartos de baño para las personas que ocupan estos espacios.
Requisitos de acceso
Entre los requisitos que deben reunir los interesados destacan el ser mayor de edad y con capacidad para realizar labores agrícolas, estar empadronado en el municipio al menos con una antigüedad de 6 meses, no estar en posesión ni el solicitante ni el cónyuge o cualquier otro miembro de la unidad familiar, de otra parcela comprendida en los huertos municipales ni ejercer la actividad agrario o poseer parcelas agrícolas o terrenos de naturaleza rústica que sean aptos para actividades agrícolas.
Asimismo, se valorarán con carácter prioritario aquellas solicitudes presentadas por personas que no tengan ingresos, en situación de desempleo y vulnerabilidad social, seguidas de las de familias monoparentales y numerosas, pensionistas y jubilados mayores de 65 años que no lleven a cabo ninguna otra actividad remunerada y el resto de solicitantes.
La ordenanza municipal que regula la explotación de los huertos municipales recoge de forma expresa que los terrenos se destinarán única y exclusivamente al uso familiar, cultivándose sólo especies para el autoconsumo que no podrán ser destinadas a otras finales o comercializados con criterios estrictamente económicos, si bien se admite el intercambio o trueque de productos entre los usuarios de los huertos. La normativa, también recoge un código de buenas prácticas de obligado cumplimiento que garantiza el buen funcionamiento y la convivencia entre los adjudicatarios de las parcelas y un régimen de faltas y sanciones leves y graves, en función de las incidencias detectadas en cada caso y que puede conllevar la pérdida del derecho de explotación de la finca.
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