Noelia García Leal, alcaldesa de Los Llanos.
La alcaldesa de Los Llanos de Aridane, Noelia García Leal, ha pedido prudencia y tranquilidad respecto a la sentencia del Supremo que declara el Plan General de Ordenación del municipio "contrario al ordenamiento jurídico" a la espera de que los servicios jurídicos la analicen y valoren su alcance.
García Leal, que ha tenido conocimiento del fallo judicial a través de los medios porque oficialmente la sentencia aún no ha sido notificada al consistorio, señaló a elapuron que ya se han puesto en contacto con los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma, que tampoco conocían la sentencia y que son los que defienden los contenciosos del Plan General, y que serán ellos, junto con los servicios jurídicos del Ayuntamiento, quienes la valoren y den instrucciones al respecto.
La alcaldesa reconoció que "a priori no es una buena noticia" aunque envió un mensaje de tranquilidad a los vecinos porque "no habrá un vacío sino que volveremos al plan anterior", insistiendo en que hay que ver el alcance de la sentencia.
Últimas noticias
Lo último en blogs
Lagunero78
Tremendas eminencias estos de los servicios juridicos del ayuntamiento, esos sesudos que nos han hecho perder miles y miles de euros al contribuyente por esta chapuza de plan. Coalición perdió las elecciones por esta chapuza, y ahora esta sentencia. Felicitaciones a la plataforma y a Felipe Campos, muy buen trabajo!!
Leer más
Las mismas técnicas que hicieron el expediente de las plantas de asfalto¿
Entonces lo mejor que puedes hacer es encargar otro Plan General.
Leer más
ergosunt
La Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de junio de 2.001, relativa a la
Evaluación de los efectos de planes y programas en el
medio ambiente exige que el Plan contenga una
evaluación exhaustiva de sus consecuencias en el Medio
ambiente (Evolución Ambienta Estratégica), es decir un
informe gordo y completo.
El PGOU de Los Llanos recoge como documento
justificativo medioambiental un ISA, es decir, un
Informe de Sostenibilidad Ambiental, que no es
exhaustivo, vamos que no es ni gordo ni completo.
Consecuencia, el PGOU de Los Llanos no contiene la
documentación necesaria (exigida incluso por la
normativa europea) para poder cumplir y ser aprobado.
Consecuencia, el PGOU no es conforme al Ordenamiento
Juídico, o como dice el Apartado 4º del Fallo de la
Sentencia del Tribunal Supremo, de 16/06/2015:
"Que declaramos el Acuerdo de la COTMAC que
aprueba el PGOU de Los Llanos y el propio PGOU de Los
Llanos, "CONTRARIOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO",ó
como dice el Fundamento de Dcho. Séptimo de la
Sentencia:
"…anulando en su integridad, el Acuerdo de la
COTMAC…" que aprobó el Plan.
Consecuencia, se ANULÓ la Resolución que aprobó el PGOU
de Los llanos de Aridane, por lo que quedó igualmente
nulo lo aprobado por la Resolución nula, es decir,
quedó aunulado el PGOU de Los Llanos de Aridane.
Consecuencia, el PGOU actual, del año 2.011 ESTÁ
ANULADO, lo que implica que lo que este Plan a su vez
derogó, vuelve a tener vigencia.
Consecuencia, que desde la firmeza de esta SEntencia
del T.S (que por cierto no es recurrible) el PGOU en
vigor en Los Llanos es el del año 1.987.
Ayyy mamánnnn!.
Leer más
sancocho
Prudencia para hacer memoria de si el PGO fue aprobado por aquel "matrimonio" estrambótico CC – PP (Marín – Sebastián). Si están ellos "manchados", prudencia; si el fallo es de cualquier otro la frase sería: que se depuren responsabilidades caiga quien caiga…
Leer más
horizonte
¡Que menos que esperar al buen asesoramiento de estos servicios jurídicos que tan bien lo han hecho! Y, para mejora, un plus garantizado, que te asesoren los Juanra y Miguel Ángel Pulido
Leer más
GALVA
Claro Noe;es que donde dicen algo los Magistrados del TS,"tus" tecnicos enchufados van a decir "lo otro"…
Como dicen en Mi Pueblo:"Patoestan"…
Ay,ponle una vela a San Audi y guarecete bajo una buena "loza"…
Leer más