El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso del Consejo Insular de Aguas de La Palma (CIALP) contra la sentencia en primera instancia que le obliga a entregar a la Asociación Agua para La Palma información sobre las analíticas y las medidas adoptadas frente a la contaminación por bacterias fecales (E-coli) detectada en el agua del Túnel de Trasvase para consumo humano en el Valle de Aridane.
Desde esta entidad, señalan que el CIALP, organismo adscrito al Cabildo de La Palma, denegó en febrero de 2022 estos expedientes que la asociación le había solicitado en mayo de 2021, al igual que rechazó entregarle los datos de la calidad del agua de 2003 a 2014 y todo lo relativo al procedimiento administrativo seguido para destinar al abasto urbano agua obtenida inicialmente para riego agrario.
“Por tanto, en dos ocasiones los tribunales de Justicia han determinado que la negativa de este organismo público palmero a facilitar esta documentación constituye una ilegalidad, porque vulnera la Ley de Acceso a la Información en materia de Medio Ambiente”. “Así lo sentenció un Juzgado de lo Contencioso Administrativo en 2023 dando la razón al recurso planteado por Agua para La Palma, y así lo ratifica ahora el máximo tribunal autonómico, al desestimar la apelación del CIALP”.
Indican que “en su contundente sentencia, que además condena al CIALP al pago de las costas judiciales”, el TSJC tacha de “inadmisible que en un Estado de Derecho una Administración pública se queje de que un colectivo ciudadano pretende fiscalizarla cuando precisamente lo que caracteriza a este tipo de Estado es que los poderes públicos están sometidos a fiscalización”.
Subrayan que la Sala de lo Contencioso-Administrativo Segunda del TSJC “muestra así su asombro por que el CIALP denegara la información solicitada con el argumento, literalmente, de que la asociación solo la pedía para “desprestigiar” a esta institución pública y no por una “preocupación real por el agua”. A este respecto, el alto tribunal canario deja también patente que “estas expresiones” de un organismo público “constituyen un temerario juicio de valores” que no se corresponde con ningún precepto legal.
El TSJC advierte además que la resolución administrativa denegatoria de la información “no aclara cuál de los supuestos legales de exclusión o denegación del derecho aplica”.
En este sentido, la Sala presidida por Juan Ignacio Moreno Luque Casariego e integrada además por los magistrados Jaime Guilarte Martín-Calero y Evaristo González González (como ponente), “rechaza la pretensión del CIALP de considerar relevante solo las analíticas sobre el estado actual del agua y no las del pasado, contrariamente a lo que sostuvo en este litigio la abogada del organismo público recurrente, María Julia Arozena García”.
Sobre esta cuestión, “el TSJC defiende con claridad el interés ciudadano” al señalar que “la importancia en el día presente de la información solicitada es algo que al Consejo Insular de Aguas de La Palma sencillamente no le incumbe, [puesto que] el derecho de acceso a la información en materia ambiental no está sometido a juicio de utilidad”.
“Otra cuestión resuelta en la sentencia a favor de la asociación tiene que ver con la gran cantidad de información solicitada, sobre lo cual el TSJC invoca la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que da derecho a la ciudadanía a una resolución en el plazo previsto; faculta al órgano competente a aumentar los medios personales y materiales para ello; y además contempla la exigencia de responsabilidad disciplinaria, con sanción incluida, a los funcionarios que lo incumplan”.
El TSJC recuerda en su sentencia que “Agua para La Palma tuvo conocimiento de esta contaminación del agua precisamente por un informe del propio Consejo Insular, con análisis de muestras tomadas en la boca oeste del Túnel de Trasvase (o boca de Hermosilla), el 13 de julio de 2016 realizadas por Labaqua Alicante e Interlab Canarias, que indicaban una concentración de 57 u.f.c. /100ml de bacterias coliformes Escherichia Coli, valor que debe ser cero, de modo que se incumplía así el Real Decreto 140/2003 sobre parámetros sanitarios de calidad del agua de consumo humano”.
Por tanto, subraya el TSJC, “era interés de la asociación conocer los análisis efectuados en los trienios anteriores, por si se hubiera detectado también la presencia de esta bacteria, lo que hubiera determinado una presencia no ocasional”.
LA ASOCIACIÓN PIDE “SENSATEZ” AL ACTUAL GOBIERNO INSULAR
Desde la Asociación señalan que “la vulneración del legítimo derecho de la asociación se produjo siendo consejero insular de Aguas Carlos Cabrera, y ostentando la presidencia del CIALP el anterior presidente del Cabildo palmero, Mariano Hernández Zapata, ambos del PP. Desde el verano de 2023, tras la celebración de las elecciones locales y autonómicas, estos puestos los ocupan nuevas autoridades, Juan Ramón Felipe y Sergio Rodríguez (CC), respectivamente”.
Llegados a este punto, la Asociación Agua para La Palma “espera un cambio de actitud” hacia la “sensatez” en el actual gobierno insular, de manera que acate estas dos sentencias judiciales, “renuncie a malgastar” más dinero público en prolongar este litigio y entregue toda la documentación pedida.
De no ser así, este colectivo ciudadano advierte de que se defenderá en los tribunales con “la firmeza y el rigor demostrados hasta ahora e incluso se reserva el derecho de nuevas acciones legales para dirimir posibles responsabilidades”.
La asociación lamenta también que “funcionarios y empleados públicos se presten a decisiones que imprimen en la sociedad una nefasta imagen de organismos oficiales”.
“No es de recibo que la ciudadanía, gastando dinero de nuestro bolsillo, tenga que acudir a la Justicia contra la Administración para defendernos de interpretaciones sesgadas, en este caso completamente ilegales, de leyes y derechos sobre los que precisamente los poderes públicos deben ser principales garantes; y encima esa misma Administración emplea recursos de todos los palmeros para recurrir sentencias que nos dan la razón a ciudadanos perjudicados por sus arbitrariedades”, concluye Agua para la Palma.
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COMO EL AGUA
Y quién le ha insultado Tejon…?
Sólo hemos dado una definición curiosa de un animal.
Cuídese no nos desprovea un infarto de su erudita presencia pues irradia usted en nosotros un halo de sabiduría divina.
Se le está abriendo el carácter y se le va a acidificar la sangre…respire vuestra ilustrísima…
Además…si casi hasta pensamos que le van a premiar con un Nobel…o al menos con medio agasajo…respire…inhale…exhale….
Cualquiera diría que es usted un ser en equilibrio…
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Tejon
A Usted lo mejor que se le da es criticar….demuéstrame porque se incumple el RD 140/2003…. digame que art. Se incumple? y rebatame lo que yo digo de los usos prioritarios del agua….o es que no sabe y lo único que se le ocurre es insultar.? Que bien se les da mentir y cuando alguien les pone argumentos su labor es insultar y despotricar….que bien, que buen talante muestra esa asociación….
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COMO EL AGUA
DEFINICIÓN…
El tlalcoyote o tejón,[2] también conocido como tejón norteamericano o tejuino (Taxidea taxus) es una especie de la familia Mustelidae (comadrejas y parientes,[2]) la única del género Taxidea,[3] (equivalente neártico al tejón europeo). Mide entre 50 y 90 cm y pesa entre 3.5 y 14 kg. Cuerpo rechoncho y fuerte, cabeza aplanada y cuello corto y ancho. Orejas cortas y redondeadas. Ojos pequeños. Cola corta, tiesa y con la punta blanca. Extremidades cortas con garras curvas largas en las anteriores y cortas en forma de pala en las posteriores. Pelo dorsal amarillo en la base, negro en la parte media y blanco en puntas, dando un tono grisáceo. Región ventral amarillenta. Cuello, mandíbula inferior, mejillas y flancos blanquecinos. Parche negro triangular entre el ojo y la oreja y dos bandas negras paralelas de la nariz a la base craneal.
Sobran palabras…
Le van a dar un premio…si no lo tiene ya…
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Tejon
Tras esta polémica, en su día, el consejo dijo que se trataba de una mala manipulación de la muestra…pero claro como lo dijo el consejo es mentira, de facto. Lo que sí debieran es publicarlas todas para ver si es cierto q solo se trato de una muestra…porque así no darian pie a que los conspiradores les bombardean.
En todo caso, para toda la gente ilustrada que opina por aquí….saben que cantidad de e.coli tienen las aguas residuales? 10^6 0 10^7 ufc/100 ml. Y la.muestra que dicen dio 56 ufc/100 ml….
Después se dice que se incumple el ya derogado rd 140/2003 ….siendo eso mentira….léanse el RD y vean donde se ha de cumplir los valores microbiologicos, organolepticos y físico químicos??? Lean antes de hablar por hablar….o mejor dicho, por fastidiar.
Es más, metanse en el sinac (estos si son trasnparentes) y miren las analíticas de las zonas de abasto de los llanos, tazacorte, y miren si hay alguna contaminación o incumplimiento o aviso por e.coli….
En cuanto anque el cialp envía el agua del túnel al abasto para potenciar la especulación de los aguatenientes…. pues que quieren que les diga…otra solemne mentira….el mismo plan hidrológico al que invocan o hacen alusión cuando les interesa ( y la ley de aguas) marcan la prioridad de usos del agua, y el abasto va antes que el riego …. pero es mas si diesen agua del túnel al riego, como beberian los llanos? Aguas de pozos costeros ? Elevados desde las angustias o tenistca hasta los llanos??? Por favor dejen de sesgar tanto la información para confundir a los neófitos.
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3399
Enteradillo es la cosa, Galva ¿y qué democracias son esas si se puede saber?, pero sobre todo, esas que sean afiliados al partido gobernante o que hayan ostentado alguna representación del gobierno. Y se lo pongo mas fácil, da una lista de tres países de Europa occidental.
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GALVA
3999…Enteradillo.
El fiscal del Estado y el TC en todas las democracias occidentales se nombran por el Ejecutivo.
Lee a Norberto Bobbio.
Nivel.
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GALVA
Lo que pasa es que el volcan se llevó por delante más de 2 mil viviendas.
Y se echan de menos.
Esto es un Reino democrático; sui alguien quiere dedicarse a la actividad económica de la vivienda turística, nadie se lo puede impedir….
Aunque presionan mucho las Hoteleras; esto no es una dictadura ni una plutocracia.
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SanIlustrado
3399 estas sembrando membrillos seguramente, porque no tienes ni idea de lo que hablas, te da Peje Verde en toda la boca y sigues? ….
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Moderado
Para 3399. No te enteras, el agua que dio la contaminación por bacterias fecales, no la cogieron en ningún canal, la cogieron operarios del Cialp de la válvula del tranque de Hermosilla. La galería va a poco más de 200 metros de las casas que no tienen alcantarillado. Antes de hablar entérate de lo que se guisa.
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Peje Verde
3399, las del canal en verano no tienen decenas de pozos negros encima filtrandole agua contaminada, los análisis se hacen por Normativa en los acopios de los depósitos municipales y los resultados los controla la Consejería.
Pueden tener restos de raíces, sólidos de arenas, pero no E.Coli, salvo que alguien meta la conexión de un pozo negro al canal o un animal grande en descomposición.
En vez de membrillo, le vendría mejor membrillero y podría producir algo útil sin E.Coli.
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