Los Servicios Jurídicos del Cabildo Insular de La Palma han solicitado la aclaración y complemento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de lo Contencioso en Santa Cruz de Tenerife) respecto al abono de un proyecto arquitectónico de un auditorio en la Isla. Así se asegura en el comunicado remitido a los medios sobre la sentencia del del alto tribunal que condena a la institución a pagar 390.000 euros al arquitecto Fernando Menis por la ampliación de un proyecto del audotorio insular.
El Grupo de Gobierno del Cabildo de La Palma, se indica en el comunicado, no va a realizar ninguna valoración de la sentencia del TSJC en tanto que aún se está tramitando la mencionada petición.
La aclaración y complemento solicitados versan, explica la nota, sobre aspectos tales como la liquidez y liquidación del principal objeto de condena, la determinación del sujeto beneficiario o el pronunciamiento sobre las costas en primera instancia, lo que justifica que, “razonablemente se omita todo pronunciamiento o valoración hasta tanto tales extremos no sean definitivamente aclarados por la Sala”.
El Cabildo Insular muestra su máximo respeto para con las decisiones que se acuerden por parte de los Tribunales de Justicia. Los Servicios Jurídicos, dice el comunicado, trabajarán para salvaguardar los legítimos intereses de la primera institución insular, en el marco siempre de nuestro Estado de Derecho.
Antecedentes
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado el recurso de un arquitecto que realizó la ampliación de un proyecto para el Cabildo Insular de la Palma por un importe de 390.000 euros que no le fue remunerado.
El arquitecto fue adjudicatario en 2008 de un proyecto para construir el futuro auditorio insular en el término municipal de Los Llanos de Aridane por un importe de 723.500 euros y posteriormente recibió el encargo verbal de su ampliación por parte del entonces presidente de la institución.
El arquitecto demandó al Cabildo y el juzgado número 1 de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife le dio la razón. Pero el Cabildo presentó recurso de apelación al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ha ratificado la sentencia original excepto en que el beneficiario del pago no sea la sociedad unipersonal del técnico sino su titular como persona física.
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sstsstsst
Tan cortitos son los letrados del servicio jurídico del Cabildo que necesitan que less aclaren una sentencia judicial? Dónde han fichado a esa gente? Y en que facultad se supone que han estudiado Derecho?
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nm
Clara sí, pero, incongruente el fundamento con el fallo, si dice que el cabildo debe revisar para comprobar que el encargo se realizó, o algo así, y para evitar el enriquecimiento injusto ¿por qué sólo permite la revisión en los intereses? el decir enriquecimiento injusto debería, de forma global, abarcar el hecho de no cuestionar el importe… Pero esto , como siempre, es una opinión personal…
Saludos…
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GALVA
Nm…
El recurso de aclaracion es para correccion de errores materiales y poco más….
La resolución esta clara….
Pagamos nostros la matazón….
VIVA COCA…VIVA PERESTELO….
PD El recurso de Revisión es otra cosa…..
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nm
Pues , yo creo que , el Cabildo hace bien en pedir la aclaración porque las costas de la primera instancia no se nombra, por ejemplo. Pero yo quiero ir más allá, y creo que existe una incongruencia, o una posible incongruencia, al decir que el Cabildo tiene que revisar para los intereses ¿Por qué si da la oportunidad de revisar en los intereses (indemnización)no es en todo el proyecto ? ¿qué pasa si como dice la sentencia no está el encargo que se solicitó? ¿hasta dónde llega la revisión que otorga la sentencia?
En otras palabras: el encargo puedo no estar completo, ya que, no se ha revisado ¿que pasaría en ese caso?
la revisión , creo, da una posibilidad de no cerrar el caso en busca de un intento de estafa a la administración por parte de quien hizo la obra, es muy fácil llegar y meter una factura, incluso ficticia por la puerta de atrás, sabiendo de la obligación de pagar ante la pasividad de la administració y aprovechando el silencio administrativo
Yo empezaría a buscar el nombre al asunto¿el caso auditorio de las estrellas?
La sentencia hay que cumplirla, cierto, pero el fallo y mí me da la impresión que es incompleto, o no es claro.
creo que habrá quien no pueda hablar porque no le da la garganta para tragar saliva….
Saludos o todo/as…
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AntonioLuz
¿Aclaración? , seguramente preguntarán si el pago se debe hacer en efectivo o mediante transferencia bancaria. Se trata de una sentencia firma y punto. Lo que hay que aclarar es como todavía no ha abierto la boca Perestelo, su silencio es atronador.
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alpanpan33
La verdad es que lo vemos claros todos menos los juristas del cabildo…. jajajajajaj paquetes!!!!!! juristas y perestelo a la calle pero ya!!!!!
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ificrates
Yo se lo aclaro, Perestelo, paga
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AntonioLuz
Y a todas estas ¿ donde eta Perestelo? ni ha dimitido ni siquiera ha abierto la boca para pedir perdon por este pastizal de millones que tendremos que pagar todos los palmeros al calatrava canario.
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Manolitodiquesi
Jajajajajajaj se lo explico yo joder!!!! que como costumbre le pidieron a un amigote de partido que les adelantara un trabajo pa fardar y tenerlo proyectado sin fondos y sin concursos y ser muy chachi el perestelo, que el amigote le salio avaricioso y les reclamo que lo habian contratado verbalmente, cosa que es habitual entre la COCA kec etc y los denuncio y como es de justicia trabajo hecho trabajo cobrado. Ves y sin ser jurista!!!!!
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caracol
Lo que tienen que hacer los servicios jurídicos es su trabajo: defender los intereses de la corporación, es decir nuestros, e iniciar demanda por responsabilidad al Sr Perestelo, así como dar traslado del caso a la fiscalía anti-corrupción por haber encargado un contrato sin la preceptiva tramitación que impone la ley de contratos públicos.
¿Lo harán? Ni de coña!
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