si a la caza,pero respetando cultivos,animales domesticos y enseres privados,lo que a ocurrido las ultimas semanas a indignado a ganaderos y agricultores de garafia,cabras muertas,cultivos destrozados,por algunos desaprensivos ya que esos individuos no se pueden llamar cazadores,y por culpa de ellos pagaremos todos.
GALVA
Vaya Jurisprudente;"su"Ley dice otra cosa.
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nm
Ante un conflicto con un propietario, puedo alegar que el alambre, o los alambres, pensé que era para tender ropa, mantas, plásticos, pieles de animales y lo que se me ocurra o secar tabaco y no para impedir o prohibir nada. La propiedad hay que determinarla con algo contundente y claro porque un indicio de desinterés del propietario es muy negativo en un posible debate en un juzgado, y la contundencia determinando la propiedad debe ser igual en todo el perímetro, pudiendo entenderse insuficiente para impedir o prohibir por un tribunal. Un cazador no es un intruso, en todo caso, es un ocupa y la ocupación es un título con mucho peso en algunos casos. Además, existen muchos alambres en el campo y creo que puede interpretarse insignificante para la limitación.
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GALVA
Ley de Caza:
"Artículo 18 Los terrenos cercados
1. A los efectos de esta Ley, son terrenos cercados aquéllos que se encuentren rodeados materialmente por cercas, muros, vallas, setos o cualquier otro medio construido con el fin de impedir o prohibir el acceso de las personas o animales ajenos o el de evitar la salida de los propios.
2. En los terrenos cercados no acogidos a otro régimen cinegético especial, la caza estará permanentemente prohibida, siempre que tengan señalización visible, prohibiendo el paso a los mismos en los accesos practicables. Si carece de accesos practicables, no se podrá cazar en ningún caso."
Lo dicho;les da un capote en caso de que no haya elementos claros de esa propiedad;pero,desde que se ponga un cartel que diga:"No a Pascual Duarte,se prohibe el acceso a tipos con rifle,canana y ropa de mimetismo;los perros pueden entrar a comer,sin interesar las gallinas;los hurones idem.Propiedad privada"…
O una pequena cerca,incluso un alambre de espino y una portada cerrada;un seto de Brezo.Eso Basta en Teoría.En La Practica,siempre habran intrusos.
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Indiano
Un cartel en un tereno sembrado de papas que diga = Miren pal suelo pa que vean las papas.
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nm
Artículo 18. Los terrenos cercados.
1. A los efectos de esta ley, son terrenos cercados aquellos que se encuentren rodeados materialmente por cercas, muros, vallas, setos o cualquier otro medio construido con el fin de impedir o prohibir el acceso de las personas o animales ajenos o el de evitar la salida de los propios.
2. En los terrenos cercados no acogidos a otro régimen cinegético especial, la caza estará permanentemente prohibida, siempre que tengan se ñalización visible, prohibiendo el paso a los mismos en los accesos practicables. Si carece de accesos practicables, no se podrá cazar en ningún caso.
Un terreno cercado completamente y en la puerta/s un cartel, sencillamente. Y dice de la valla: "con el fin de impedir o prohibir el acceso de las personas o animales ajenos o el de evitar la salida de los propios". En definitiva, si no impide a un perro de caza; es practicable la caza en la finca( que no esté el dueño). Ejemplo: voy por el campo, empiezo a rodear la finca y si falta cerca; es posible la caza. Un o unos alambre/s no impide nada, y un cartel en ese caso no vale para nada.
Y terrenos cercados con otro régimen ; algunos cotos de caza, por ejemplo.
El profesional de la abogacía creo que cerró el consultorio.
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panduro
Anda carajo……hay una ley……que autoriza a andar x ahi cazando en propiedades privadas. Uy despues de 16 años de vigor, los galva y demas propietarios privados van a recoger firmas y demas y llevarselas a Savedra pa que se mueva y anulen esa ley ya. Lo mio es mio y un cazador x cojones o ovarios no entra. Deben estar pensando algunos.
Galva reciclate!!!
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garafia74
nosotros los cazadores somo los que deveriamos poner en conocimiento de las autoridades pertinente a los que manchan nuestra aficion y reprocharle esos actos.un perro se le va a cuaquier cazador y puede hacer un destroso.pero no devemos jugar con el pan de una familia.que luego pasa lo que pasa.
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panduro
Indiano vete a freir chuchangas. Comparar la caza con el maltrato o abuso a la mujer es lo ultimo y mas repugnante que he oido. Si en tu mente equiparas la caza con eso que relatas estas de internamiento. Con eso que has puesto eres peor tu solo que los 2000 tipos que dicen que tienen licencia de caza en la palma.
Aprovecho a dexir que es imposible que sean dos mil pero si la administracion se empeña pues sigue demostrando que de numeros no saben y x eso pasa lo que pasa con los dineros publicos, que muchos se pierden pero claro….si fallan las matematicas.
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sinapia
El artículo 18 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias, también es relavante.
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sinapia
¿Y quién le habrá dicho a la eminencia que sinapia es cazador o cazadora?
La caza y la pesca me importan realmente poco, siempre que se practiquen de un modo razonable, al igual que el ciclismo en carretera.
La eminencia en el mundo jurídico se equivocó totalmente en una afirmación y lo hice saber. Considero necesario destacar los errores en las invectivas manifestadas con pedantería, como la empleada por la eminencia en cada una de sus intervenciones.
Por otra parte, me parece increíble que la eminencia diga que es incoherente con la progresía no estar contra la caza, cuando no hace otra cosa que pontificar contra el feminismo, la laicidad del estado y en favor de la consideración de la propiedad privada como derecho fundamental.
A quién le habrá comprado la finca en la que la eminencia iba a respetar a mis perros. Probablemente la habrá heredado la eminencia. Es otro derecho fundamental según el criterio de la eminencia.
No creo que le quede mucho tiempo para ganar dinero y comprar donde caerse muerto a quien vive metido en un foro intentando ponerse por encima de personas que lo único que pretenden es manifestar su postura.
Vamos, clásico abusador de patio de colegio, pero empleando brocardos, latinajos, cultismos y absurdas palabras sin gracia alguna inventadas por él mismo para menospreciar el esfuerzo de otros, haciendo entender que no le cuesta nada replicar.
No entiendo cómo se puede ir así por la vida.
Por cierto, espero el día en que la eminencia se abra un hilo y lo comente. He observado que nunca propone ningún tema, sólo se dedica a trolear los de los demás.
Mira el artículo 10 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias y el 610 y 611 del Código Civil, eminencia.
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