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Tazacorte

El Juzgado condena al primer teniente de alcalde a pagar una multa de 200 euros por vejaciones

  • Según la sentencia llamó “bicho y drogadicta” a una ex trabajadora municipal

Juan Miguel Rodríguez es el portavoz de UB.

El Juzgado de Primera Instancia de Instrucción Número 1 de Los Llanos de Aridane, cuya titular es la jueza María de la Paloma Álvarez Ambrosio, ha condenado al primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Tazacorte, Juan Miguel Rodríguez Acosta, a pagar una multa de 200 euros y a pagar las costas del procedimiento por una falta de vejaciones a una ex trabajadora del ayuntamiento.

En concreto el fallo de la sentencia, de 23 de diciembre, textualmente dice que: "Condeno a Juan Miguel Rodríguez Acosta como autor criminalmente responsable de una falta de vejaciones del artículo 620.2 del Código Penal a una pena de multa de 20 días con una cuota diaria de 10 euros (200 euros), y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, imponiéndole las costas del procedimiento. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación el plazo de cinco días a contar desde la notificación".

Según consta en la sentencia, Virgina Castro Martín presentó una denuncia contra el primer teniente de alcalde de Tazacorte por haberla llamado "bicho y drogadicta" de forma ofensiva delante de su hija y de varios testigos en el bar Lomo Blanco de Tazacorte". El juicio oral se celebró el 3 de diciembre pasado y comparecieron todas las partes.

La denunciante había estado contratada por el ayuntamiento para prestar servicios como auxiliar de ayuda a domicilio desde el 16 de enero de 2006, encadenando sucesivos contratos, siendo despedida por carta de fecha de 19 de marzo de 2010. El despido, según se indica en la sentencia, vino motivado por haber conseguido la denunciante el tiempo suficiente para percibir la prestación por desempleo y necesitar el ayuntamiento continuar su política de rotación. Y es que en la sentencia aparece como hecho probado que el ayuntamiento realiza un sistema de rotación para proporcionar empleo público a los ciudadanos de la localidad hasta el tiempo necesario para adquirir el derecho al cobro de las prestaciones por desempleo, momento en que se produce el despido y se contrata a un nuevo trabajador, haciendo rotaciones entre los vecinos del pueblo.

Sin embargo, el despido de Virgina Castro fue declarado improcedente por sentencia de fecha de 23 de septiembre de 2010.

Este periódico ha intentado localizar al teniente de alcalde para conocer su opinión sobre este fallo judicial pero a la hora de redactar esta información ha sido imposible su localización.   

 

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