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Sanidad autoriza a 33 laboratorios y empresas ajenos al SCS para la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19

La autorización asegura que los laboratorios privados cumplen con los requisitos exigidos por el Ministerio de Sanidad como que la prescripción de la prueba se realice siempre por un facultativo

El Servicio Canario de la Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha autorizado a un total de 33 laboratorios y empresas privados para la realización de pruebas PCR para la diagnosis del coronavirus COVID-19 mientras continúe vigente el estado de alarma.

La autorización se realiza según la Orden publicada en BOC no 85 del 30 de abril, que establece de acuerdo con el marco normativo previsto, el sistema de autorización previa para la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 por medios ajenos al Servicio Canario de Salud, para garantizar que las mismas se ajusten a los criterios establecidos por la autoridad sanitaria competente. Asimismo, determina los criterios y el procedimiento para cumplir con dicho requisito.

La Orden regula el mecanismo por el que los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada radicados en la Comunidad Autónoma de Canarias declaran los medios y materiales disponibles para el diagnóstico de COVID-19, de cara a su posible utilización por parte del Servicio Canario de la Salud de forma coordinada con los circuitos diagnósticos existentes, en la lucha contra la epidemia.

La Dirección General de Salud Pública ha recibido hasta hoy un total de 41 solicitudes, de las cuales ya se han tramitado y resuelto 33 autorizaciones a distintas entidades que cumplen con los criterios establecidos. También se han atendido consultas, de entidades o empresas que quieren realizar las pruebas al personal que se va incorporando a la vida laboral.

De las 33 autorizaciones ya tramitadas, 19 en la provincia de Las Palmas y 14 en la de Santa Cruz de Tenerife, correspondientes a distintas entidades, centros, laboratorios y clínicas de Canarias.

Autorización de pruebas diagnósticas

Para poder realizar estas pruebas, los laboratorios deberán contar con una autorización emitida por la Dirección General de Salud Pública del SCS, en la que previamente se verifica que se cumplen con requisitos, como que la prescripción de la prueba se realizará siempre por un facultativo en ejercicio y se ajustará a los criterios y procedimientos vigentes por la autoridad sanitaria. Los laboratorios, además de contar con los medios necesarios para el proceso diagnóstico validados por el organismo nacional competente, deben notificar diariamente los resultados de las pruebas realizadas a la Dirección General de Salud Pública.

Los colectivos que cumplen con criterios sanitarios para la realización de estas pruebas COVID 19, en estos momentos de la pandemia, a realizar por laboratorios privados son los profesionales de servicios esenciales y de atención al público, entre otros.

Estos colectivos para la priorización de la realización de pruebas diagnósticas para la detección de COVID19, según Orden del 28 de abril (BOC no85), será revisable según criterios sanitarios, dependiendo de la evolución de la pandemia y la fase de la desescalada en nuestra Comunidad Autónoma.

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